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Decreto 246 de 2024

Decreto 246 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
246
Año
2024
Fecha
22 de julio de 2024
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 246 DE 2024

(Julio 22)

_Por medio del cual se efectúa un nombramiento_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66662#20) de la Ley 1797 de 2016 establece: _“Los Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado serán nombrados para periodos institucionales de cuatro (4) años, el cual empezará con la posesión y culminará tres (3) meses después del inicio del periodo institucional del Presidente de la República, del Gobernador o del Alcalde.”_ Que el numeral [22.5.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#22.n.22.5) del artículo 22 del Decreto Ley No. 785 de 2005, dispuso los requisitos para desempeñar el cargo de Gerente de Empresa Social del Estado, teniendo en cuenta el principio del mérito, sin perjuicio de la facultad discrecional de la que gozan las autoridades territoriales.

Que la Secretaría Distrital de Salud certificó que la doctora ANDREA ELIZABETH HURTADO NEIRA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 46.682.025, cumple los requisitos para ser nombrada en el cargo de Gerente de Empresa Social del Estado, Código 085, Grado 09, de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., que no ha pertenecido a ninguna Junta Directiva de las Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E. del Distrito Capital y no registra sanción de ninguna índole.

Que en cumplimiento del artículo [7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101775#7) del Acuerdo No. 782 del 26 de noviembre de 2020 y el artículo [7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=95985#7) del Decreto Distrital No. 189 del 21 de agosto de 2020, modificado por el Decreto Distrital No. [159](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=110877) del 28 de abril de 2021, la hoja de vida de la doctora ANDREA ELIZABETH HURTADO NEIRA, se publicó en el sitio Web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, entre el 10 y el 17 de julio de 2024, para conocimiento de la ciudadanía. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. -: Nombrar a partir de la fecha y hasta el 31 de marzo de 2028, a la doctora ANDREA ELIZABETH HURTADO NEIRA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 46.682.025, en el cargo de Gerente de Empresa Social del Estado, Código 085, Grado 09, de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. Artículo 2°. -: De conformidad con los artículos [2.2.5.1.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.6) y [2.2.5.1.7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.7) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, la doctora ANDREA ELIZABETH HURTADO NEIRA, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de este acto administrativo, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de su aceptación. Artículo 3°. -: Comunicar el contenido del presente Decreto a la doctora ANDREA ELIZABETH HURTADO NEIRA, a la Secretaría Distrital de Salud, a la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría. Artículo 4°. -: Publicar el contenido del presente Decreto en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=157838) a través de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 5°. -: El presente Decreto rige a partir del día de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de julio del año 2024.**

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor

Nota: Ver norma original en Anexos.

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