Acuerdo 015 de 2025
Acuerdo 015 de 2025 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA - Consejo Directivo
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 015
- Año
- 2025
- Fecha
- 22 de octubre de 2025
- Entidad
- Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA - Consejo Directivo
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 015 de 2025
(Octubre 22)
_Por el cual se aprueba un traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología "Atenea", para la Vigencia Fiscal 2025_
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA - ΑΤΕΝΕΑ.
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confieren los Decretos Distritales 714 de 1996 y 192 de 2021, el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102945#8) del Decreto Distrital 273 de 2020, la Dirección de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología -Atenea, está a cargo del Consejo Directivo y del Director General.
Que el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102945#10.n.4) del artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020, establece como funciones del Consejo Directivo aprobar el proyecto de presupuesto anual de la Agencia y sus modificaciones.
Que el numeral [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=123922#7.n.5) del artículo 7 del Acuerdo 02 de 2021 del Consejo Directivo, reitera la misma competencia en cabeza de este órgano.
Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del Decreto Distrital 714 de 1996, "Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital establece que: "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (...)" Que, el Decreto Distrital [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) de 2021, "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", en el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) establece que: _"Articulo 10. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación"_ Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170978#2) del Decreto Distrital 470 de 2024 _, "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024",_ asignó la suma de $721.421.675.000 para financiar el presupuesto de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea en la vigencia fiscal 2025, para Gastos de Funcionamiento e Inversión.
Que de acuerdo con lo registrado en el Sistema Presupuestal BogData, con corte 31 de agosto de 2025, el proyecto de inversión 8122_0205 _"Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de Educación Posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C"_, cuenta con una apropiación de $216.595.713.000 provenientes de las siguientes fuentes de financiación: i) 1-100-F088 VA-CRÉDITO ACUERDO 840 DE 2022 $3.178.034.000, i) 1-100-F001 VA-Recursos distrito $12.813.410.000, iii) 1-200-1031 RB-Donaciones 110% con Bogotá $ 5.163.000, iv) 1-100-F039 VA-Crédito $ 45.899.106.000 y v) 3-100-1017 VA-Convenios $154.700.000.000.
Que la Gerencia de Educación Posmedia es la responsable de los proyectos de inversión 8122_0205 _"Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de Educación Posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C"_, y 8138_0192: _"Implementación de estrategias de formación a través de cursos cortos para adquirir habilidades necesarias y mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C."._ Que, mediante solicitud interna radicada con 3-2025-10008 del 19 de agosto de 2025, la Gerencia de Educación Posmedia solicitó efectuar el traslado de recursos desde el proyecto 8122_0205 _"Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de Educación Posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C",_ por valor de $200.000.000, con el fin de financiar en el proyecto de inversión 8138_0192: _"Implementación de estrategias de formación a través de cursos cortos para adquirir habilidades necesarias y mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C.",_ con el propósito de atender las necesidades derivadas de los nuevos convenios a suscribir con entidades distritales, para a aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros orientados a la formación y capacitación de los servidores y servidoras del Distrito.
Que dicho traslado resulta indispensable para garantizar el cumplimiento de las metas del proyecto receptor, así como para financiar estrategias clave encaminadas a ampliar la oferta de formación, fortalecer competencias para el empleo y el trabajo digno, y fomentar el emprendimiento como motor del desarrollo económico de la ciudad.
Que la Agencia - Atenea, mediante comunicación con radicado No. 2-2025-32353 del 03 de septiembre de 2025, solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación, emitir concepto favorable para el traslado presupuestal.
Que la Secretaria Distrital de Planeación, mediante oficio No. 2-2025-48743 del 8 de septiembre de 2025, emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación por valor de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000) Que mediante comunicación No. 2025EE66089801 del 15 de septiembre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda SDH, emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación. Que, en sesión del 17 de octubre de 2025, el Consejo Directivo de la Agencia aprobó efectuar el traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de inversión para la vigencia fiscal 2025 por la suma de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000). Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología "Atenea" para la vigencia fiscal 2025, por valor de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($200.000.000), de la fuente de recursos 3-100-1017 VA-Convenios $200.000.000 así: CONTRACRÉDITO | Código | Descripción | Valor ---|---|--- O2 | Gastos | $ 200.000.000 O23 | Inversión | $ 200.000.000 O2301 | Directa | $ 200.000.000 _O230117_ | _Bogotá camina segura_ | _$ 200.000.000_ O23011722 | Educación | $ 200.000.000 O2301172202 | Calidad y fomento de la educación superior | $ 200.000.000 O230117220220240205 | Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C. | $ 200.000.000
CREDITO
Código | Descripción | Valor ---|---|--- O2 | Gastos | $ 200.000.000 O23 | Inversión | $ 200.000.000 O2301 | Directa | $ 200.000.000 _O230117_ | _Bogotá camina segura_ | $ 200.000.000 __ O23011722 | Educación | $ 200.000.000 O2301172202 | Calidad y fomento de la educación superior | $ 200.000.000 O230117360220240192 | Implementación de estrategias de formación a través de ciclos cortos y/o certificaciones que permitan adquirir las habilidades y competencias necesarias para mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C. | $ 200.000.000 ARTÍCULO SEGUNDO: Remitir copia del presente Acuerdo a la Subgerencia Financiera de la Agencia para que proceda a preparar la solicitud formal y demás documentación requerida por la Secretaría Distrital de Hacienda y siguiendo los procedimientos correspondientes para realizar el traslado presupuestal, además de los trámites conducentes al registro en el sistema de información.
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191254).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los 22 días del mes de octubre del año 2025
ISABEL SEGOVIA OSPINA
Presidenta del Consejo Directivo
VÍCTOR SAAVEDRA MERCADO
Secretario Técnico del Consejo Directivo
Nota: Ver norma original en Anexos.
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