Jurismart

Acuerdo 953 de 2024

Acuerdo 953 de 2024 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
953
Año
2024
Fecha
19 de diciembre de 2024
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 953 DE 2024

(Diciembre 19)

_Por medio del cual se dictan lineamientos para la implementación de una red distrital para la prevención y atención oportuna de eventos de Accidentes Cerebrovasculares (ACV) e Infarto Agudo de Miocardio (IAM) en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones_

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1y 13 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 [Ver proyecto de Acuerdo 707 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190820)

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo tiene por objeto dictar lineamientos generales para la prevención y atención de accidentes cerebrovasculares (ACV) e infarto agudo de miocardio (IAM) en el Distrito Capital, en armonía con la Resolución [2455](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150618) de 2023 o norma que la sustituya, modifique o derogue, para asegurar la atención oportuna e integral. ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, en el marco de sus competencias, propenderá por la definición, implementación y difusión de los protocolos y procedimientos pertinentes para reducir la mortalidad y la discapacidad, asociadas a accidentes cerebrovasculares y al infarto agudo de miocardio. Además, liderará la conformación de la Red Distrital para la Prevención y Atención Oportuna de Eventos de Accidentes Cerebrovasculares (ACV) e Infarto Agudo de Miocardio (IAM), incluyendo a los actores intersectoriales, instituciones de salud, academia, organizaciones comunitarias y entidades públicas y privadas.

Parágrafo. Primero. Cada entidad participante de la Red Distrital para la Prevención y Atención Oportuna de Eventos de Accidentes Cerebrovasculares (ACV) e Infarto Agudo de Miocardio (IAM), propenderá por incluir en su plan operativo anual las acciones específicas destinadas a cumplir las directrices para la prevención y atención de ACV e IAM. ARTÍCULO TERCERO. La Administración Distrital en el marco de sus competencias podrá promover e implementar programas de capacitación y formación dirigidos a los profesionales de salud, otros actores de la Red y a quienes interese, para la prevención, el reconocimiento temprano y la atención oportuna de Accidentes Cerebrovasculares (ACV) e Infarto Agudo de Miocardio (IAM), priorizando un enfoque preventivo y coordinado en todas las etapas de la atención. ARTÍCULO CUARTO. La Administración Distrital en el marco de sus competencias promoverá la participación intersectorial en la Red Distrital para la Prevención y Atención Oportuna de Eventos de Accidentes Cerebrovasculares (ACV) e Infarto Agudo de Miocardio (IAM) atendiendo las siguientes acciones, entre otras: 1. Promoción de entornos y hábitos saludables. 2. Capacitación y formación continua para el personal y la comunidad en el reconocimiento temprano de los signos y síntomas de ACV e IAM. 3. Planes de respuesta y manejo de emergencias asegurando la preparación y coordinación intersectorial ante estos eventos. 4. Fomentar estrategias de movilidad que faciliten el desplazamiento para el acceso oportuno a los servicios de salud de los pacientes con este tipo de emergencias. 5. Apoyo a poblaciones vulnerables en la promoción de hábitos saludable. 6. Fomento de actividad física comunitaria como medida preventiva de enfermedades cardio-cerebrovasculares. 7. Apoyo logístico y operativo de las entidades con capacidad, para el manejo de estas emergencias. ARTÍCULO QUINTO. El presente Acuerdo rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170698). **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2024. JUAN JAVIER BAENA MERLANO

Presidente

LUZ ANGÉLICA VIZCAÍNO SOLANO

Secretaria General de Organismo de Control

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

NOTA: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar