Decreto 517 de 2025
Decreto 517 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 517
- Año
- 2025
- Fecha
- 23 de octubre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 517 DE 2025
(Octubre 23)
_Por medio del cual se adopta la planta de empleos del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#122.i.1) del artículo 122 de la Constitución Política de Colombia señala que “ _(…) no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente. (…)_ ”.
Que el numeral [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#315.n.7) del artículo 315 de la Constitución Política dispone que son atribuciones de los alcaldes “(…) _Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado_.” Que, en ese sentido, de conformidad con el numeral [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.n.9) del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá. D.C. “ _(…) Crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado._ ”
Que el empleo público, de acuerdo con lo señalado por el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#19) de la Ley 909 de 2004, es el núcleo básico de la estructura de la función pública y se concibe como el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignen a una persona y las competencias requeridas por esta, para llevarlas a cabo, con la intención de cumplir con los planes, programas, proyectos y los fines de la administración pública.
Que el artículo 46 ídem, modificado por el artículo [228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45322#228) del Decreto Ley 19 de 2012, establece que las reformas de las plantas de personal de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, “ _deberán motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la Administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren, elaborados por las respectivas entidades bajo las directrices del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP._ ”
Que así mismo, el artículo [2.2.12.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.12.1) del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, modificado por el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91803#5) del Decreto 498 de 2020 estableció que: “ _Las reformas de las plantas de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán motivarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración y contar con estudios técnicos de análisis de cargas de trabajo e impacto en la modernización que así lo demuestren.__Las solicitudes para la modificación de las plantas de empleos, además de lo anterior, deberán contener: i) costos comparativos de la planta vigente y la propuesta, ii) efectos sobre la adquisición de bienes y servicios de la entidad, iii) concepto del Departamento Nacional de Planeación si se afecta el presupuesto de inversión y, iv) los demás que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional considere pertinentes_ ”. __ Que el artículo [47](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) del Acuerdo Distrital 257 de 2006, establece que el Sector Gestión Pública está integrado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C, la cual funge como cabeza del Sector y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, el cual dará soporte técnico al mismo. Que, mediante los Decretos Distritales [580](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2017 y [436](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118320) de 2021, se modificó la estructura organizacional vigente del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD y mediante los Decretos Distritales 503 de 2018 y 437 de 2021, se modificó la planta de personal del Departamento. Que, como consecuencia de la modificación de estructura organizacional el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, tiene la necesidad de modificar su planta de personal, tal como quedó sustentado y establecido en el estudio técnico elaborado para el efecto por el referido Departamento, cuyo alcance se sintetiza así: 1. Suprimir la Subdirección de Planeación y Gestión de Información del Talento Humano Distrital del DASCD y crear la Oficina Asesora de Planeación, 2. Suprimir el empleo de Subdirector Técnico, código 068, grado 5, y crear el empleo de Jefe de Oficina Asesora de Planeación, código 115, grado 05, precisando que como producto del rediseño organizacional, se cambia la denominación de Subdirector Técnico a Jefe de Oficina Asesora, conservando el mismo grado salarial.
Que el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153088#3) del Decreto Distrital 062 de 2024, establece que: “ _Podrán tramitarse modificaciones de plantas de personal y estructura organizacional de las entidades y organismos distritales, únicamente cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorro, previo concepto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, de viabilidad técnica emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD y de viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda_ ”. Que, de conformidad con lo previsto en la norma anteriormente mencionada, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., emitió concepto favorable para la modificación de la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, conforme se evidencia en el radicado No. 2-2025-25052 y 2-2025-25084 del 17 de septiembre de 2025. Que, conforme al artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005, para la modificación de las plantas de empleos permanentes de las entidades y organismos distritales, se debe contar con el concepto técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD. Que, mediante oficio radicado con No. 2-2025-15077 del 3 de octubre de 2025, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, en concordancia con el artículo 6 del Acuerdo Distrital 199 de 2005, emitió concepto de viabilidad técnica favorable, para la modificación de la estructura organizacional, de la planta de personal y, en consecuencia, del manual específico de funciones y de competencias laborales, en atención a la necesidad del servicio justificada. Que, mediante oficio No. No. 2025EE744565O1 del 20 octubre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió viabilidad presupuestal para la modificación de la estructura organizacional y de la planta de personal Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – ASCD, adelantó el proceso de consulta con las organizaciones sindicales mediante oficio No. 2-2025-13360 del 12 de septiembre de 2025.
Que mediante radicado No. 1-2025-15534 del 18 de septiembre de 2025 la organización sindical SINTRAESTALES manifestó observaciones al documento de la socialización de la modificación a la estructura y manual de funciones del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.
Que mediante radicado No. 2-2025-14221 del 26 de septiembre de 2025, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, dio respuesta a las observaciones planteadas la organización sindical SINTRAESTALES. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1._Supresión de empleos_. Suprímase de la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, el siguiente empleo: | PLANTA GLOBAL DEL DASCD --- NIVEL DIRECTIVO Denominación | Código y grado | Cantidad Subdirector Técnico | 068-5 | Uno (1) TOTAL | Uno (1)
Artículo 2._Creación de empleos_. Créase el siguiente empleo en la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD:
PLANTA GLOBAL DEL DASCD --- NIVEL ASESOR Denominación | Código y grado | Área Jefe de Oficina Asesora de Planeación | 115-05 | Uno (1) TOTAL | Uno (1)
Artículo 3._Planta de personal_. Las funciones propias del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD serán cumplidas con la planta de personal que se establece a continuación:
PLANTA DE PERSONAL DASCD --- DESPACHO DEL DIRECTOR DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | No. CARGOS NIVEL DIRECTIVO Director de Departamento Administrativo | 055 | 09 | 1 Total Nivel Directivo | 1 NIVEL ASESOR Asesor | 105 | 03 | 4 Total Nivel Asesor | 4 TOTAL PLANTA DEL DESPACHO | 5 PLANTA GLOBAL DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | No. CARGOS NIVEL DIRECTIVO Subdirector Operativo | 068 | 07 | 1 Subdirector Técnico | 068 | 07 | 2 Subdirector Técnico | 068 | 05 | 1 Jefe de Oficina | 006 | 05 | 1 Jefe de Oficina | 006 | 03 | 1 Jefe de Oficina | 006 | 01 | 1 Total Nivel Directivo | 7 NIVEL ASESOR Jefe de Oficina Asesora de Planeación | 115 | 05 | 1 Total Nivel Asesor | 1 NIVEL PROFESIONAL Profesional Especializado | 222 | 27 | 2 Profesional Especializado | 222 | 21 | 22 Profesional Universitario | 219 | 18 | 3 Profesional Universitario | 219 | 15 | 2 Profesional Universitario | 219 | 11 | 4 Profesional Universitario | 219 | 09 | 1 Profesional Universitario | 219 | 05 | 1 Profesional Universitario | 219 | 01 | 2 Total Nivel Profesional | 37 NIVEL ASISTENCIAL Auxiliar Administrativo | 407 | 24 | 1 Auxiliar Administrativo | 407 | 20 | 2 Auxiliar Administrativo | 407 | 19 | 2 Auxiliar Administrativo | 407 | 16 | 2 Secretario | 440 | 19 | 4 Conductor | 480 | 13 | 2 Operario | 487 | 13 | 1 Total Nivel Asistencial | 14 TOTAL PLANTA GLOBAL | 59 TOTAL PLANTA | 64 __ Artículo 4._Distribución de empleos_. El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.
Artículo 5._Provisión de empleos_. Los empleos a los que se refiere el artículo 3 del presente Decreto, serán provistos de conformidad con las normas legales vigentes.
Artículo 6._Comunicación_. Comuníquese el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.
Artículo 7._Vigencia y derogatorias_. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191231) y deroga los Decretos Distritales [503](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80704) de 2018 y [437](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118318) de 2021 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR
Directora
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos.
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