Acuerdo Laboral 1 de 2024
Acuerdo Laboral 1 de 2024 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
- Tipo
- Acuerdo Laboral
- Número
- 1
- Año
- 2024
- Fecha
- 9 de mayo de 2024
- Entidad
- Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
*20242800047123*
Radicado: 20242800047123 Fecha: 09-05-2024 ACUERDO LABORAL 2024 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – Pág. 1 de 6 (SINTRACULTUR)
En la ciudad de Bogotá D.C., en la fecha señalada al final de este documento, se reunieron los abajo firmantes, con el fin de suscribir el presente Acuerdo Laboral, resultado de las negociaciones del Pliego de Peticiones presentado el 29 de febrero de 20241 por el Sindicato de Servidores Públicos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, Entidades Adscritas y Vinculadas, en adelante SINTRACULTUR, a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, en adelante LA FUGA, cuya mesa de negociación se instaló el 08 de abril de 20242 y cuya negociación se extendió hasta el 09 de mayo de 20243, fecha en la que culminó el mencionado proceso de negociación, conforme a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Política Colombiana en sus Artículos 1, 2, 23, 38, 39, 53, 55, 56, 58 y 103, los Convenios Internacionales de la OIT 151 de 1978 y 154 de 1981, relativos a las relaciones de trabajo en la Administración Pública y al fomento de la negociación colectiva, incorporados en las leyes 411 de 1997 y 524 de 1999, en la condición de Estado Social de Derecho y los Decretos 1072 de 2015, 1083 de 2015 y 243 de 2024.
En el proceso de negociación, se llegó a los siguientes:
ACUERDOS
Artículo 1.
La ENTIDAD respetará los derechos y garantías que la Constitución Política y la Ley le otorgan a las organizaciones sindicales y sus afiliados, en relación con la continuidad de derechos individuales y colectivos adquiridos en los acuerdos laborales suscritos anteriormente, protegidos por los principios de progresividad y no regresividad de los derechos.
Artículo 2.
La ENTIDAD dentro del mes siguiente a la firma del Acuerdo Laboral, elaborará y socializará con la comunidad institucional mediante boletín institucional, una comunicación sobre el ejercicio del derecho de asociación y garantías sindicales en la entidad, la cual será comunicada a la organización sindical.
Artículo 3.
La ENTIDAD garantizará al menos dos (2) reuniones al año entre la
1 Radicado en Orfeo con el número 20242300003842 2 Radicado en Orfeo con el número 20242800035203 3 Radicado en Orfeo con el número 20242800047113 Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co
*20242800047123*
Radicado: 20242800047123 Fecha: 09-05-2024 ACUERDO LABORAL 2024 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – Pág. 2 de 6 (SINTRACULTUR)
Junta Directiva de SINTRACULTUR, y el/la Director(a) General, según la disponibilidad de agenda de la Dirección General, con el fin de tratar temas de interés para la comunidad institucional.
Artículo 4.
La ENTIDAD continuará permitiendo que SINTRACULTUR pueda realizar las publicaciones de la Organización Sindical en el enlace https://intranet.fuga.gov.co/sintracultur
Parágrafo. Así mismo, la ENTIDAD permitirá que SINTRACULTUR haga uso de la
cuarta parte de la cartelera física institucional que se encuentra ubicada en la casa amarilla de la entidad y podrá disponer de un espacio en la cafetería de la casa principal para instalar una cartelera de un tamaño máximo de (100 cm * 70cm), a costas de SINTRACULTUR.
Artículo 5.
La ENTIDAD realizará mínimo una sensibilización a la comunidad institucional relacionada con la no discriminación por razones de sexo, edad, raza, afinidad política, sindical o religiosa, entre otras, con el fin de mitigar el riesgo de estigmatización al interior y exterior de la entidad.
Artículo 6.
La ENTIDAD gestionará en el anteproyecto de presupuesto de 2026 los recursos necesarios para la realización de un estudio de cargas, siempre y cuando las condiciones presupuestales lo permitan.
Artículo 7.
La ENTIDAD analizará la posibilidad de incluir hasta tres (3) supervisores de los contratos de mayor valor en el próximo plan de seguros, previa la viabilización del riesgo y siempre que la disponibilidad presupuestal exista.
Artículo 8.
La ENTIDAD seguirá propendiendo por darle continuidad a la política de teletrabajo de acuerdo con la normatividad vigente.
Parágrafo. Los resultados de las encuestas de huellas de teletrabajo realizadas por
el DASCD serán socializados a la comunidad institucional una vez lleguen a la Entidad.
Artículo 9.
La ENTIDAD se compromete a realizar el seguimiento a la inspección ergonómica de los puestos de trabajo, nivel de iluminación y riesgo locativo con énfasis en accesibilidad de los puestos.
Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co
*20242800047123*
Radicado: 20242800047123 Fecha: 09-05-2024 ACUERDO LABORAL 2024 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – Pág. 3 de 6 (SINTRACULTUR)
Artículo 10.
La ENTIDAD garantizará las acciones y los trámites administrativos que se requieran cuando se instale un nuevo puesto de trabajo y/o se ordene una reubicación.
Artículo 11.
La ENTIDAD reconocerá el día hábil siguiente a la finalización del Festival Centro, como permiso remunerado a los servidores públicos del nivel profesional que participen en las actividades propias de los días de realización del Festival, este debe ser autorizado por el jefe inmediato.
Parágrafo. Este día no se contabiliza en la matriz de ausentismo de la entidad.
Artículo 12.
La ENTIDAD seguirá aplicando la normatividad vigente en lo que respecta a la vinculación, permanencia y desvinculación de funcionarios.
Artículo 13.
La ENTIDAD socializará la Ley 2191 de 2022 con los funcionarios de la FUGA por medio de una pieza comunicativa, así como la inclusión del tema en la semana de inducción y reinducción.
Artículo 14.
La ENTIDAD continuará dando cumplimiento a la legislación relacionada con la expedición o modificación del Manual de Funciones y Competencias Laborales y socializando los proyectos de Manual con SINTRACULTUR.
Artículo 15.
La ENTIDAD se compromete a estudiar la viabilidad jurídica y financiera de incluir en el Plan de Bienestar e Incentivos de la vigencia 2025, un estímulo no pecuniario a los servidores públicos que tengan hijos menores de edad.
Artículo 16.
La ENTIDAD incluirá, cuando sea posible, en la programación de los eventos de bienestar, que vinculen al grupo familiar de servidores públicos, la participación de los núcleos diversos, cuando existan.
Artículo 17.
La ENTIDAD participará en las mediciones de clima organizacional del DASCD, y el informe de los resultados serán socializados con la comunidad institucional.
Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co
*20242800047123*
Radicado: 20242800047123 Fecha: 09-05-2024 ACUERDO LABORAL 2024 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – Pág. 4 de 6 (SINTRACULTUR)
Artículo 18.
La ENTIDAD realizará el inventario y diagnóstico de los elementos de la sala de bienestar. Así mismo, la ENTIDAD continuará, promoviendo el uso de la sala de bienestar y el gimnasio.
Artículo 19.
La ENTIDAD continuará socializando el Plan Estratégico de Talento Humano con SINTRACULTUR antes de su publicación.
Artículo 20.
La ENTIDAD continuará con la realización de actividades de hábitos saludables y promoción de la salud de acuerdo con el Plan Estratégico de Talento Humano.
Artículo 21.
La ENTIDAD incluirá y ejecutará en el Plan Institucional de Capacitación, actividades de formación en habilidades blandas.
Artículo 22.
La ENTIDAD continuará realizando actividades para prevenir las prácticas de acoso laboral y sexual y los medios de protección con las que cuentan para la denuncia de estas situaciones y al menos una pedagógica presencial abierta a toda la comunidad institucional.
Artículo 23.
La ENTIDAD en beneficio del bienestar de los servidores públicos solicitará a los supervisores de los contratistas que cuenten con personal a cargo que recuerde la importancia de velar por los derechos de sus colaboradores con el fin de prevenir situaciones de acoso o maltrato, que afectan el clima laboral de la comunidad institucional.
Artículo 24.
La ENTIDAD continuará con la implementación y seguimiento de la Política Pública de la Mujer en los términos definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer.
Artículo 25.
La ENTIDAD continuará garantizando en los casos de endometriosis bajo acreditación médica diagnóstica, los permisos a que haya lugar de conformidad con la normatividad vigente.
Artículo 26.
La ENTIDAD continuará fortaleciendo el reconocimiento y empoderamiento de las mujeres servidoras públicas, a través de las diferentes
Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co
*20242800047123*
Radicado: 20242800047123 Fecha: 09-05-2024 ACUERDO LABORAL 2024 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – Pág. 5 de 6 (SINTRACULTUR) actividades que se programen durante el día internacional de la mujer (8 de marzo) y el día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer (25 de noviembre).
Artículo 27.
Se creará una Comisión de Seguimiento al Acuerdo Laboral actual y a los acuerdos anteriores conformada por dos (2) representantes de la organización sindical y dos (2) delegados de la ENTIDAD, la cual se reunirá una (1) vez cada tres (3) meses.
Artículo 28.
La ENTIDAD realizará las acciones necesarias y/o emitirá los actos administrativos, cuando se requiera, para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de lo pactado.
Artículo 29.
La presente negociación tendrá vigencia hasta el 25 de febrero de 2026.
Artículo 30.
Forman parte del presente Acuerdo Laboral las actas de cada sesión de negociación, las cuales reposan en el Expediente 202428006200100001E de Orfeo, herramienta informática del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo.
Se firma en Bogotá, D.C., el 09 de mayo de 2024, por quienes intervinieron en el proceso de negociación en representación de las partes:
Nombre / Rol Firma Luis Eduardo Vargas Vargas / Negociador SINTRACULTUR Freddy Ernesto Ramirez Rodríguez/ Negociador SINTRACULTUR Néstor Julián Rosas Gonzalez / Firmado electrónicamente en la parte Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co
*20242800047123*
Radicado: 20242800047123 Fecha: 09-05-2024 ACUERDO LABORAL 2024 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – Pág. 6 de 6 (SINTRACULTUR)
Negociador FUGA final de este documento.
María del Pilar Salgado Hernández / Firmado electrónicamente en la parte Negociadora FUGA final de este documento Irma Barrera Barrera / Negociadora Firmado electrónicamente en la parte suplente FUGA final de este documento Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co El Documento 20242800048043 fue firmado electrónicamente por: Néstor Julián Rosas González Subdirector de Gestión Corporativa, Subdirección de Gestión Corporativa, ID: 88270889, nrosas@fuga.gov.co, Fecha de Firma: 15-05-2024 14:52:42 María del Pilar Salgado Hernández Profesional Especializado, Talento Humano - Nomina, ID: 52516337, msalgado@fuga.gov.co, Fecha de Firma: 20-05-2024 10:16:56 Irma Barrera Barrera Profesional Universitario, Talento Humano - Nomina, ID: 46373909, ibarrera@fuga.gov.co, Fecha de Firma: 17-05-2024 10:22:14 Revisó: Lina Stefanía Arévalo Sanabria - Contratista - Talento Humano - Nomina e3adb1694d5e6514350214b6c772623452fa2c1bbde508ff0fd2b219c0a1cc8e Codigo de Verificación CV: a801e
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo Laboral 1 de 2016
El presente pliego de peticiones se fundamenta en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Política de Colombia en lo relacionado a lo…
-
Acuerdo Laboral 1 de 2025
IMPLEMENTADO MEDIANTE RESOLUCIÓN 046 DE 2025 (Junio 06) Por la cual se implementa el Acuerdo Laboral suscrito entre el Instituto Distrital de Turismo - IDT y l…
-
Acuerdo Laboral 1 de 2024
ACTA FINAL DE ACUERDOS Y NO ACUERDOS DEL PROCESO DE NEGOCIACION COLECTIVA DEL ANO 2024, PLIEGO UNIFICADO DE SOLICITUDES DE LAS SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA …
-
Acuerdo Laboral 1 de 2024
En la ciudad de Bogotá D.C., 'a los siete (7) días del mes de abril de 2024, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en adelánte LA SECRETARÍ…
-
Acuerdo Laboral 1 de 2024
FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, PENSIONES Y CESANTÍAS FONCEP En la ciudad de Bogotá D.C., el 5 de junio de 2024, el FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, PENSION…