Acuerdo 010 de 2024
Acuerdo 010 de 2024 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 010
- Año
- 2024
- Fecha
- 10 de octubre de 2024
- Entidad
- Instituto de Desarrollo Urbano - IDU
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 010 DE 2024
(Octubre 10)
_Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para la autorización de vigencias futuras ordinarias y deroga el Acuerdo[008 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=163937)de 2024_
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, en uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas en el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo Distrital No. 19 de 1972, Resolución 191 de 2017 y su Manual Operativo Presupuestal numeral 2.8.2 y en concordancia con el literal c) del artículo 14 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 001 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el literal f del numeral 2.8.2 del Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, adoptado mediante resolución [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 2017 de la Secretaria Distrital de Hacienda, corresponde al Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano, autorizar previamente el trámite de las solicitudes de vigencias futuras ante la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital. Que, en concordancia con el inciso anterior, el numeral IIl, literal f) de la circular 06 del 22 de mayo del 2023 expedida por el CONFIS Distrital, establece como requisito para solicitar las vigencias futuras _“el acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos”._ Que artículo [143A](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#143A) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece, en relación con las “Vigencias futuras ordinarias, que: _“El CONFIS Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas..."._ Que la Circular CONFIS No. 06, en el numeral II CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LAS VIGENCIAS FUTURAS, literal h, registra: _“El CONFIS Distrital no autorizará asumir compromisos con cargo a vigencias futuras que sobrepasen el período de gobierno, salvo que el proyecto de inversión o gasto a soportar presupuestalmente, haya sido declarado previamente de importancia estratégica por el Consejo de Gobierno Distrital, para lo cual se debe contar previamente con aval fiscal del CONFIS Distrital.”_ Que mediante acuerdo 008 de 2024, el Consejo Directivo emitió concepto favorable para presentar ante el CONFIS Distrital, solicitud de las vigencias futuras ordinarias correspondientes a los proyectos de inversión BPIN 2024110010117-8022, BPIN 2024110010140-8032, BPIN 2024110010113-8014.
Que el IDU previa revisión técnica y antes de solicitar la autorización ante el CONFIS Distrital, requiere ajustar los términos de las vigencias futuras aprobadas mediante el acuerdo 008 antes citado. En concordancia con lo anterior, en sesión del 10 de octubre del presente año, el IDU presentó ante el Consejo Directivo una nueva propuesta para tramitar las vigencias futuras ordinarias 2025, 2026 y 2027 que no superan el periodo de gobierno, para los proyectos 8022 _“Consolidación del sistema del espacio público, para brindar movilidad segura, inclusiva y sostenible en Bogotá D.C”_ proyecto BPIN 2024110010117, 8032 _“Consolidación de infraestructura vial y ciclo infraestructura para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C”. - proyecto BPIN 2024110010140.” y 8014 “Fortalecimiento del modelo de operación institucional del Instituto de Desarrollo Urbano en Bogotá D.C_ proyecto BPIN 2024110010113, los cuales se encuentran dentro del Plan de Inversiones del Plan de Desarrollo Distrital vigente.
Que esta nueva propuesta modifica totalmente el concepto favorable emitido para el trámite de vigencias futuras ordinarias contenido en el acuerdo [008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=163937) de 2024, por lo cual se derogará en la parte resolutiva de este acuerdo. Teniendo en cuenta además que no se tramitaron ante la Secretaria Técnica del CONFIS Distrital. Que, de acuerdo con lo expuesto, el Consejo Directivo en sesión del 10 de octubre del 2024, aprobó por unanimidad, el trámite de solicitud de autorización ante el CONFIS Distrital en los términos presentados por el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU. Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. —** Emitir concepto favorable para presentar ante el CONFIS Distrital la solicitud de autorización de vigencias futuras ordinarias correspondientes a los siguientes proyectos de inversión, por la suma de CIENTO NOVENTA MIL CIENTO CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($190.143.879.934) precios corrientes y CIENTO OCHENTA MIL SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($180.006.572.366) precios constantes, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166018) y deroga el Acuerdo [008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=163937) del presente año. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de octubre del año 2024
Paulo Andrés Rincón Garay
Secretario Distrital de Movilidad (E)
Presidente
Gisele Manrique Vaca
Subdirectora Gral. de Gestión Corporativa
Secretaria
Nota: Ver norma original en Anexos.
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