Acuerdo 961 de 2024
Acuerdo 961 de 2024 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 961
- Año
- 2024
- Fecha
- 19 de diciembre de 2024
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 961 DE 2024
(Diciembre 19)
_Por medio del cual se dictan lineamientos para la formulación de la estrategia "Área Educativa Limpia" en la ciudad de Bogotá y se dictan otras disposiciones_
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. Objeto. El objeto del presente acuerdo es dictar los lineamientos para la formulación de la estrategia "Área Educativa Limpia" en la ciudad de Bogotá, para propender por el mantenimiento de las condiciones óptimas de limpieza en los entornos escolares, la coordinación interinstitucional y la articulación con el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos – PGIRS - y el esquema de prestación del servicio público de aseo. ARTÍCULO 2. Articulación. La Administración Distrital, en el marco de sus competencias, liderada por la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y el aporte de información brindada por las demás entidades del distrito, propenderá por la identificación y atención de puntos críticos de residuos ubicados en las inmediaciones de los entornos escolares, basándose en el censo vigente y la información disponible. La atención de estos se realizaría en el marco de las competencias de la Entidades Distritales. Dentro de la atención integral se incluye la limpieza del punto, la implementación de estrategias de intervención integral que incorpore procesos pedagógicos para la sensibilización de las comunidades y demás acciones de control que serán coordinadas con las entidades competentes para lograr la erradicación de estos puntos. ARTICULO 3. Lineamientos para la estrategia "Área Educativa Limpia".** La estrategia "Área Educativa Limpia" se formulará con base en los siguientes lineamientos: 1. Revisar los puntos de interés de la propuesta por parte de las entidades distritales para la inclusión dentro del censo de puntos críticos 2. Promover la participación de las instituciones educativas del distrito, en el marco de su autonomía y competencias, en la implementación de la presente estrategia a fin de propender por una intervención integral en el manejo de residuos 3. Identificar el tipo de residuos dispuestos para coordinar la recolección y manejo con la entidad encargada.
4. Comunicar la estrategia a las comunidades vecinas a través de los canales correspondientes, promoviendo la concientización sobre la importancia de mantener limpios los entornos escolares. ARTÍCULO 4. La administración Distrital, en cabeza de las entidades competentes, diseñarán los corredores seguros con base en el Acuerdo [684](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70861) de 2017 y el Acuerdo [832](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=121117) de 2022, generando las recomendaciones para la implementación en los entornos escolares priorizados por la Secretaria de Educación Distrital a partir de la información interinstitucional vigente. ARTÍCULO 5. Informes. La Administración Distrital presentará un informe anual al concejo de Bogotá sobre los avances de la estrategia "Área Educativa Limpia".
Parágrafo. La construcción y ajuste de los indicadores de evaluación será un proceso dinámico que integrará la participación activa de las comunidades educativas, vecinas y actores involucrados en la estrategia. La Administración Distrital, en cada informe, podrá incorporar nuevos indicadores o ajustar los existentes de acuerdo con la dinámica de la estrategia. ARTÍCULO 6. Vigencias. El presente Acuerdo rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170698). **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JUAN JAVIER BAENA MERLANO
Presidente
LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO
Secretaria General de Organismo de Control
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Nota: Ver norma original en Anexos
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