Decreto 516 de 2023
Decreto 516 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 516
- Año
- 2023
- Fecha
- 3 de noviembre de 2023
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 516 DE 2023 (Noviembre 03)
**[Derogado por el art. 3°, Decreto Distrital 102 de 2024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153990)
_Por medio del cual se deroga el Decreto[158](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=110438#0)de 2021_
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 17 del Acuerdo 257 de 2006, en concordancia con el artículo 26 del Acuerdo 761 de 2020 y el Decreto 451 de 2023,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que los integrantes de las Juntas Directivas de las Empresas Distritales de Servicios Públicos Domiciliarios, serán designados así: dos terceras partes de sus miembros por el Alcalde Mayor y la otra tercera parte serán delegados de los usuarios y de organizaciones sociales, cívicas, gremiales, o comunitarias, en la proporción que determine el Concejo Distrital de acuerdo con la ley.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83667#8) del Acuerdo 05 de 2019, modificado por el Acuerdo [43](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97006#0) de 2020 de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB-ESP, la Junta Directiva de la entidad estará integrada por nueve (9) miembros que son: el/la alcalde/sa mayor de Bogotá D.C. o su delegado, quien la presidirá de manera exclusiva; cuatro (4) miembros designados libremente por el/la alcalde/sa mayor que deberán cumplir con los requisitos de independencia previstos en el presente Marco Estatutario y el Código de Gobierno Corporativo; tres (3) miembros escogidos por el/la alcalde/sa, entre los Vocales de Control registrados ante la Alcaldía por los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios; y un (1) representante del sector laboral organizado, que no podrá ser trabajador activo o pensionado de la empresa.
Que mediante Decreto [158](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=110438#0) del 28 de abril de 2021, se determinó la integración de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, EAAB-ESP y dentro de los miembros de libre elección de la alcaldesa mayor se encontraba el doctor Luis Eduardo Garzón, quien presentó renuncia a su designación como miembro de la Junta Directiva de la Empresa el 12 de octubre de 2023, aceptada a partir del 13 de octubre de 2023 mediante Decreto [466](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=149886#0) de 13 de octubre, por lo que se hace necesario designar su reemplazo. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°:** Los miembros de la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB-ESP, serán: 1. La alcaldesa mayor de Bogotá. D.C., o su delegado que será el/la secretario/a distrital de hábitat. 2. El doctor Ricardo Agudelo Sedano. 3. El doctor Felipe Edgardo Jiménez Ángel. 4. La doctora Adriana Córdoba Alvarado. 5. La doctora Martha Lasprilla Michaelis. 6. Tres (3) vocales de control registrados ante la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., por los Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios. 7. Un (1) representante del sector laboral organizado.
Parágrafo. El gerente general de la EAAB-ESP asistirá a las sesiones de la Junta Directiva con voz, pero sin voto, y actuará como secretario técnico de la misma el secretario general de la empresa. Artículo 2°. Comunicar el contenido del presente decreto al doctor Felipe Edgardo Jiménez Ángel, identificado con C.C. 80199243, a través de la Gerencia General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB-ESP. Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto [158](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=110438#0) de 2021 y los que le sean contrarios. **COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de noviembre del año 2023.
CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor Nota: Ver norma original en Anexos.
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