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Acuerdo 006 de 2025

Acuerdo 006 de 2025 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD - Consejo Directivo

Tipo
Acuerdo
Número
006
Año
2025
Fecha
9 de octubre de 2025
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD - Consejo Directivo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 006 DE 2025

(Octubre 09)

_Por medio del cual se aprueba una modificación al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025_

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL-UAECD

En ejercicio de sus facultades legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las que confiere el artículo 11 del Acuerdo N.º 004 del 05 de noviembre de 2021 y.

CONSIDERANDO:

Que, conforme con el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118420#11.n.4) del artículo 11 del Acuerdo N. 004 del 5 de noviembre de 2021, mediante el cual se determinan las reglas de organización, funcionamiento y estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, el Consejo Directivo tiene entre sus funciones aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, así como el presupuesto de la Unidad y las modificaciones que se realicen a los mismos, de conformidad con las disposiciones distritales vigentes y dentro de su competencia según su reglamento.
Que el Decreto [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) del 2 de junio de 2021 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, _"Por medio del cual se Reglamenta el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones",_ establece en su artículo N.º [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) lo siguiente: _"Artículo 10". Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de los Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ _Parágrafo.__Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivas de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)."_ __ Por medio del cual se aprueba una modificación al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

Que la Unidad cuenta con presupuesto autorizado mediante el Decreto Distrital [470](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170978) del 27 de diciembre de 2024, _"Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024",_ Que la UAECD requiere realizar un traslado presupuestal, contracreditando el proyecto de inversión 8099; "Fortalecimiento tecnológico e institucional orientado a la mejora en la prestación de los servicios a la ciudadanía en Bogotá D.C", por un valor de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS ($339.000.000) M/cte.

Que los recursos a trasladar se acreditan en su totalidad al proyecto de inversión 8103: 'Fortalecimiento del acceso y cobertura de los servicios y trámites digitales de la UAECD en Bogotá, los cuales son requeridos para los nuevos procesamientos derivados de la migración de AWS a Azure, debido al crecimiento de estos procesos en la entidad. Con ello, se garantiza la continuidad y el soporte adecuado de las operaciones tecnológicas críticas, transversales y esenciales para la misionalidad de la UAECD. Que, mediante comunicación de la Secretaria Distrital de PlaneaciónSDP 2-2025-46555, de fecha 27 de agosto de 2025, radicado interno UAECD 2025ER16404 del 28 de agosto de 2025, la Secretaria emitió concepto favorable a la solicitud de modificación del presupuesto de inversión. Que, mediante comunicación 2025EE70088001 del 2 de octubre de 2025, radicado interno UAECD 2025ER19239 del 2 de octubre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable a la solicitud de modificación del presupuesto de inversión.

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, en sesión 07 del 9 de octubre de 2025, según consta en el acta N.º 07 de la misma fecha, aprobó la presente solicitud. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDAN: Artículo 1°. Aprobación. Aprobar la siguiente modificación al Presupuesto de Gastos e Inversión de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital UAECD, para la vigencia 2025, por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS ($339.000.000) M/cte., según el siguiente detalle:

Artículo 2º. Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto, Secretaría Distrital de Planeación y demás oficinas competentes. Artículo 3°. Publicación. Ordénese a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital publicar el presente acto administrativo a través de los medios de comunicación de amplia divulgación con los que cuente, conforme con lo dispuesto en el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 4°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191142). PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los 09 días del mes de octubre del año 2025.

ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA

Presidente Consejo Directivo

GLORIA EDITH MARTÍNEZ SIERRA

Secretario Consejo Directivo

Nota: Ver norma original en Anexos.

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