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Decreto 600 de 2025

Decreto 600 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
600
Año
2025
Fecha
1 de diciembre de 2025
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 600 DE 2025

(Diciembre 01)

_"Por el cual se deja sin efectos el Decreto Distrital No.[590](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191590) de 2025"_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley[1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, el Decreto Nacional [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, у

CONSIDERANDO:

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _"3" Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."_ Que el artículo [2.2.5.5.25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.25) del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de _"...ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento"._ Que mediante el Decreto Distrital No. [590](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191590) de 2025, se concedió comisión de servicios al exterior del país desde el 30 de noviembre de 2025 hasta las 2:00 a.m. del 3 de diciembre de 2025, a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, para que asistiera y participara como ponente en el _"GET Forum 2025 Foro Global de Emprendimiento y Tecnología para América Latina y el Caribe",_ previsto para llevarse a cabo del 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2025, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. Así mismo, mediante el mismo Decreto Distrital, se encargó al servidor público JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.383.750, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Desarrollo Económico de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría:

Que mediante comunicación radicada con el No. 1-2025-47934 del 1 de diciembre de 2025, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, solicitó dejar sin efectos el Decreto Distrital No. [590](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191590) de 2025, debido a que la aerolínea Avianca _"(...) informó que tuvo que dejar el 70% de su flota de aviones en tierra durante 10 días y cerró las ventas para fechas de viaje hasta el 8 de diciembre"_, razón por cual, el vuelo de la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE a San Salvador, República de El Salvador, fue cancelado.

Que de conformidad con lo anterior, se hace necesario dejar sin efectos el Decreto Distrital No. [590](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191590) de 2025. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º-: Dejar sin efectos el Decreto Distrital No. [590](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191590) de 2025, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2º-: Comunicar a los servidores públicos MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE y JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

Parágrafo. -: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo. | No.

| Nombres y Apellidos | Correos Electrónicos ---|---|--- 1 | MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE | mplopez@desarrolloeconomico.gov.co 2 | JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA | jfuentes@desarrolloeconomico.gov.co ARTÍCULO 3º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de diciembre del año 2025

CARLOS FERNANDO GÁLAN PACHÓN

Alcalde Mayor

Nota: Ver norma publicada en Anexos.

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