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Acuerdo 008 de 2025

Acuerdo 008 de 2025 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV

Tipo
Acuerdo
Número
008
Año
2025
Fecha
5 de septiembre de 2025
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 008 DE 2025

(Septiembre 05)

_Por el cual se aprueba el cambio entre cuentas de ingresos dentro de los agregados rentísticos del Presupuesto de Rentas e Ingresos de la vigencia 2025 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV_

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

En uso de sus facultades legales en especial la conferida en el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y estatutarias, en particular la concedida en el numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo, Resolución Delegación Secretaría Técnica Consejo Directivo No 155 de 12 de marzo de 2025 у,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo [82](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#82) de la Ley 489 de 1998 establece que las unidades administrativas especiales con personería jurídica son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos. Que, en este sentido, el artículo [72](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#72) de la Ley 489 de 1998 determina que la dirección y administración de los establecimientos públicos estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director, gerente o presidente. Que, el Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006, del Concejo de Bogotá dictó normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, por la cual se organizó entre otros, el sector movilidad, creo la Secretaria Distrital de Movilidad y transformó la Secretaría de Obras Públicas, en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Que, el Acuerdo [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237) de 2023 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, señala que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, es una entidad del orden distrital del sector descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad. Que, el Acuerdo 05 de 2023 establece en el artículo [7º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#7) que la dirección y administración de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, estarán a cargo del Consejo Directivo y del Director General, quienes desarrollarán las funciones que se establecen en el presente acuerdo. Que, el articulo 16 numeral [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#16.n.3) del Acuerdo 05 de 2023 dispone que, es función del Consejo Directivo, dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad, así como de las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Que, el artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170978#28) de Decreto 470 del 27 de diciembre de 2024, por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la actual vigencia fiscal, señala que cuando los Establecimientos Públicos, los Fondos de Desarrollo Local, entre otros, celebren convenio y/o contratos interadministrativos entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resolución del/a Jefe/a del organismo respectivo o por Acuerdo o Consejos Directivos, previo los conceptos requeridos. Que, en concordancia con lo anteriormente señalado el artículo [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170978#42) de Decreto 470 del 27 de diciembre de 2024, establece que los establecimientos públicos realizarán por acto administrativo expedido por el Consejo Directivo las distribuciones en el Presupuesto de Rentas e Ingresos, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Que, la UAERMV ha celebrado tres (3) convenios interadministrativos con los Fondos de Desarrollo Local Kennedy, Usaquén y el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, a través de este instrumento se busca establecer compromisos claros, cronogramas definidos y criterios técnicos unificados para el mantenimiento de la malla vial, asegurando una gestión más eficaz y sostenible del espacio público para la movilidad en la ciudad. Que, teniendo en cuenta que los aportes de los tres convenios mencionados suman el valor de VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CТЕ. ($27.887.938.216), los cuáles se encuentran en proceso de incorporación al presupuesto de la entidad; la UAERMV solicitó ante la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección de Presupuesto concepto favorable para un cambio de cuentas de ingresos de los recursos programados en el Presupuesto de Ingresos y Rentas, por valor de MIL SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.600.000.000), en el agregado Recursos de Capital rubro 012080600214 Convenios entidades distritales, los cuales requieren ser reclasificados al agregado Ingresos Corrientes, rubro 011020600606 Otras Unidades de Gobierno para compensar esta apropiación con la incorporación de los recursos por los convenios suscritos. Que, la Entidad solicitó ante la Secretaría Distrital de Hacienda el concepto favorable para efectuar un cambio entre cuentas de ingresos del presupuesto de la vigencia fiscal 2025 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial UAERMV, por un valor de $1.600.000.000, mediante el radicado No. 2025ER21944201 del 1º de septiembre de 2025. Asimismo, en la misma fecha, se remitió un alcance complementario a través de correo electrónico, relacionado con dicha solicitud. Que, mediante oficio No. 2025EE60805401 del 3 de septiembre de 2025, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para el cambio entre cuentas de ingresos dentro de los agregados rentísticos del Presupuesto de Rentas e Ingresos de la vigencia 2025 de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial UAERMV, por un valor de $1.600.000.000. Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar el cambio entre cuentas de ingresos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, por valor de MIL SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.600.000.000), según el siguiente detalle: | RUBRO PRESUPUESTAL | Presupuesto Inicial | Disminuye | Aumenta | Presupuesto Ajustado ---|---|---|---|--- CÓDIGO | NOMBRE O1 | INGRESOS | $9.388.922.000 | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 | $9.388.922.000 O11 | INGRESOS CORRIENTES | - | - | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 O1102 | Ingresos no tributarios | - | - | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 O110206 | Transferencias Corrientes | - | - | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 O110206006 | Transferencias de otras entidades del gobierno general | - | - | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 O11020600606 | Otras unidades de gobierno | - | - | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 O12 | RECURSOS DE CAPITAL | $9.388.922.000 | $1.600.000.000 | - | $7.788.922.000 O1208 | Transferencias de capital | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 | - | - O120806 | De otras entidades del gobierno general | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 | - | - O120806002 | Condicionadas a la adquisición de un _(sic)_ | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 | - | - O12080600214 | Convenios entidades distritales | $1.600.000.000 | $1.600.000.000 | - | - ARTÍCULO SEGUNDO. Remítase copia del presente Acuerdo a la Secretaria Distrital de Hacienda para lo de su competencia.

ARTICULO TERCERO: PUBLICACIÓN. Ordenar a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial publicar el presente acto administrativo a través de los medios de comunicación dispuestos de amplia divulgación con los que cuente la Unidad, y conforme con lo dispuesto en el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO: VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190678).

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 05 días del mes de septiembre del año 2025.

CLAUDIA DIAZ ACOSTA

Secretaria Distrital de Movilidad - Presidenta del Consejo Directivo UAERMV

ROSITA ESTHER BARRIOS FIGUEROA

Secretaria General de la UAERMV - Secretaria Técnica del Consejo Directivo UAERM

NOTA: Norma original en Anexos.

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