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Acuerdo 008 de 2024

Acuerdo 008 de 2024 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA - Junta Directiva

Tipo
Acuerdo
Número
008
Año
2024
Fecha
26 de agosto de 2024
Entidad
Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA - Junta Directiva
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 008 DE 2024

(Agosto 26)

_Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal de 2024_

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

En uso de las facultades legales y estatutarias conferidas mediante el Acuerdo 012 de 1970 emanado del Concejo de Bogotá y el Acuerdo 002 de 2006 de la Junta Directiva de la Fundación,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital N. [643](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152450) del 29 de diciembre de 2023 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Que el Decreto Distrital N. [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) del 02 de junio de 2021 _"Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., en su artículo 10 estipula...que las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control y los Fondos de Desarrollo Local, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación"_.

Que el Artículo [11º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#11) del Decreto 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" estipula que: _"Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaria Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada._ __ _Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaria Distrital de Planeación."_ Que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño FUGA requiere tramitar con fundamentos legales y económicos válidos una modificación presupuestal por valor de SETECIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE PESOS ($730.324.519) MONEDA CORRIENTE, a través de la Secretaria Distrital de Hacienda, de acuerdo con lo consignado en la justificación técnica y económica. Que, para efectuar el ajuste presupuestal requerido, se cuenta con viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Planeación radicado 2-2024-45345 del 30 de julio de 2024, radicado en Orfeo con número 2024300014142 del 15 de agosto de 2024. Que, para efectuar el ajuste presupuestal requerido, se cuenta con viabilidad presupuestal de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, comunicado con oficio N. 2024EE28460201 del 23 de agosto de 2024, radicado en Orfeo con número 20242300014542 del 23 de agosto de 2024. En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Efectuar una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia 2024, por la suma de SETECIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE PESOS ($730.324.519) MONEDA CORRIENTE, como se detalla a continuación: | Proyecto | Descripción | Apropiación Vigente | Contracrédito | Crédito | Apropiación Vigente Ajustada ---|---|---|---|---|--- O23 | Inversión | $3.846.000.440 | $730.324.519 | $730.324.519 | $3.648.006.440 O2301 | DIRECTA | $3.646.006.440 | $730.324.519 | $730.324.519 | $3.646.006.440 O230117 | Bogotá Camina Segura | $3.646.006.440 | $730.324.519 | $730.324.519 | $3.646.006.440 O23011733 | Cultura | $1.704.039.767 | - | $730.324.519 | $2.434.364.286 O2301173301 | Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos | $1.704.039.767 | - | $730.324.519 | $2.434.364.286 O230117330120240053 | Consolidación del Distrito Creativo en el Bronx para la revitalización del centro de la ciudad Bogotá DC | - | - | $423.548.270 | $423.548 270 O23011733012024005306093 | Centros culturales construidos y dotados | - | - | $423.548.270 | $423.548 270 O230117330120240055 | Mantenimiento de los equipamientos de la FUGA para le circulación artística en al Centro de Bogotá DC | $1.704.039.767 | - | $306.776.249 | $2.010.816.016 O23011733012024005504127 | Infraestructuras culturales dotadas | $1.704.039.767 | - | $306.776.249 | $2.010.816.016 O2301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | $1.941.966.673 | $730.324.519 | - | $1.211.642.154 O230117459920340011 | Fortalecimiento institucional de la FUGA Bogotá DC | $1.941.966.673 | $730.324.519 | - | $1.211.642.154 O23011745992024001109 | Servicios para la planeación y sistemas de gestión y comunicación estratégica | $1.137.345.055 | $179.562.179 | - | $957.782.876 O23011745992924001109007 | Servicios tecnológicos | $250.255.057 | $118.973.000 | - | $131.282.057 O23011745992024001109023 | Servicio de implementación. Sistemas de Gestión | $887.089.998 | $60.580.179 | - | $826.500.819 O23011745992024001117 | Infraestructura física, mantenimiento y dotación (Sedes construidas, mantenidas reforzadas) | $804.621.618 | $550 762 340 | - | $253.859.278 O23011745992024001117011 | Sedes adecuadas | $804.621.618 | $550 762 340 | - | $253.859.278 ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de este acuerdo a la Secretaría de Hacienda Distrital, Oficina Asesora de Planeación y el área de Gestión Financiera - Presupuesto de la Subdirección de Gestión Corporativa, para lo de sus competencias y publicarla en LegalBog de la Secretaría Jurídica Distrital y en la página web de la entidad, en el link de Transparencia.

ARTÍCULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de agosto del año 2024.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Presidente

NESTOR JULIÁN ROSAS GONZÁLEZ

Secretario

NOTA: Ver norma original en Anexos.

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