Acuerdo 007 de 2023
Acuerdo 007 de 2023 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD - Consejo Directivo
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 007
- Año
- 2023
- Fecha
- 7 de diciembre de 2023
- Entidad
- Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD - Consejo Directivo
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 007 DE 2023
(Diciembre 07)
_Por medio del cual se aprueba una modificación al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital –UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, generando un traslado del proyecto 7775-Implementación y prestación de los servicios de gestión y/u operación catastral oficial con fines multipropósito en 20 entidades territoriales al proyecto 7840-Fortalecimiento de la gestión catastral con enfoque multipropósito en Bogotá́ D.C._
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL -UAECD-
En ejercicio de sus facultades legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las que confiere el artículo 11 del Acuerdo No. 004 del 5 de noviembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que conforme con el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118420#11.n.4).° del artículo 11 del Acuerdo N.º 004 del 5 de noviembre de 2021, “ _Por el cual se determinan las reglas de organización, funcionamiento y estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, se deroga el Acuerdo N° 005 de 2020 y se dictan otras disposiciones_ ”, el Consejo Directivo tiene dentro de sus funciones la de “ _Aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, y el presupuesto de la Unidad, así como las modificaciones que se hagan a los mismos (…) de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento_ ”.
Que el Decreto [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) del 2 de junio de 2021 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, _“Por medio del cual se Reglamenta el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”_, establece en su artículo No. 10 lo siguiente: _“Artículo 10°. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”_ Que la Unidad cuenta con presupuesto autorizado mediante el Decreto Distrital [612](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132141) del 29 de diciembre de 2022, _"Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento de Decreto 571 de 14 de diciembre de 2022, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Distrito Capital."_.
Que el presupuesto de la Unidad fue adicionado por valor de $4.100.000.000 mediante el Decreto 334 de 2023, _“Por medio del cual se efectúa el traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal 2023 con cargo al Fondo de Compensación Distrital y con destino al Presupuesto de Inversión de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD”._ Que la UAECD requiere realizar un traslado presupuestal contra acreditando del proyecto de inversión 7775 _“Implementación y prestación de los servicios de gestión y/u operación catastral oficial con fines multipropósito en 20 entidades territoriales.”,_ el valor de cuatrocientos veinte millones ciento treinta y ocho mil pesos ($420.138.000) M/cte., de fuente 3-100-F002 VA-Administrados de libre destinación.
Que los recursos a trasladar se acreditan en el proyecto de inversión 7840- “ _Fortalecimiento de la gestión catastral con enfoque multipropósito en Bogotá D.C._ ” con el fin de que se elaboren avalúos comerciales, avalúos de indemnización y avalúos de referencia, en cumplimiento de los compromisos adquiridos por parte de la UAECD, en el marco de los contratos interadministrativos suscritos con la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB – ESP, el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU, la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá -RENOBO, la Empresa Metro, la Secretaría de Educación del Distrito – SED, entre otras, Que mediante comunicación SDP 2-2023-110763 del 11 de octubre de 2023, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable a la solicitud de modificación presupuestal en el presupuesto de inversión.
Que mediante comunicación N° 2023EE467325O1 del 27 de noviembre 2023, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable a la solicitud de traslado presupuestal.
Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital- UAECD en sesión virtual del 7 de diciembre de 2023, según consta en el acta No. 06 de la misma fecha, aprobó el presente acuerdo. Que, en mérito de lo expuesto, los miembros del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, ACUERDAN:
Artículo primero.
Aprobar la siguiente modificación en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de la vigencia 2023, por la suma de CUATROCIENTOS VEINTE MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL PESOS ($420.138.000) M/cte., según el siguiente detalle: | CONTRACRÉDITO --- O2 | GASTOS | 420.138.000 O23 | INVERSIÓN | 420.138.000 O2301 | DIRECTA | 420.138.000 O230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 420.138.000 O23011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | 420.138.000 O2301160552 | Integración regional, distrital y local | 420.138.000 O23011605520000007775 | Implementación y prestación de los servicios de gestión y/u operación catastral oficial con fines multipropósito en 20 entidades territoriales. | 420.138.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS | 420.138.000
CREDITO --- 02 | GASTOS | 420.138.000 O23 | INVERSIÓN | 420.138.000 O2301 | DIRECTA | 420.138.000 O230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 420.138.000 O23011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | 420.138.000 O2301160553 | Información para la toma de decisiones | 420.138.000 O23011605530000007840 | Fortalecimiento de la gestión catastral con enfoque multipropósito en Bogotá́ D.C. | 420.138.000 TOTAL CRÉDITOS | 420.138.000
Artículo segundo.
Remítase copia del presente acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Artículo tercero.
El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2023.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTES
Presidente Consejo Directivo
FERNANDO SUÁREZ ARIAS
Secretario Consejo Directivo
Nota: Ver norma original en Anexos.
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