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Decreto 204 de 2024

Decreto 204 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
204
Año
2024
Fecha
13 de junio de 2024
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 204 DE 2024 **(Junio 13)

_Por medio del cual se designan los miembros de la Junta Directiva del Instituto Distrital de_

_Patrimonio Cultural - IDPC_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 96 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [56](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., establece que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito serán designados libremente por el alcalde mayor de Bogotá, D.C., quien además, en todo caso, hará parte de tales instancias, presidiéndolas, o su delegado.

Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#96)[6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#96) del Distrital 257 de 2006, estipula que la junta directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, estará conformada por el alcalde mayor o su delegado, quien la presidirá, y cuatro miembros designados por el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. La misma norma señala que de la misma junta hará parte el/la directora/a general de la entidad, con voz, pero sin voto. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.-** La junta directiva del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, estará integrada por los siguientes miembros: a. El Alcalde Mayor de Bogotá D.C., o su delegado/a, que será el/la Secretario/a Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, quien la presidirá. b. El/la Secretario/a Distrital de Planeación o su delegado/a. c. El/la Secretario/a Distrital del Hábitat o su delegado/a que será el gerente general de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. d. El/la presidente/a de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, seccional Bogotá, o su delegado/a, que será el/la vicepresidente/a de la Sociedad Colombiana de Arquitectos. e. El señor Germán Ferro Medina, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.475.713, como representante del sector privado.

Parágrafo. - El/la Director/a del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC- hará parte de la junta directiva, con voz, pero sin voto. Artículo 2 - Comunicar el contenido del presente decreto a los miembros señalados en los literales b) y c) del artículo 1, por intermedio de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y a los miembros señalados en los literales d) y e) del mismo artículo, por conducto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Artículo 3°. - El presente decreto rige a partir del día siguiente al de la fecha de su expedición y deroga el Decreto [103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92086) de 2020 y las demás disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de junio del año 2024.

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor Nota: Ver norma original en Anexos.

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