Decreto 377 de 2025
Decreto 377 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 377
- Año
- 2025
- Fecha
- 13 de agosto de 2025
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 377 DE 2025
(Agosto 13)
_Por el cual se conceden unas vacaciones y se efectúa un encargo_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.n.3) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _"3º Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito"_.
Que el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1466#8) del Decreto No. 1045 de 1978 establece que _"los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicios, salvo lo que se disponga en normas o estipulaciones especiales"_.
Que mediante el Decreto Distrital No. [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=156221) del 17 de junio de 2024, se nombró al servidor público MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.801.572, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., del cual tomo posesión mediante Acta No. 218 del 18 de junio de 2024, con efectividad a partir de la misma fecha.
Que mediante memorandos radicados con los Nos. 3-2025-18608 у 3-2025-19852 del 24 de julio y del 5 de agosto de 2025 respectivamente, el servidor público MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO, solicitó se le conceda el disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones correspondientes al periodo laborado comprendido entre el 18 de junio de 2024 y el 17 de junio de 2025, a partir del 15 de septiembre de 2025 y se realice el respectivo encargo.
Que el artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#24) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85638#1) de la Ley 1960 de 2019 establece: _"(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)"_.
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que el Director de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., Sergio Felipe Galeano Gómez, certificó que el servidor público CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.441.789, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: Conceder a partir del 15 de septiembre de 2025, el disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones, al servidor público MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.801.572, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., correspondientes al período laborado comprendido entre el 18 de junio de 2024 y el 17 de junio de 2025. ARTÍCULO 2º-: Ordenar a la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., adelantar las gestiones tendientes a reconocer, liquidar y ordenar el pago de los valores correspondientes al descanso remunerado de las vacaciones, prima de vacaciones y bonificación especial por recreación. ARTÍCULO 3º-: Encargar a partir del 15 de septiembre de 2025, al servidor público CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.441.789, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., hasta por el tiempo que duren las vacaciones del titular. ARTÍCULO 4°-:** Comunicar a los servidores públicos MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO, CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, a la Secretaría General, a la Secretaría Privada, a la Subsecretaría Corporativa, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo. | No. | Nombres y Apellidos | **Correos Electrónicos
---|---|--- 1 | MIGUEL ANDRÉS SILVA MOΥΑΝΟ | masilva@alcaldiabogota.gov.co 2 | CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS | cjlasprilla@alcaldiabogota.gov.co ARTÍCULO 5º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de agosto del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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