Acuerdo 062 de 2023
Acuerdo 062 de 2023 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO - Junta Directiva
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 062
- Año
- 2023
- Fecha
- 21 de noviembre de 2023
- Entidad
- Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO - Junta Directiva
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 062 DE 2023
(Noviembre 21)
_Por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para los trabajadores oficiales de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C._
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C. (RENOBO)
En ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acuerdo Distrital No. [643 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66004)de 2016 del 12 de mayo de 2016, se fusiona por absorción Metrovivienda en la Empresa de Renovación Urbana De Bogotá D.C. - ERU, Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital, la cual en adelante se denominará como Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. Que, el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66004#8) del Acuerdo Distrital antes enunciado, dispone que la dirección y administración de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá estará a cargo de la Junta Directiva y el Gerente General, quien será su representante legal. Que, el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66004#10)[0](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66004#10) del citado Acuerdo 643 de 2016 estableció las funciones de la Junta Directiva de la Empresa, las cuales le corresponde ejercer _"sin perjuicio de las definidas en la Ley, los reglamentos o los estatutos (...)"_ Que, mediante el Acuerdo de Junta Directiva No. [047](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132578) del 21 de noviembre de 2022 "_Por el cual se modifican y se adoptan los Estatutos Sociales de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D. C., Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital"_, se establecieron las funciones de la Junta Directiva de la Empresa, en el literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132578#19.n.4.l.c) del numeral 4 del artículo 19, señaló: _"Artículo 19. Funciones de la Junta Directiva. La Junta Directiva, junto con las definidas en el artículo 90 de la Ley 489 de 1998 y en el artículo 1 O del Acuerdo Distrital 643 de 2016, tiene las siguientes funciones en materia de estrategia, gobernabilidad, financiera, talento humano, control y auditoría, y evaluación y seguimiento, desde una perspectiva de sostenibilidad social, ambiental y empresarial._ _(...)_ _4. En materia de talento humano:_ _(...)_ _c. Analizar y aprobar la escala, factores y criterios salariales de los trabajadores_ _oficiales de la Empresa y la escala e incremento salarial de los empleados públicos."_ Que, de acuerdo a lo pactado en las Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes, la Junta Directiva de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. procede mediante este mecanismo a establecer el régimen de asignación salarial para los trabajadores oficiales. Que, la escala salarial, técnicamente se define como una sucesión ordenada que señala los factores salariales a partir de grados progresivos según la complejidad y responsabilidad inherentes al ejercicio de las funciones asignadas a los empleos. Que, los miembros de la Junta Directiva de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. (RenoBo), en sesión llevada a cabo el 21 de noviembre de 2023, acuerdan dictar disposiciones en materia salarial para los trabajadores oficiales de la Empresa. En mérito de lo anterior,
ACUERDA:
Artículo primero.
Modificar el artículo 11 º del Acuerdo No. 005 de 2016, el cual quedará así: _"Artículo 11º. Clasificación, Denominación y Asignación Básica Mensual. Establézcase, las denominaciones de cargo y asignaciones básicas mensuales para los empleos de Trabajadores Oficiales de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D,C. así:_ _Parágrafo 1. Para los trabajadores oficiales de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano que tengan una asignación básica mensual superior a la establecida en la presente escala salarial, ésta se les mantendrá hasta tanto se retiren del servicio, con el fin de garantizar /os derechos laborales adquiridos._ __ _Parágrafo 2. Los incrementos a /as asignaciones básicas mensuales establecidos en el presente artículo para /os trabajadores oficiales de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D. C. serán aplicables conforme a las disposiciones contenidas en la Convención Colectiva Unificada de Trabajo y sus modificaciones vigentes._ __ _Parágrafo Transitorio. Las asignaciones básicas mensuales establecidas en el presente artículo, contemplan tanto el incremento salarial convenido para la vigencia 2023, como /as disposiciones contenidas en la Convención Colectiva Unificada de Trabajo y sus modificaciones vigentes. En consecuencia, para la vigencia 2023, no se adelantarán incrementos salariales adicionales a las asignaciones básicas señaladas en el presente artículo."
Artículo segundo.
Envíese copia del presente acuerdo a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y demás entidades pertinentes.
Artículo tercero.
VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente Acuerdo rige a partir del 18 de diciembre de 2023 y modifica el artículo 11 º del Acuerdo No. 005 de 2016, así como con las demás disposiciones que le sean contrarias. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de noviembre del año 2023.
NADYA MILENA RANGEL RADA
Presidenta Junta Directiva
MARÍA CECILIA GAITÁN ROZO
Secretaria Técnica Junta Directiva
Nota: Ver norma original en Anexos.
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