Acuerdo 038 de 2022
Acuerdo 038 de 2022 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO - Junta Directiva
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 038
- Año
- 2022
- Fecha
- 12 de enero de 2022
- Entidad
- Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO - Junta Directiva
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO DE 038 DE 2022 (Enero 12)
_Por el cual se ajusta el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C., para la vigencia fiscal 2022_
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Resolución [016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118240) de 2021 del 28 de octubre de 2021, aprobó el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. de la vigencia comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2022.
Que la Gerencia General de la Empresa mediante la Resolución 241 del 29 de diciembre de 2021, liquidó el presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C para la vigencia 2022.
Que mediante Decreto Distrital [540](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119620) del 24 de diciembre de 2021, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2022, en cumplimiento del Decreto Distrital [518](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119300) de 2021.
Que el Decreto antes mencionado, en su artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119620#27) establece: _“Cuando las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, el Concejo de Bogotá D.C., la Veeduría Distrital, la Personería de Bogotá D.C., la Contraloría de Bogotá D.C., el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las Subredes Integradas de Servicios de Salud - ESE celebren convenios y/o contratos interadministrativos entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resoluciones del/a Jefe/a del órgano respectivo o por Acuerdo de sus Juntas o Consejos Directivos o por Decreto del Alcalde Local en los casos a que a ello hubiere lugar, previos los conceptos requeridos._ _Los actos administrativos a que se refiere el inciso anterior deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, con la documentación requerida, para la aprobación de las operaciones presupuestales en ellos contenidas, requisito sin el cual no podrán ser incorporados en el Presupuesto”_ Que el Manual Operativo Presupuestal adoptado mediante la Resolución No. [SDH-000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, expedida por el Secretario Distrital de Hacienda y que rige para los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, así como para las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito - EICD, en su numeral 4.4. establece el procedimiento para realizar los ajustes presupuestales derivados de la suscripción de convenios entre Entidades Distritales.
Que la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., el 29 de octubre de 2021 suscribió el Contrato Interadministrativo N° CO1.PCCNTR.2978784 con la Secretaria de Educación del Distrito por la suma de SESENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($65.059.802.328) cuyo objeto es _“realizar la gerencia integral de proyectos de infraestructura educativa priorizados por la Secretaría de Educación del Distrito”_.
Que para la suscripción y perfeccionamiento del Contrato, la Secretaría de Educación del Distrito expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 3679 del 24 de septiembre de 2021 con cargo al rubro 133011601130000007638, con descripción _FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA Y DOTACIÓN DE AMBIENTES DE APRENDIZAJE Y SEDES ADMINISTRATIVAS A CARGO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ D.C.”_ y el Registro Presupuestal N° 4371 del 29 de octubre de 2021.
Que según lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Ingresos Corrientes y de Gastos de Operación Comercial de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. para la vigencia fiscal 2022.
Que conforme a lo señalado al artículo 15 del acuerdo 11 de 2017, “por el cual se modifican y se adoptan los estatutos de la EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C…”, el Gerente General convocó a junta extraordinaria para el 12 de enero de 2022 mediante correo electrónico del 31 de diciembre de 2021, tal como lo señala el artículo 16 de este mismo Acuerdo.
Que conforme a lo anterior, el Gerente General de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. presentó a la Junta Directiva el proyecto de ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. para la vigencia fiscal 2022.
Que conforme a lo señalado al artículo 15 del acuerdo 11 de 2017, la sesión fue realizada válidamente con Quórum deliberatorio y decisorio con cuatro (4) miembros de la Junta Directiva.
Que los miembros presentes de la Junta Directiva de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., en sesión extraordinaria llevada a cabo el 12 de enero de 2022, acordaron por mayoría aprobar el ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. para la vigencia fiscal del año 2022. La presidente de la Junta Directiva, Doctora Nadya Milena Rangel Rada, presenta excusas por la no participación en la presente sesión debido a asuntos dispuestos a última hora por la Alcaldesa Mayor de Bogotá. No obstante, y teniendo en cuenta el reglamento interno de la Junta en su _“Artículo vigésimo tercero. Quórum y decisiones. Se formará Quorum deliberatorio en toda reunión de la Junta Directiva con la mayoría de sus miembros. Las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de los presentes…”_, la presidenta acoge la decisión de aprobación por mayoría de los miembros de la Junta Directiva presentes en la sesión del 12 de enero de 2022. En virtud de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1. Aprobar el ajuste del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. para la vigencia fiscal de 2022, conforme al siguiente detalle: | 41 | INGRESOS | 65.059.802.328 ---|---|--- 411 | Ingresos Corrientes | 65.059.802.328 41102 | Ingresos no tributarios | 65.059.802.328 4110205 | Venta de bienes y servicios | 65.059.802.328 4110205001 | Ventas de establecimientos de mercado | 65.059.802.328 411020500105 | Servicios de la construcción | 65.059.802.328 TOTAL INGRESOS | 65.059.802.328
42 | GASTOS | 32.456.800.370 ---|---|--- 424 | Gastos de operación comercial | 32.456.800.370 4245 | Gastos de comercialización y producción | 32.456.800.370 424502 | Adquisición de servicios | 32.456.800.370 42450208 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 32.456.800.370 TOTAL GASTOS | 32.456.800.370 Artículo 2. Aprobar un incremento en la Disponibilidad Final por valor de TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TRES MILLONES UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($32.603.001.958) que permitirá respaldar la continuación de la ejecución de los compromisos que en cumplimiento del contrato se asuman con cargo a la vigencia 2023.
Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., los 12 días del mes de enero del año 2022.
NADYA RANGEL RADA
Presidente
MARÍA CECILIA GAITÁN ROZO
Secretaria Técnica
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