Decreto 612 de 2025
Decreto 612 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 612
- Año
- 2025
- Fecha
- 5 de diciembre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 612 DE 2025
(Diciembre 05)
_"Por el cual se aplaza el disfrute de unas vacaciones y se efectúa un encargo"_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No.[1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, el Decreto No. [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _"3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."_ Que mediante el Decreto Distrital No. 290 de 2025, se concedió a partir del 1 de julio de 2025, el disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones a la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUIZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda, correspondientes al periodo laborado comprendido entre 15 de enero de 2024 y el 14 de enero de 2025.
Que mediante el Decreto Distrital No. [307](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=183314) de 2025, modificado por el Decreto Distrital No. 482 de 2025, por necesidades del servicio de la Secretaría Distrital de Hacienda, se efectuó la interrupción de vacaciones de la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUIZ, a partir del día 07 de julio de 2025, quedándole pendiente por disfrutar once (11) días hábiles de vacaciones los cuales fueron reanudados a partir del 06 de octubre de 2025.
Que mediante Decreto Distrital No. [486](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191088) de 2025, por necesidades del servicio de la Secretaría Distrital de Hacienda, se efectuó nuevamente la interrupción de vacaciones de la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUÍZ, a partir del día 10 de octubre de 2025, quedándole pendiente por disfrutar siete (7) dias hábiles de vacaciones, los cuales serían reanudados a partir del 09 de diciembre de 2025.
Que considerando el disfrute de vacaciones de la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUÍZ, en el artículo [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191088#3) del Decreto Distrital No. 486 de 2025, se encargó a partir del 09 de diciembre de 2025, al servidor público ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 94.520.990, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad, hasta por el tiempo que duren las vacaciones de la titular del cargo.
Que de conformidad con el artículo 15 del Decreto Ley 1045 de 1978, _"El disfrute de las vacaciones se interrumpirá cuando se configure alguna de las siguientes causales: a) Las necesidades del servicio (...)"._ Que el artículo 16 ibidem, señala que, _"Cuando ocurra interrupción justificada en el goce de vacaciones ya iniciadas, el beneficiario tiene derecho a reanudarlas por el tiempo que falte para completar su disfrute y desde la fecha que oportunamente se señale para tal fin"._ Que la servidora pública Janneth Milena Pacheco Baquero, Directora de Talento Humano (E) de la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó mediante oficio, el aplazamiento del disfrute de los siete (7) días hábiles de vacaciones concedidas a la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUIZ, a partir del 9 de diciembre de 2025, con fundamento en las necesidades del servicio justificadas en el escrito, informando que la nueva fecha de reanudación será a partir del 9 de febrero de 2026.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece: _"(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)"._ Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda, a partir del 9 de febrero de 2026, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese despacho tiene a su cargo.
Que la servidora pública María del Pilar González Moreno, Subdirectora de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, certificó que el servidor público ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 94.520.990, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría Técnica de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Hacienda. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°-: Aplazar el disfrute de los siete (7) días hábiles de vacaciones pendientes, concedidas a partir del 09 de diciembre de 2025, a la servidora pública ANA MARÍA CADENA RUÍZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda, correspondientes al período laborado comprendido entre 15 de enero de 2024 y el 14 de enero de 2025. La nueva fecha para su disfrute será a partir del 09 de febrero de 2026.
ARTÍCULO 2°-: Encargar a partir del 9 de febrero de 2026, al servidor público ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad, hasta por el término que dure el disfrute de las vacaciones de la titular del cargo.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a los servidores públicos ANA MARÍA CADENA RUÍZ Y ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, a la Secretaría Distrital de Hacienda, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo. | No. | Nombres y Apellidos | **Correos electrónicos
---|---|--- 1 | ANA MARIA CADENA RUIZ | amcadena@shd.gov.co 2 | ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA | auribem@shd.gov.co ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de diciembre del año 2025
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma publicada en Anexos.
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