Jurismart

Acuerdo 902 de 2023

Acuerdo 902 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
902
Año
2023
Fecha
26 de junio de 2023
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 902 DE 2023

(Junio 26)

_Por el cual se crea el “Festival de Música Popular al Parque” de Bogotá D.C, como evento de interés artístico y cultural_ __ EL CONCEJO DE BOGOTÁ

**En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las que le confiere los numerales 1 y 13 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

**[Ver Proyecto de Acuerdo 287 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143599)

ACUERDA:

Artículo 1._Objeto_**. Crear el festival “ _Música Popular al Parque_ ” de Bogotá D.C. como plataforma artística y evento de interés cultural a escala distrital, a través del cual se promueve la participación y visibilidad de artistas como trayectoria y emergentes relacionados con este género musical, y se fomenta la formación de nuevas audiencias a nivel local.

Parágrafo. Entiéndase por música popular aquel género conformado por canciones de estructura musical y rítmica sencilla que abarca ritmos regionales colombianos influenciados por rancheras, corridos y huapangos mexicanos, pasillos y valses ecuatorianos; y zambas, tangos, pasillos y valses argentinos; entre otros. Artículo 2._Responsabilid_ ad. La Administración Distrital, en cabeza del Sector de Cultura Recreación y Deporte, se encargará de coordinar las acciones, actividades, convocatorias y demás disposiciones que se consideren necesarias para la realización del festival “ _Música Popular al Parque_ ”.

Parágrafo. La Administración Distrital, a través de las entidades competentes, realizará las actividades de regulación y control frente al expendio y consumo de bebidas alcohólicas al interior de las áreas donde se desarrolle el festival “ _Música Popular al Parque_ ”, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 3._Periodicidad_. La Administración Distrital definirá la periodicidad y programación en la que se llevará a cabo el festival “ _Música Popular al Parque_ ” de Bogotá D.C., teniendo en cuenta para ello la disponibilidad presupuestal, alianzas estratégicas que lleguen a adelantarse y demás recursos necesarios para la efectiva realización de este evento.

Parágrafo. En todo caso, el festival “ _Música Popular al Parque_ ” empezará a realizarse posterior a la vigencia 2023. Artículo 4._Selección y participación de artistas musicales_. Las condiciones de selección y participación de los artistas que hagan parte del festival “ _Música Popular al Parque_ ” de Bogotá D.C. serán reglamentados por la Administración Distrital.

Parágrafo. Durante los respectivos procesos de convocatoria podrá priorizarse aquellas iniciativas y repertorios artísticos y musicales que estén liderados por mujeres y/o jóvenes. Artículo 5. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143580). **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO

Presidente

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

Secretario General de Organismo de Control

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

SANCIONADO EL 26 DE JUNIO DE 2023 PUBLICADO EN EL PROCESO DE ANALES Y PUBLICACIONES Nota: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar