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Acuerdo 006 de 2024

Acuerdo 006 de 2024 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA

Tipo
Acuerdo
Número
006
Año
2024
Fecha
30 de julio de 2024
Entidad
Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 006 DE 2024

(Julio 30)

_Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño para la vigencia fiscal de 2024_

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ÁLZATE AVENDAÑO

En uso de las facultades legales y estatutarias conferidas mediante el Acuerdo 012 de 1970 emanado del Concejo de Bogotá, el Acuerdo 002 de 2006 de la Junta Directiva de la Fundación,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital N. 643 del 29 de diciembre de 2023 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Que el Decreto Distrital N. 192 del 02 de junio de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., en su artículo 10 estipula... que las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control y los Fondos de Desarrollo Local, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación", Que el Artículo 11º del Decreto 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" estipula que: _"Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada._ __ _Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 "Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño para la vigencia fiscal de 2024 Capital", expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar créditos adicionales al presupuesto y establece que la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, es la entidad responsable de tramitar el respectivo Decreto ante la Alcaldía Mayor e incorporarlo en el Sistema de Información del Presupuesto Distrital en el mes en que se apruebe la adición. Que, en el marco del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2024-2027, "_Bogotá Camina Segura_ ", adoptado mediante Acuerdo No. 927 de 2024 del 07 de junio de 2024, la Fundación Gilberto Álzate Avendaño (FUGA) asumió la responsabilidad de contribuir al cumplimiento del Objetivo estratégico OE No. 4. Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática, y con base en este formuló el Proyecto de inversión 7922- Consolidación del Distrito Creativo en el Bronx para la revitalización del Centro de la Ciudad Bogotá D.C., que entregará un espacio físico apropiado en el Bronx, con un modelo de operación, para el desarrollo de actividades productivas de transformación cultural, económica, de memoria y de valoración social, contribuyendo a la revitalización del Centro de la Ciudad. Específicamente la meta del proyecto está relacionada con: Terminar el 100 % de la obra, reforzamiento y adecuación de los espacios del Bronx Distrito Creativo (BDC). Que, actualmente, la ejecución de la obra está a cargo de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá (RENOBO) con quien la FUGA tiene el convenio derivado No. 164 2019 "_Aunar esfuerzos técnicos, administrativos, financieros y económicos para el desarrollo de todas las actividades necesarias para la construcción del Proyecto "Bronx Distrito Creativo-BDC_ " cuyos recursos son administrados a través del Patrimonio Autónomo Derivado Bronx Distrito Creativo (PAD-BDC). De acuerdo con la información suministrada por RENOBO quien en el marco del convenio en mención, como encargado del componente técnico y administrativo, informó que el flujo de inversión correspondiente a la ejecución de los recursos para concluir la etapa 1 (Plaza avenida Caracas, La Facultad, La Milla y La Flauta) y para ejecutar la etapa 2 (Sótano de Parqueaderos, Esquina Redonda y Superficie Temporal Piso 1) del Bronx Distrito Creativo, es de un total de $65.617.607.03 distribuidos de la siguiente manera: | CONCEPTO | VALOR ---|--- Recursos para conclusión etapa 1 | $ 5.309.558.308 Recursos para ejecución etapa 2 | $ 57.308.049.594 Cuota RENOBO | $ 3.000.000.000 TOTAL | $ 65.617.607.903 Fuente: Comunicado RENDEO FUGA 2 de julo de 2004, Radicado 52004002645 Que, actualmente el proyecto cuenta en el PAD-BDC con un recurso disponible de $26.617.607.903 y, en consecuencia, se hacen necesarios $39.000.000.000 para la ejecución de la etapa 2, en cumplimiento de la meta del PDD - Bogotá Camina Segura RECURSOS | VALOR ---|--- Recursos Disponibles PAD-BDC | $ 26.617.607.903 Recursos para etapa 2 del proyecto | $ 39.000.000.000 Total RECURSOS | $ 65.617.607.903 Fuerte Comunicado RENOBO a la FUBA 2 de julio de 2024, Radicado 82024002645 Que, la distribución de recursos para la ejecución de la etapa 2, por cada una de las vigencias, es:

Ejecución etapa 2 | ---|--- Año 2024 | $ 5.850.000.000 Año 2025 | $ 20.000.000.000 Año 2026 | $ 13.150.000.000 Total Recursos | $ 39.000.000.000 Fuente: Comunicado RENOBO a la FUGA 2 de julio de 2024, Radicado $2024002645 Que, para la ejecución de esta etapa se prevé anualmente adicionar el PAD-BDC a través de vigencias futuras ordinarias, por lo anterior, se hace necesario garantizar en la vigencia 2024 el 15% de apropiación mínima disponible por valor de $5.850.000.000; de los cuales $5.350.000.000 se tramitarán mediante adición presupuestal y $500.000.000 a través de traslado presupuestal entre proyectos de inversión de la FUGA, el cual se encuentra en trámite.

Que la Fundación Gilberto Álzate Avendaño FUGA solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación - SDP, concepto técnico para realizar una adición presupuestal por valor de CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($5.350.000.000) MONEDA CORRIENTE, el cual fue emitido favorablemente mediante comunicación No. 2-2024-44230 del 25 de julio de 2024.

Que la presente adición presupuestal, se encuentra sujeta a la revisión y trámite por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda y la expedición del decreto de reducción presupuestal emitido por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Que la presente adición presupuestal de Inversión, fue sometida a consideración de la Junta Directiva, en sesión realizada el dia 30 de julio de 2024, la cual fue aprobada por sus miembros.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo primero.

Efectuar una modificación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño para la vigencia 2024, por la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($5.350.000.000) MONEDA CORRIENTE, como se detalla a continuación:

Código | Rubro | Presupuesto vigente | Reducción | Presupuesto Definitivo | Adición | Presupuesto Definitivo ---|---|---|---|---|---|--- 015 | Transferencias administración central | $21.869.172.810 | $ 683.232.506 | $21.185.940.304 | $ 5.350.000.000 | $ 26.535.940.304 01501 | Aporte ordinario | $21.869.172.810 | $ 683.232.506 | $21.185.940.304 | $ 5.350.000.000 | $ 26.535.940.304 0150101 | Vigencia | $21.869.172.810 | $ 683.232.506 | $21.185.940.304 | $ 5.350.000.000 | $ 26.535.940.304

Artículo segundo.

Efectuar una modificación en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño para la vigencia 2024, por la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($5.350.000.000) MONEDA CORRIENTE, como se detalla a continuación:

Rubro/Proyecto | Descripción | Apropiación vigente | Adiciones Créditos | Apropiación ajustada ---|---|---|---|--- 023 | Inversión | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000 02301 | DIRECTA | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000 0230117 | Bogotá Camina Segura | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000 023011733 | Cultura | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000 02301173301 | Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000 0230117330120240053 | Consolidación del Distrito Creativo en el Bronx para la revitalización del centro de la ciudad Bogotá D.C. | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000 023011733012024005306 | Espacios adecuados para la consolidación del Bronx Distrito Creativo | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000 023011733012024005306093 | Centros culturales construidos y dotados | $- | $ 5.350.000.000 | $ 5.350.000.000

Artículo tercero.

Remitir copia de este acuerdo a la Secretaría de Hacienda Distrital, Oficina Asesora de Planeación y el área de Gestión Financiera - Presupuesto de la Subdirección de Gestión Corporativa, para lo de sus competencias y publicarla en LegalBog de la Secretaría Jurídica Distrital y en la página web de la entidad, en el link de Transparencia.

Artículo cuarto.

El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de julio del año 2024.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Presidente

NESTOR JULIAN ROSAS GONZÁLEZ

Secretario Técnico

Nota: Ver norma original en Anexos.

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