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Acuerdo 951 de 2024

Acuerdo 951 de 2024 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
951
Año
2024
Fecha
19 de diciembre de 2024
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 951 DE 2024

(Diciembre 19)

_Por el cual se promueve la implementación de nuevas tecnologías con la visión de la cuarta revolución industrial ‘Bogotá 4.0’, y se dictan otras disposiciones_

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los Artículos 313 y 322 de la Constitución Política y el numeral 1 del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y los artículos 5 y 338 de la Ley 1341 de 2009 [Ver Proyecto de Acuerdo 424 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188837)

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. OBJETO. El presente Acuerdo tiene por objeto promover las industrias 4.0 en las actividades económicas del Distrito Capital, como herramienta para fortalecer y dinamizar las capacidades innovadoras y competitivas en el tejido empresarial, el empleo, emprendimiento y la formalización. ARTÍCULO 2. INDUSTRIAS 4.0. Entiéndase por “industrias 4.0.” aquellas que implican un nuevo modelo industrial para la autoorganización y la autogestión de sistemas de producción totalmente automatizados, que aprenden autónomamente y que son interactivos, en los que el núcleo son las nuevas tecnologías digitales y las tecnologías de Internet. ARTÍCULO 3. ACCIONES A IMPLEMENTAR. La Administración Distrital implementará las siguientes acciones: 1. Caracterizar, según la disponibilidad técnica y presupuestal, las industrias 4.0 existentes en el Distrito Capital, identificando sus necesidades en formación, capacitación y promoción, que exigen los sectores económicos de la ciudad. 2. Promover la articulación de las ofertas de las industrias locales 4.0 con las demandas nacionales e internacionales, fomentando el consumo de nuevas tecnologías con la visión de la cuarta revolución industrial. 3. Fortalecer el ecosistema de actividades económicas que hagan uso de las tecnologías de la industria 4.0. 4. Promover las ofertas de acceso a mercados y financiación para actividades económicas que incorporan tecnologías en el marco de la cuarta revolución industrial. 5. Articular las estrategias de fomento del emprendimiento, innovación, formalización y generación de empleo del Distrito Capital con la oferta distrital de industrias 4.0. 6. Promover el desarrollo o fortalecimiento de emprendimientos o nuevos negocios basados en tecnologías de las industrias 4.0 que respondan a los retos o necesidades de la ciudad de Bogotá, a través de la formación, capacitación, investigación y mecanismos de financiación. 7. Fomentar, en el marco de la autonomía de las instituciones de educación superior y bajo los lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional, la adopción de una oferta educativa acorde a los requerimientos de las industrias 4.0, que permita desarrollar las habilidades y conocimientos necesarios desde los niveles formativos técnicos, tecnológicos y universitarios. 8. Fortalecer los modelos de articulación entre educación media y la educación terciaria y posmedia mediante la promoción del acceso a estrategias de desarrollo de competencias en el marco de las necesidades de la industria 4.0. 9. Fomentar y promover espacios en el tejido empresarial y en el ecosistema emprendedor que faciliten procesos de enseñanza - aprendizaje para la apropiación social y pública de conocimientos, tecnologías, ciencia, saberes y demás habilidades que exige la era de la industria 4.0 como eje transversal de la educación para la vida. ARTICULO 4. CAMPAÑA BOGOTÁ 4.0. La Secretaria de Desarrollo Económico implementará una estrategia de comunicación pública que promueva el uso y adopción de las tecnologías, bienes y servicios de las industrias 4.0, y la idea de una "Bogotá 4.0", priorizando la información sobre la oferta institucional en estos temas y enfocándose en los mercados locales y corazones productivos de la ciudad ARTÍCULO 5. SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. La Secretaría Distrital de Ambiente, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Económico, vinculará a los actores que implementan tecnologías 4.0 en sus actividades económicas, a la oferta de servicios que se orienten a la formación y socialización sobre conceptos de sostenibilidad ambiental y economía circular. ARTÍCULO 6. PROGRAMAS Y PROYECTOS DE APOYO A LA JUVENTUD. La Administración Distrital promoverá actividades innovadoras que hagan parte de las estrategias, espacios, mercados y eventos que se lleven a cabo sobre industrias 4.0 dirigido a jóvenes, con acompañamiento y seguimiento a jóvenes con ideas de negocio y emprendimientos. ARTÍCULO 7. BILINGÜISMO. La Secretaria de Desarrollo Económico en coordinación con el Instituto Distrital de Turismo y la agencia ATENEA, o quienes hagan sus veces, promoverán la formación en lenguas extranjeras o segunda lengua de las personas que implementen industrias 4.0 en sus actividades económicas y/o emprendimientos, con el objetivo de fortalecer y dinamizar la internacionalización del tejido empresarial y los emprendimientos. ARTÍCULO 8. INFORMES. La Administración Distrital entregará anualmente al Concejo de Bogotá un informe que muestre los avances en la implementación de este Acuerdo, donde se evidencie el aporte al tejido empresarial, empleo, emprendimiento, innovación y formalización de las industrias 4.0. ARTÍCULO 9. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170698) y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2024. JUAN JAVIER BAENA MERLANO

Presidente

LUZ ANGÉLICA VIZCAÍNO SOLANO

Secretaria General de Organismo de Control

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

NOTA: Ver norma original en Anexos.

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