Política 1 de 2023
Política 1 de 2023 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- Tipo
- Política
- Número
- 1
- Año
- 2023
- Fecha
- 31 de octubre de 2023
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
PROCESO GESTIÓN JURÍDICA
POLÍTICA INTERNA PARA EL CUMPLIMIENTO NORMATIVO
1. Introducción: El Comité Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD- con el fin de adoptar la política de cumplimiento normativo, en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA - adoptado mediante el Decreto Distrital 610 de 2022, determinó incluir dentro del sistema de gestión herramientas que contribuyan a promover una cultura de cumplimiento normativo que involucre la ética y valores tanto al interior de la entidad como en los grupos de valor y a la sociedad en general. El 28 de agosto de 2023 en el Comité Institucional de Gestión y Desempeño según acta No. 20231700373903 se aprobó por unanimidad de la Alta Dirección la Política de Cumplimiento Normativo.
2. Objetivo: El objetivo de esta política será contribuir a la disminución de situaciones en las cuales la entidad pueda incurrir en actos de corrupción mediante la implementación y fomento de una cultura de cumplimiento normativo y la facilitación de mecanismos que permitan que servidores, colaboradores, contratistas y la ciudadanía en general denuncien dichos actos y manifiesten de esa manera su rechazo ante cualquier actuación ilícita o no ética. 3. Alcance: La política de cumplimiento, en cuanto a la observancia de su contenido y la promoción de su cumplimiento, será aplicable a todas las personas integrantes del órgano de cumplimiento e involucrará también a todas las personas que laboran como servidores públicos (independientemente de su nivel jerárquico), colaboradores, contratistas, grupos de valor o partes interesadas que participen en actividades realizadas o promovidas por la entidad. 4. Responsables: Se establecen como responsables de la Política Interna para el Cumplimiento Normativo los siguientes:
4.1. Alta dirección:
El Comité Institucional de Gestión y Desempeño como máxima instancia de la SCRD tiene la responsabilidad y compromiso de desarrollar cada uno de los aspectos establecidos en el MGJA, razón por la cual velará por el cumplimiento normativo mediante la adopción de procedimientos y la generación e institucionalización de buenas prácticas que permitan identificar y clasificar los riesgos legales para prevenir espacios y actos de corrupción al interior de la Secretaría. Los directivos tienen la responsabilidad de promover y difundir esta política a la comunidad institucional, y de coordinar con el Órgano de Cumplimiento la realización de sus funciones, las cuales están establecidas en los artículos 12, 16 y 30 del Decreto Distrital 610 de 2022[1]. Es importante mencionar que la alta dirección en la sesión del 24 de julio de 2023 del Comité Institucional de Gestión y Desempeño aprobó por unanimidad la conformación del órgano de cumplimiento y dejó constancia expresa de su compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público en el marco del artículo 9 del Decreto 610 de 2022. 4.2. Órgano de Cumplimiento En la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el órgano de cumplimiento[2] está conformado de la siguiente manera: _“1. Subsecretario/a de Gobernanza._ __ _2. Subsecretario/a Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento._ __ _3. Director/a de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano._ __ _4. Director/a de Arte, Cultura y Patrimonio._ __ _5. Director/a de Lectura y Bibliotecas_ __ _6. Jefe/a Oficina Jurídica._ __ _7. Jefe/a de la Oficina Asesora de Planeación._ __ _8. Jefe/a de Control Disciplinario Interno._ __ _9. Un/a gestor/a de integridad._ __ _Será invitado permanente el/la Jefe de la Oficina de Control Interno, o encargado de la auditoría interna o quien haga sus veces. quien será invitado permanente con voz, pero sin voto. Igualmente, el órgano podrá convocar a otros líderes de proceso conforme a las necesidades que se requieran en el funcionamiento de órgano de cumplimiento. Procurando que su conformación sea multidisciplinaria. Los integrantes del órgano podrán contar con el apoyo técnico de las dependencias respectivas, con el objeto de desarrollar las actividades y responsabilidades asignadas. La secretaría técnica estará a cargo de la Oficina Jurídica”_. Las funciones del presente Órgano de Cumplimiento se detallan en el artículo 12 del Decreto Distrital 610 de 2022. 4.3. La comunidad institucional Todas las personas que hacen parte de la gestión de la entidad ya sean servidores públicos, colaboradores o contratistas, están en la obligación de dar cumplimiento a lo establecido en esta política y al plan de cumplimiento normativo que se elabore para el efecto. 4.4. Grupos de valor y partes interesadas Los grupos de valor son las personas naturales (ciudadanos) o jurídicas (organizaciones públicas o privadas), grupos étnicos (afrocolombianos, indígenas y ROM) a quienes van dirigidos los bienes y servicios de una entidad. Las partes interesadas son los individuos u organismos específicos que tienen un interés especial en la gestión y los resultados de la entidad, como gremios, asociaciones de usuarios, sindicatos, universidades, entre otros[3]. 5. Principios básicos De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 610 de 2022: “ _Se tendrán en cuenta los principios de debida diligencia, responsabilidad, corresponsabilidad, solidaridad, confianza, buena fe, transparencia, integridad, precaución, proactividad, máxima probidad, autocontrol, buen gobierno y primacía de lo sustancial sobre lo formal todo esto con la finalidad principal de salvaguardar la ética de lo público”_. 6. Requisitos para la aplicación de la política La Alta Dirección debe aprobar la política para que entre en vigencia. La revisión y difusión de la política se realizará a través de socializaciones a cargo del equipo técnico que se designe, de Cultunet y de la página web institucional. En esta última, todas las personas tanto internas como externas a la entidad pueden acceder al documento que contiene la política de cumplimiento normativo. 7. Denuncia de irregularidades Entre los canales establecidos por la SCRD para la atención de denuncias, se encuentran los siguientes: 7.1. Canal Presencial Dispuesto por la entidad en la sede central ubicada en la carrera 8 No. 9 -83 en Bogotá D.C., en donde la denuncia se puede recibir de manera verbal o mediante radicación de documento físico. En esta última opción. la denuncia escrita se radica en la ventanilla de correspondencia dispuesta por la entidad, dirigida a la Oficina de Control Interno Disciplinario. 7.2. Canal virtual Se encuentra habilitado de forma permanente (24 horas) y está integrado por: 1. Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas - Bogotá te Escucha: http://www.bogota.gov.co/sdqs 2. Correo electrónico: [correspondencia.externa@scrd.gov.co](mailto:correspondencia.externa@scrd.gov.co) 3. Página web institucional: www.scrd.gov.co - Botón “DENUNCIE ACTOS DE CORRUPCIÓN”. 4. Redes sociales oficiales de la entidad: Facebook (Cultura en Bogotá), Twitter (@CulturaenBta) e Instagram (@CulturaenBta). 7.3. Canal telefónico Se tiene dispuesta la línea +57 (601) 3274850 en el horario dispuesto por la entidad. Adicionalmente, la SCRD, de la mano con la Alcaldía Mayor de Bogotá, pone a disposición de la ciudadanía la línea 195. 8. Participación incidente en el control social para el cumplimiento normativo. Con el objeto de fortalecer el derecho y deber de los ciudadanos, servidores/as, colaboradores o contratistas a participar en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos, la SCRD se compromete a: \- Garantizar todos los mecanismos para facilitar el acceso a la información, de modo tal que la ciudadanía cuente con los elementos para dinamizar e incentivar el control social en la vigilancia y seguimiento de las acciones que adelanta la SCRD. \- Promover los principios del código de integridad y los valores de la SCRD. \- Mejorar los mecanismos de denuncia y control social, para que se fomente la participación de los ciudadanos, servidores/as, colaboradores o contratistas ante hechos o conductas asociadas con posibles actos de corrupción. -Promover la cultura de legalidad que permita el conocimiento de las disposiciones legales, constitucionales y jurisprudenciales, así como la apropiación de la responsabilidad individual en la mitigación de los riesgos de incumplimiento normativo.
9. Normativa de referencia 1. Ley [1474](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292) de 2011 _“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”._ 2. Ley[ 1712 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882)de 2014 _“Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional”._ 3. Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015 Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, en su artículo [2.2.21.7.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.21.7.1)., adicionado por el artículo 2 del Decreto 338 de 2019 creó la Red Anticorrupción integrada por los jefes de control interno o quien haga sus veces, para articular acciones oportunas y eficaces en la identificación de casos o riesgos de corrupción en instituciones públicas, para generar las alertas de carácter preventivo frente a las decisiones de la administración, promoviendo la transparencia”. 4. Decreto [118](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75403) de 2018 _“Por el cual se adopta el Código de Integridad del Servicio Público, se modifica el Capítulo II del Decreto Distrital 489 de 2009, "por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital"_, y se dictan otras disposiciones de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional [1499](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261) de 2017”. Es importante recalcar que en el artículo 1 de este Decreto se establece que _“…Adóptese el Código de Integridad del Servicio Público para todas las entidades del Distrito Capital el cual establece mínimos de integridad homogéneos para todos los servidores públicos del Distrito”._ El Código reúne los valores de honestidad, respeto, compromiso, diligencia y justicia. 5. Ley [2016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90900) de 2020 _“Por la cual se adopta el Código de Integridad del Servicio Público Colombiano y se dictan otras disposiciones”._ 6. Decreto Distrital [556](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119603) de 2021 _“Por medio del cual se adopta el Plan Maestro de Acciones Judiciales para la Recuperación del Patrimonio del Distrito Capital.”_ __ 7. Directiva Conjunta [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=109132) de 2021 _“Directrices para la atención y gestión de denuncias por posibles actos de corrupción, y/o existencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses y protección de identidad del denunciante”._ 8. Decreto Distrital [610](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132097) de 2022 _“Por medio del cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción para el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”._ 9. Ley [2195](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119961) de 2022 _“Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción”._
10. Circular [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142498) de 2023 “ _Implementación del Decreto Distrital 610 de 2022_ ”[4]. Finalmente, y conforme a lo establecido en el numeral [10.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132097#10.n.10.1) del artículo 10º del Decreto Distrital 610 de 2022, a través del presente documento la alta dirección procede a expedir la política interna de cumplimiento al interior de la SCRD. 10. Control de cambios 7. Responsables de elaboración, revisión y aprobación Nota: Ver documento original en Anexos.
* * * [1] [2] Orfeo 20231100340463 [3] [4]
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