Decreto 127 de 2024
Decreto 127 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 127
- Año
- 2024
- Fecha
- 15 de abril de 2024
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 127 DE 2024
(Abril 15) __ _Por medio del cual se designan unos integrantes del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 9 del Decreto Distrital 714 de 1996 y,
CONSIDERANDO:
Que el [inciso segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135.i.2) del artículo 135 Decreto Ley 1421 de 1993, establece que _“El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal, estará conformado por el Alcalde Mayor, quien lo presidirá, el Secretario de Hacienda, el Director de Planeación Distrital y tres funcionarios que designe el Alcalde Mayor”._ Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#9) del Decreto Distrital 714 de 1996, señala que _“El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS- será el Rector de la Política Fiscal y coordinará el sistema presupuestal, estará conformado por el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá D.C., quien lo presidirá; el Secretario de Hacienda Distrital; el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital y tres (3) funcionarios que designe el Alcalde Mayor. (...)”._ Que se hace necesario designar los tres funcionarios que harán parte del CONFIS, conjuntamente con los señalados en las normas citadas e integrar la instancia en la forma como debe ser conformada. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.-** Designación integrantes CONFIS.- Desígnese como integrantes del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS, a los siguientes servidores: 1) El/la Jefe/a de Gabinete Distrital. 2) Ella Subsecretario/a Técnico/a de la Secretaría Distrital de Hacienda. 3) El/la Subsecretario/a de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. \- En consecuencia, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal — CONFIS, en atención a lo dispuesto en el artículo [135](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135) del Decreto Ley 1421 de 1993, queda conformado por: 1) El Alcalde Mayor, quien lo presidirá. 2) El/la Secretario/a Distrital de Hacienda. 3) El/la Secretario/a Distrital de Planeación. 4) El/la Jefe de Gabinete Distrital. 5) El/la Subsecretario/a Técnico/a de la Secretaría Distrital de Hacienda 6) El/la Subsecretario/a de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación. Artículo 2°. - Vigencia. El presente decreto rige a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación y deroga el Decreto [056](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64745) de 2016. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de abril del año 2024.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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