Acuerdo 903 de 2023
Acuerdo 903 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 903
- Año
- 2023
- Fecha
- 26 de junio de 2023
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 903 DE 2023
(Junio 26) __ _Por medio del cual se dictan lineamientos para promover la articulación y coordinación para la implementación e integración de las herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación de las agremiaciones de taxismo con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, soportado en las capacidades tecnológicas dispuestas en el centro de comando, control comunicaciones y cómputo - C4_
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
**En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las que le confiere el numeral 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.
**[Ver Proyecto de Acuerdo 286 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143601)
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.- OBJETO. Dictar los lineamientos para promover la articulación y coordinación para la implementación e integración de las herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación de las agremiaciones de taxismo con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, soportado en las capacidades tecnológicas dispuestas en el Centro de Comando, Control Comunicaciones y Cómputo - C4. Lo anterior, con el fin de garantizar la operación e interoperabilidad de las capacidades de prevención, reacción e investigación dispuestas para la atención de incidentes de emergencia y seguridad.
Parágrafo. La Administración Distrital deberá implementar los controles sobre la protección, privacidad y seguridad de la información a la que se accede definidos por las instancias involucradas en la atención de emergencias y seguridad en la ciudad. ARTÍCULO 2.- COORDINACIÓN INSTITUCIONAL. La Administración Distrital bajo el direccionamiento de la Secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia SDSCJ, establecerá, en el marco de sus competencias, las acciones de coordinación que sean necesarias, para la implementación e integración de herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación dispuestos por las agremiaciones y empresas de taxismo legalmente establecidas con el Centro de Comando, Control Comunicaciones y Cómputo - C4.
Parágrafo. 1. Se deberán adoptar los lineamientos establecidos por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia para compartir información con el C4.
Parágrafo. 2. La Comisión Distrital de Política Criminal y Tratamiento Carcelario recomendará a la Administración Distrital los protocolos para la implementación, seguimiento y evaluación del objeto de este Acuerdo, en lo relacionado con la política criminal y de seguridad ciudadana. ARTÍCULO 3.- LINEAMIENTOS. La Administración Distrital tendrá en cuenta los siguientes lineamientos para el cumplimiento del fin previamente establecido. 1. Definir una estrategia y plan de articulación entre la Administración Distrital, empresas y agremiaciones de taxismo en Bogotá. 2. Diseñar una arquitectura y modelo de datos y gestión informativa en tiempo real para la implementación e interoperabilidad del acuerdo. 3. Generar una herramienta de registro para las agremiaciones de taxismo interesadas en vincularse a la iniciativa de implementación e integración de herramientas tecnológicas y/o medios de comunicación con la Administración Distrital. 4. Conformar un equipo interdisciplinario integrado por la Administración Distrital en el marco de sus competencias, y en el cual podrán integrarse y participar otras autoridades y las agremiaciones de taxismo.
Parágrafo. El Consejo Distrital de Paz, Reconciliación, Convivencia y Transformación de Conflictos verificará que en el tratamiento de la información que se realice en el marco de este Acuerdo se garanticen los Derechos Humanos. ARTÍCULO 4.- RESPONSABILIDADES. La Administración Distrital, en un plazo no mayor a seis meses, reglamentará la implementación del presente Acuerdo. ARTÍCULO 5.- VIGENCIA. - El presente Acuerdo rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143717).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO
Presidente
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.
SANCIONADO EL 26 DE JUNIO DE 2023
PUBLICADO EN EL PROCESO DE ANALES Y PUBLICACIONES Nota: Ver norma original en Anexos.
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