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Acuerdo 002 de 2024

Acuerdo 002 de 2024 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA

Tipo
Acuerdo
Número
002
Año
2024
Fecha
26 de junio de 2024
Entidad
Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 002 DE 2024

(Junio 26)

_Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la vigencia fiscal de 2024_

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 12 de 1970 emanado del Concejo de Bogotá, el artículo 10 del Decreto No. 192 de 2021, у

CONSIDERANDO:

Que el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 "_Bogotá Camina Segura_ ", fue adoptado mediante Acuerdo Distrital No. [927](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699) del 07 de junio de 2024.

Que es necesario realizar el proceso de armonización presupuestal en cada una de las entidades con el fin de ejecutar el Plan de Desarrollo 2024-2027 "_Bogotá Camina Segura_ ", de conformidad con lo establecido en la Ley [152](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=327) de 1994, Acuerdos [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5124) de 2002, [190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18560) de 2005 y [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399) de 2023, Decreto Distrital [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693) de 1996 y [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) de 2021.

Que el Decreto 192 de 2021, define en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#12) la armonización presupuestal como "e _l proceso mediante el cual se ajusta el Presupuesto Anual en ejecución al nuevo Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas de Bogotá, D.C. aprobado y expedido para el periodo Constitucional correspondiente, mediante el traslado de saldos no comprometidos"_.

Que mediante la Circular Externa No. SDH-[000009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154725) de 2024 del 30 de abril de 2024, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Planeación, se establecieron los lineamientos y los procesos para efectuar la armonización presupuestal de las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos, los Órganos de Control y el Ente Autónomo Universitario.

Que la Circular Externa No. SDH-[000009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154725) de 2024 del 30 de abril de 2024, define la armonización presupuestal como _"(...) la modificación del presupuesto de inversión de la vigencia fiscal en ejecución a la estructura del nuevo Plan de Desarrollo, que implica movimientos presupuestales (...)”_ m conforme con los requisitos establecidos en el Manual Operativo Presupuestal adoptado mediante la Resolución SDH No. [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017.

Que mediante comunicación No. 2-2024-36761 del 19 de junio de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación conceptuó favorablemente la modificación propuesta en el Presupuesto de Inversión Directa.

Que mediante comunicación No. 2024EE21066601 del 26 de junio de 2024 la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable a la Fundación Gilberto Álzate Avendaño, para el trámite de la presente modificación presupuestal.

Que en concordancia con lo expuesto y con el fin de cumplir los objetivos y metas del Plan de Desarrollo "_Bogotá Camina Segura_ ", se hace necesario efectuar una modificación en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño - FUGA. Que, la presente modificación presupuestal fue sometida a consideración de la Junta Directiva de la entidad, en sesión ordinaria realizada el dia 26 de junio de 2024, la cual fue aprobada por sus miembros. Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Efectuar una modificación en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño para la vigencia 2024, por la suma de NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE PESOS ($9.944.536.149) MONEDA CORRIENTE, discriminada así: | No. Proyecto | Descripción Proyecto | Contracréditos Valores en pesos (COP) ---|---|--- 02 | GASTOS | 9.944.536.149 023 | Inversión | 9.944.536.149 2301 | DIRECTA | 9.944.536.149 0230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 9.944.536.149 023011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | 7.086.160.449 02301160121 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | 4.485.066.204 023011601210000007682 | Desarrollo y fomento a las prácticas artísticas y culturales para dinamizar el centro de Bogotá | 2.799.086.416 023011601210000007724 | Mejoramiento y conservación de la infraestructura cultural pública para el disfrute del centro de Bogotá | 1.685.979.788 02301160124 | Bogotá región emprendedora e innovadora | 2.601.094.245 023011601240000007674 | Desarrollo del Bronx Distrito Creativo en Bogotá | 1.813.220.616 023011601240000007713 | Fortalecimiento del ecosistema de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá | 787.873.629 023011603 | Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación | 910.586.035 02301160345 | Espacio público más seguro y construido colectivamente | 910.588.035 023011603450000007664 | Transformación cultural de imaginarios del centro de Bogotá | 910.586.035 023011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | 1.947.789.565 02301160556 | Gestión Pública Efectiva | 1.947.789.665 023011605560000007760 | Modernización de la arquitectura institucional de la FUGA | 1.947.789.665 TOTAL CONTRACRÉDITOS | 9.944.536.149

Proyecto | Descripción Proyecto | Créditos Valores en pesos (COP) ---|---|--- 02 | GASTOS | 9.944.536.149 023 | Inversión | 9.944.536.149 02301 | DIRECTA | 9.944.536.149 0230117 | Bogotá Camina Segura | 9.944.536.149 023011733 | Cultura (Culture) | 7.716.983.979 02301173301 | Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos | 7.716.983.979 0230117330120240051 | Fortalecimiento del ecosistema artístico y cultural en el Centro de Bogotá D.C | 2.839.867.049 0230117330120240052 | Fortalecimiento de espacios de transformación cultural memoria, valoración social y participación incidente en el Centro de la Ciudad Bogotá D.C. | 1.051.457.507 0230117330120240053 | Consolidación del Distrito Creativo en el Bronx para la revitalización del centro de la ciudad Bogotá D.C. | 281.601.223 0230117330120240054 | Consolidación del ecosistema de la economía cultural y creativa del centro de Bogotá D.C | 1.840.018.433 0230117330120240055 | Mantenimiento de los equipamientos de la FUGA para la circulación artística en el Centro de Bogotá D.C | 1.704.039.767 023011745 | Gobierno Territorial | 2.227.552.170 02301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | 2.227.552.170 023011745992024011 | Fortalecimiento institucional de la FUGA Bogotá D.C | 2.227.552.170 TOTAL CRÉDITOS | 9.944.536.149 ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir copia de este acuerdo a la Secretaría de Hacienda Distrital, Oficina Asesora de Planeación y el área de Gestión Financiera Presupuesto de la Subdirección de Gestión Corporativa, para lo de su competencia y publicarla en LegalBog de la Secretaría Jurídica Distrital y en la página web de la entidad, en el hipervínculo de Transparencia https://fuga.gov.co/transparencia y acceso a la información publica/planeacion-presupuesto-informes/Presupuesto-general-asignado-por-vigencias ARTÍCULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 26 días del mes de junio del año 2024.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Presidente

NÉSTOR JULIÁN ROSAS GONZÁLEZ

Secretario

Nota: Ver norma original en Anexos.

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