Decreto 332 de 2024
Decreto 332 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 332
- Año
- 2024
- Fecha
- 27 de septiembre de 2024
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 332 DE 2024
(Septiembre 27)
_Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país a la Secretaria de Educación del Distrito y se efectúa un encargo_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _“3 Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.”_ Que el artículo [2.2.5.5.25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.25) del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de _“ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento”._ Que el señor Tan Kok Yam, Director de la Agencia Skills Future, extendió invitación a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.045.211, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría de Educación del Distrito, para que participe como panelista en la Cumbre Mundial sobre Aprendizaje Permanente (GLLS), que se llevará a cabo los días 1 y 2 de octubre de 2024, en la ciudad de Singapur, República de Singapur.
Que los días 30 de septiembre, 3 y 4 de octubre de 2024, la Secretaría de Educación del Distrito, asistirá a una serie de reuniones con panelistas para preparar su intervención, conversación sobre el próximo evento global de la Red de Ciudades del Aprendizaje, diálogo sobre oportunidades de cooperación entre Singapur y Bogotá, así como de relacionamiento comercial que pueda ser de interés para el logro del Plan de Desarrollo en el sector Educación y visita al Colegio Americano Stamford Internacional.
Que mediante comunicaciones radicadas con Nos. 1-2024-36615 del 24 de septiembre, 1-2024-35795 del 18 de septiembre de 2024 y correos electrónicos del 26 y 27 de septiembre de 2024, la Secretaría de Educación del Distrito, solicitó se le conceda comisión de servicios al exterior del país, a partir de las 8:00 p.m. del 27 de septiembre y hasta el 6 de octubre de 2024, con el fin de participar en los mencionados eventos.
Que su asistencia se considera procedente por tratarse de asuntos que interesan a la Entidad y guarda relación con las funciones establecidas en la Resolución No. 1986 de 2023, dentro de las que se encuentra: _“Asesorar al Alcalde Mayor en la formulación y adopción de políticas, programas y proyectos para el mejoramiento de la educación en la ciudad de Bogotá D.C.”_, _“Liderar la Formulación del Plan Sectorial de Educación, y los demás planes, programas, programas y proyectos que se requieran para garantizar el acceso y permanencia en el sistema educativo, así como la pertinencia, calidad, eficiencia y equidad en la educación en sus diferentes formas, niveles y modalidades”_, además la Cumbre tiene como objetivo reunir a gobiernos y organizaciones internacionales, instituciones educativas, empresas líderes, así como defensores de formas innovadoras de aprendizaje de adultos, para entablar un diálogo urgente sobre como el aprendizaje permanente puede apoyar el crecimiento económico inclusivo y ayudar a los trabajadores a adaptarse a cambios cada vez más rápidos en su lugar de trabajo y sus requisitos laborales, por otra parte se pretende establecer relaciones de cooperación e intercambio de conocimientos alrededor de la formulación y orientación de políticas educativas con instituciones oficiales y técnicas de la república de Singapur, así como de las demás delegaciones que asisten a la cumbre.
Que la Agencia Skills Future, cubrirá tiquetes aéreos y alojamiento por los días 30 de septiembre, 1 y 2 de octubre de 2024.
Que el Ministerio del Interior mediante Resolución No. 1716 del 24 de septiembre de 2024, autorizó a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, para aceptar el pago de los referidos gastos.
Que la Secretaría de Educación del Distrito, reconocerá a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, viáticos a razón del sesenta y seis por ciento (66%) por el día 29 de septiembre de 2024, del cincuenta por ciento (50%) por los días 30 de septiembre, 1 y 2 de octubre de 2024 y del cien por ciento (100%) por los días 3 y 4 de octubre de 2024, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1° del Decreto No. 303 de 2024, aplicable en virtud del artículo 5° del Decreto No. 293 de 2024, con cargo al rubro 02120202010 concepto _“Viáticos de los funcionarios en comisión”_, según certificado de disponibilidad presupuestal No. 4669 de 2024.
Que mediante correo electrónico de fecha 17 de septiembre de 2024, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica, recomendó la participación de la Secretaría de Educación del Distrito en la presente comisión de servicios al exterior del país.
Que con el propósito que la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, asista a los mencionados eventos, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país a partir de las 8:00 p.m. del 27 de septiembre y hasta el 6 de octubre de 2024, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes, por razones de itinerario de vuelo.
Que durante el término de la comisión, la Secretaria de Educación del Distrito tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo [2.2.5.5.27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.27) del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017.
Que el artículo [2.2.5.4.7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.4.7) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017 establece: _“Encargo. Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo (...)”._ Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría de Educación del Distrito, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que la señora Lesney Jesús Castañeda Valencia, Directora de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito, certificó que el señor ABEL REINERIO MATIZ SALAZAR, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.737.674, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Acceso y Permanencia de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo el empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría de Educación del Distrito. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.** Conceder comisión de servicios al exterior del país, a partir de las 8:00 p.m. del 27 de septiembre y hasta el 6 de octubre de 2024, a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.045.211, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría de Educación del Distrito, para que asista los días 30 de septiembre, 3 y 4 de octubre de 2024, a una serie de reuniones con panelistas para preparar su intervención, conversación sobre el próximo evento global de la Red de Ciudades del Aprendizaje, diálogo sobre oportunidades de cooperación entre Singapur y Bogotá, así como de relacionamiento comercial que pueda ser de interés para el logro del Plan de Desarrollo en el sector Educación y visita al Colegio Americano Stamford Internacional y participe como panelista en la Cumbre Mundial sobre Aprendizaje Permanente (GLLS), los días 1 y 2 de octubre de 2024, en la ciudad de Singapur, República de Singapur.
Parágrafo. 1. Durante el término de la comisión la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo [2.2.5.5.27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.27) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017.
Parágrafo. 2. Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada, deberá presentar ante este Despacho informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo [2.2.5.5.29](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.29) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017. ARTÍCULO 2. La Secretaría de Educación del Distrito, reconocerá a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, viáticos a razón del sesenta y seis por ciento (66%) por el día 29 de septiembre de 2024, del cincuenta por ciento (50%) por los días 30 de septiembre, 1 y 2 de octubre de 2024 y del cien por ciento (100%) por los días 3 y 4 de octubre de 2024, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1° del Decreto No. 303 de 2024, aplicable en virtud del artículo 5 del Decreto No. 293 de 2024, con cargo al rubro 02120202010 concepto _“Viáticos de los funcionarios en comisión”,_ según certificado de disponibilidad presupuestal No. 4669 de 2024. ARTÍCULO 3. Encargar a partir de las 8:00 p.m. del 27 de septiembre y hasta el 6 de octubre de 2024, al señor ABEL REINERIO MATIZ SALAZAR, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.737.674, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Acceso y Permanencia de la Secretaría de Educación del Distrito, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría. ARTÍCULO 4. Comunicar a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, al señor ABEL REINERIO MATIZ SALAZAR, a la Secretaría de Educación del Distrito, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo.
| No. | Nombres y Apellidos | Correos Electrónicos ---|---|--- 1 | ISABEL SEGOVIA OSPINA | [isabelsegoviao@educacionbogota.gov.co](mailto:isabelsegoviao@educacionbogota.gov.co) 2 | ABEL REINERIO MATIZ SALAZAR | [abel.matiz@educacionbogota.gov.co](mailto:abel.matiz@educacionbogota.gov.co)
ARTÍCULO 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de septiembre del año 2024.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN.
Alcalde Mayor
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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