Decreto 511 de 2025
Decreto 511 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 511
- Año
- 2025
- Fecha
- 22 de octubre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO 511 DE 2025 (Octubre 22)
_Por el cual se establece la planta de empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y numeral 9º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral [7](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.n.9) del artículo 315(sic) ibidem, señala que son atribuciones del Alcalde,_“7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado”._ Que el numeral [9](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.n.9) del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece como atribución del alcalde mayor la de: _"Crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.”_.__ Que mediante el artículo [112](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=22307#112) del Acuerdo Distrital 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, se creó la Secretaría Distrital del Hábitat.
Que la planta de empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat, actualmente se encuentra establecida en el Decreto Distrital [458](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=118510) de 2021.
Que la Secretaría Distrital del Hábitat elaboró los estudios de que trata el artículo [46](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=14861#46) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [228](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=45322#228) del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos [2.2.12.1](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.12.1), [2.2.12.2](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.12.2) y [2.2.12.3](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.12.3) del Decreto 1083 de 2005, para efectos de establecer su planta de personal con el fin de mejorar el funcionamiento administrativo de la Entidad, determinar las necesidades de personal que requieran cada una de sus dependencias y establecer la nueva estructura organizacional de acuerdo con las políticas, programas y proyectos propios de la Secretaría, concluyendo que es necesario modificar la planta de empleos de la entidad para ajustarse a los cambios propuestos.
Que el artículo [2.2.12.1](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.12.1) del Decreto 1083 de 2015, señala que las reformas de las plantas de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán motivarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración y contar con estudios técnicos de análisis de cargas de trabajo e impacto en la modernización que así lo demuestren.
Que la Secretaría Distrital del Hábitat, adelantó los estudios técnicos de rediseño y modernización organizacional con el fin de mejorar el funcionamiento administrativo de la Entidad, determinar las necesidades de personal que requieren cada una de sus dependencias y establecer la nueva estructura organizacional de acuerdo con las políticas, programas y proyectos propios de la Secretaría, concluyendo que es necesario modificar la planta de empleos de la Entidad para ajustarse a los cambios propuestos.
Que el mencionado Estudio Técnico se realizó bajo los parámetros y lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y el Departamento Administrativo de la Función Pública; como resultado de este y con ocasión de la modificación a la Estructura Organizacional generada por el Rediseño Institucional, se hace necesario la modificación del Decreto Distrital [458](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=118510) de 2021 _“Por medio del cual se modifica la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat”_.
Que en concordancia con los lineamientos de orden nacional, definidos para la formalización del empleo público y por el cual se busca dignificar la empleabilidad en el Sector Público, a través de la modificación de la Planta de Empleos la Secretaría Distrital del Hábitat se promueve el proceso de formalización, por el cual se pretende que quienes trabajen para el Estado lo hagan en condiciones de igualdad, con criterios meritocráticos y con vocación de permanencia. Que, en cumplimiento de lo señalado, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, por intermedio de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, mediante radicado SIGA N.° 2-2024-17126 del 6 de junio de 2024, emitió concepto previo en el que determinó la pertinencia de continuar con el proyecto de modificación de la planta de personal y/o de la estructura administrativa de la Secretaría Distrital del Hábitat. Que, mediante oficio DASCD N° 2-2024-12595 del 11 de septiembre de 2024, la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital con base en la facultad que le confieren los artículos [6](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=18568#6)° y [7](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=18568#7)° del Acuerdo Distrital No. 199 de diciembre de 2005, en concordancia con el artículo [2](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=72907#2)° del Decreto Distrital No. 580 de octubre 26 de 2017, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional, la planta de empleos y el manual específico de funciones y competencias laborales de la Secretaría. Que, en virtud de algunas modificaciones efectuadas al proyecto normativo de rediseño institucional, la Secretaria Distrital del Hábitat solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital dar un alcance al concepto previo, solicitud que fue atendida mediante oficio DASCD N.° 2-2025-378 del 15 de enero de 2025, en el cual se reitera el carácter técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional, de la planta de empleos y del manual específico de funciones y competencias laborales de ésta Secretaria.. Que, mediante oficio 2-2025-12391 del 14 de mayo de 2025, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor a través de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, emitió concepto previo, concluyendo lo siguiente: _“Revisados los requisitos del Decreto 062 de 2024 (art. 3) y la Circular 010 de 2024, se aprueba por par/e de esta secretaría la modificación de la estructura de la entidad con la creación de las siguientes oficinas: Tecnología y Transformación Digital, Control Interno, Asesora de Planeación (OAP), Participación y Relacionamiento con la Ciudadanía, Mejoramiento Habitacional, Estructuración de Proyectos y Contratación para la Secretaría Distrital de Hábitat. También se aprueba la,modificación de la planta de empleos con la creación de 113 empleos en la planta global de la entidad (...)"_ Que igualmente, la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda, mediante comunicación 2025EE23609401 del 23 de mayo de 2025, con fundamento en lo establecido en el artículo [9](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=170978#9) del Decreto 470 del 2024 y la Resolución SDH-[000191](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017, teniendo en cuenta el equilibrio macroeconómico y financiero del Distrito Capital y el Decreto [062](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=153088) de 2024, expidió ci respectivo concepto de viabilidad presupuestal.
Que en cumplimiento de los incisos [2](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=153088#3.i.2) y [3](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=153088#3.i.3) del artículo 3 del Decreto Distrital 062 del 9 de febrero de 2024 y atendiendo las orientaciones para las Entidades Distritales que lleven a cabo modificaciones en la estructura organizacional y/o en las plantas de personal, contenidas en la Circular No. [010](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=190923) del 12 de agosto de 2024 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, mediante radicado SIGA 2-2025-46399 de la Secretaria Distrital del Hábitat, se solicitó concepto a la Subsecretaria de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación. Que, de conformidad con anterior, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable mediante radicado 2-2025-45292 SDP del 21 de agosto de 2025, de la siguiente manera: _"Adicionalmente, frente al PDD se destaca la necesidad del fortalecimiento organizacional y de planta para poder cumplir a cabalidad los 9 proyectos de inversión con sus respectivas 17 metas, de 4 objetivos estratégicos y 8 programas, centrados en las temáticas de relacionadas con revitalización urbana, vivienda, informalidad, mejoramiento integral de barrios, servicios públicos y suelo, sobre lo cual.se presentó un análisis de cada uno de estos proyectos con sus principales apuestas e impactos esperados por cada uno de estos.____(…) En consecuencia, una vez revisada toda la documentación allegada con los conceptos previos emitidos con sus alcances por la Secretaría General, el DASDC y la Dirección Distrital de Presupuesto de la SDH, esta Secretaría emite concepto de viabilidad para culminar el proceso de rediseño institucional de la Secretara Distrital de Hábitat.”_ Que, en consecuencia, para el pago de los fines del presente Decreto, existe aprobación y disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales de los funcionarios que sean vinculados en la planta permanente. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Suprimir los siguientes empleos de la planta de empleos de la Secretaría Distrital del Hábitat: | N° DE CARGOS| DENOMINACION| CODIGO| GRADO ---|---|---|--- NIVEL DIRECTIVO Catorce (14)| Subdirector Técnico, Financiero, Administrativo| 068| 05 NIVEL ASESOR Uno (1)| Asesor| 105| 05 Artículo 2º.-** Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Secretaría Distrital del Hábitat:
N° DE CARGOS| DENOMINACIÓN| CÓDIGO| GRADO ---|---|---|--- NIVEL DIRECTIVO Tres (3)| Jefe de Oficina| 006| 05 Catorce (14)| Director Administrativo o Financiero o Técnico u Operativo| 009| 05 NIVEL ASESOR Uno (1)| Jefe de Oficina Asesora de Planeación| 115| 07 Uno (1)| Asesor| 105| 07 PLANTA GLOBAL – NIVEL PROFESIONAL Diecisiete (17)| Profesional Especializado| 222| 24 Seis (6)| Profesional Especializado| 222| 22 Dieciséis (16)| Profesional Universitario| 219| 18 Seis (6)| Profesional Universitario| 219| 15 Once (11)| Profesional Universitario| 219| 12 Dieciocho (18)| Profesional Universitario| 219| 07 Once (11)| Profesional Universitario| 219| 01 NIVEL TÉCNICO Seis (06)| Técnico Administrativo| 367| 12 Tres (3)| Técnico Administrativo| 367| 08 Ciento trece (113)| TOTAL EMPLEOS CREADOS Artículo 3º.- La Secretaría Distrital del Hábitat cumplirá sus funciones con la planta de empleos que se establece a continuación:
N° DE CARGOS| DENOMINACIÓN| CÓDIGO| GRADO ---|---|---|--- DESPACHO DE LA SECRETARÍA Uno (1)| Secretario de Despacho| 020| 09 Dos (2)| Asesor| 105| 05 Uno (1)| Asesor| 105| 07 Cuatro (4)| TOTAL PLANTA DESPACHO PLANTA GLOBAL Seis (6)| Subsecretario de Despacho| 045| 08 Catorce (14)| Director Administrativo o Financiero o Técnico u Operativo| 009| 05 Cuatro (4)| Jefe de Oficina| 006| 05 Veinticuatro (24)| TOTAL NIVEL DIRECTIVO Uno (1)| Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones| 115| 07 Uno (1)| Jefe Oficina Asesora de Planeación| 115| 07 Dos (2)| TOTAL NIVEL ASESOR Nueve (9)| Profesional Especializado| 222| 27 Uno (1)| Profesional Especializado| 222| 25 Cincuenta y dos (52)| Profesional Especializado| 222| 24 Trece (13)| Profesional Especializado| 222| 22 Veintiuno (21)| Profesional Universitario| 219| 18 Once (11)| Profesional Universitario| 219| 15 Doce (12)| Profesional Universitario| 219| 12 Diecinueve (19)| Profesional Universitario| 219| 07 Quince (15)| Profesional Universitario| 219| 01 Ciento cincuenta y tres (153)| TOTAL NIVEL PROFESIONAL Diez (10)| Técnico Administrativo| 367| 12 Siete (7)| Técnico Administrativo | 367| 08 Diecisiete (17)| TOTAL NIVEL TÉCNICO Uno (1)| Auxiliar Administrativo| 407| 20 Uno (1)| Auxiliar Administrativo| 407| 16 Uno (1)| Auxiliar Administrativo| 407| 09 Uno (1)| Auxiliar Administrativo| 407| 07 Uno (1)| Secretario| 440| 15 Cinco (5)| Conductor| 480| 10 Diez (10)| TOTAL NIVEL ASISTENCIAL TOTAL| Doscientos diez (210) empleos Artículo 4º.- La provisión de los cargos creados en el artículo 2° del presente Decreto, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley [909](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 y en el Decreto el [1083](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 5º.-_Régimen de Transición_. – La implementación de los empleos señalados en el artículo 2° del presente Decreto deberá realizarse dentro de un plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente a su publicación. Este proceso se efectuará conforme a lo establecido en la Ley [909](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, el Decreto [1083](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, el Decreto [648](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017 y demás normas que regulan el Empleo Público.
En el plazo comprendido entre la fecha de expedición de este Acto Administrativo y la formalización de los nuevos empleos, la Secretaría Distrital de Hábitat, a través de las dependencias competentes, adelantará los trámites tendientes a la provisión de los nuevos cargos, de acuerdo con la normatividad aplicable.
Artículo 6º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=191200), y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto Distrital [458](https://www.bogotajuridica.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=118510) de 2021.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de octubre del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL
Secretaria Distrital del Hábitat
LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos.
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