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Acuerdo 227 de 2025

Acuerdo 227 de 2025 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Tipo
Acuerdo
Número
227
Año
2025
Fecha
25 de julio de 2025
Entidad
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 227 DE 2025

(Julio 25)

_Por medio del cual se emite autorización de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, por delegación del CONFIS Distrital, para asumir obligaciones que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias 2026 y 2027, en Gastos de Operación Comercial y Gastos de Inversión_

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA ESP

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el literal d, numeral 3 del artículo 11 del acuerdo 05 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que es función de la Junta Directiva por disposición del literal [D](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83667#11.l.d.n.3) del numeral 3 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, evaluar las solicitudes de autorización para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras y emitir concepto de acuerdo con los procedimientos legales y distritales.

Que conforme a lo establecido en el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#38)° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#4)º del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones: _"EI CONFIS Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:_ __ _a) El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y sus condiciones consulte las metas del Plan de Desarrollo Distrital y el Plan Financiero Plurianual de la respectiva empresa._ __ _b) Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en las que éstas sean autorizadas._ __ _EI CONFIS Distrital se abstendrá de otorgar la autorización si sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, exceden la capacidad de endeudamiento de la Empresa_ __ _La autorización por parte del CONFIS Distrital no podrá superar el respectivo periodo de Gobierno. Se exceptúan los proyectos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno Distrital previamente los declare de importancia estratégica…”_ Que las vigencias futuras asociadas al proyecto de inversión "_Renovación Del Sistema Troncal De Alcantarillado Pluvial De La Subcuenca San Francisco_ " se tramitan conforme a lo establecido en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#7)° del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones: "_Artículo 7°. Autorizaciones de vigencias futuras en contratos en ejecución. El CONFIS Distrital, o quien éste delegue, podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras, con el fin de adicionar los contratos que se encuentren en ejecución..."._ Que conforme a lo establecido en el artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#39)° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#5)° del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones: _"EI CONFIS Distrital, en casos excepcionales para obras de infraestructura y para gastos relacionados con la comercialización y producción que de no ejecutarse pueden causar inevitablemente la parálisis o afectación en la prestación de un servicio que se deba satisfacer y garantizar por mandato constitucional, para las garantías a las concesiones, así como para garantizar aportes sociales, en estas situaciones se podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras, sin que se requiera apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización. Esta vigencia futura excepcional podrá concederse en último año de gobierno. El monto máximo de las mismas deberá ser consistente con el Plan Financiero Plurianual de la Empresa._ __ _Parágrafo 1. En el caso que las Vigencias Futuras excepcionales tengan como fuente de financiación recursos de la Administración Central se deberá consultar el Marco Fiscal de Mediano Plazo._ __ _Parágrafo 2.- Las operaciones de crédito público, sus asimiladas y conexas no requieren la autorización del CONFIS Distrital para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras Excepcionales. Estos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público."_ Que el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#6)º del Decreto 191 de 2021, que modifica el artículo [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#41)° del Decreto Distrital 662 de 2018, establece: _Artículo 6°. - Modifíquese el artículo 41 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así:__ __"Artículo 41" -Viabilidad Fiscal para Vigencias Futuras. Las vigencias futuras que excedan el periodo de gobierno o se soliciten en el último año de gobierno podrán concederse y deberán contar con el aval fiscal por parte del CONFIS Distrital antes de su declaratoria de importancia estratégica por parte del Consejo de Gobierno._ __ _Las Empresas con avales fiscales otorgados deberán tramitar solicitud de autorización de vigencia futura dentro de la misma vigencia fiscal del otorgamiento No se requerirá de nuevo la solicitud aval fiscal o su actualización cuando las fuentes de financiación previstas y la consistencia fiscal con el Marco Fiscal de Mediano Plazo se mantengan."_ Que conforme a lo estipulado en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#9) del Decreto Distrital 191 de 2021 "_la aprobación de vigencias futuras por parte de las juntas directivas o de consejos directivos de las empresas regidas por este decreto, se podrá realizar previa delegación del CONFIS Distrital. En todo caso, deberán cumplirse los requisitos establecidos para cada tipo de vigencia futura en el régimen presupuestal de las empresas..."._ Que el CONFIS Distrital mediante Resolución [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=169518) de 2024, aprobó delegar en las juntas o consejos directivos la autorización de vigencias futuras conforme a lo indicado en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#9)° y [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#7) del Decreto 191 de 2021, hasta por un treinta (30%) de la apropiación correspondiente Gastos de Inversión Directa y Gastos de Operación de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten, según lo establecido en su artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=169518#4) y [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=169518#5): "_ARTÍCULO 4°. Delegación Autorización apropiación correspondientes a Gastos de Inversión Directa y a Gastos de Operación. Delegar en las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas, a que se hace referencia el artículo segundo de la presente Resolución, la autorización para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras financiadas con recursos propios o recursos del crédito contratados por las Empresas y que no superen el periodo de gobierno, hasta por un treinta por ciento (30%), de la apropiación correspondiente a Gastos Inversión Directa...de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten._ __ _Las Juntas o Consejos Directivos se abstendrán de otorgar las autorizaciones a vigencias futuras si sumados todos los compromisos que se pretendan realizar con las vigencias futuras exceden la capacidad de endeudamiento de la Empresa"._ __ _"ARTÍCULO 5°. Delegación Autorización Vigencias Futuras. Delegar en las Juntas o Consejos Directivos la autorización de vigencias futuras financiadas con recursos propios o recursos del crédito contratados por las Empresas y que no superen el periodo de gobierno, de las que tratan los artículos 7° y 8° del Decreto 191 de 2021._ Que para las vigencias futuras en Gastos de Operación Comercial no aplica la consulta a las metas del Plan de Desarrollo Distrital; y en los proyectos en Gastos de Inversión, que requieren vigencias futuras, contribuye al cumplimiento de las metas sectoriales asociadas al Código BPIN -2024110010232 - Renovación de la infraestructura necesaria para la prestación de servicios de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario, Código BPIN-2024110010236 Construcción de la infraestructura para la prestación de servicios de acueducto y alcantarillado, Código BPIN 2024110010221 Mejoramiento hidráulico y recuperación ambiental de humedales, quebradas, ríos y cuencas abastecedoras y Código BPIN - 2024110010234 Implementación de acciones para el fortalecimiento administrativo y operativo. Estos proyectos están inscritos en el banco de proyectos de la Secretaria Distrital de Planeación, asociados al Plan Distrital de Desarrollo "_Bogotá camina segura_ ", y al cumplimiento de las siguientes metas de inversión: (i) renovar de redes de conducción o matrices de acueducto; (ii) renovar estaciones de bombeo de agua potable; (iii) renovar redes troncales y secundarias de alcantarillado pluvial; (iv) renovar redes troncales y secundarias de alcantarillado sanitario; (v) adquirir Hectárea(s) y realizar la correspondiente recuperación y cuidado dando cumplimiento a lo definido por el Distrito Capital para la ejecución de los recursos del 1% de los ingresos corrientes conforme a lo indicado en el artículo 111 de la Ley 99 de 1993 y sus modificatorios; (vi) recuperar Hectárea(s) en las áreas de la Estructura Ecológica Principal conforme a lo establecido por la normatividad vigente; (vii) adquirir, adecuar, recuperar o restaurar Hectárea(s) de humedales, quebradas, ríos y cuencas abastecedoras en el área de cobertura de la EAAB; (viii) construir redes de conducción o matrices de acueducto; y(ix) implementar proyectos de fortalecimiento de capacidades de gestión de la EAAB.

Que la Empresa pretende desarrollar dos actividades en Gastos de Operación Comercial y doce proyectos en Gastos de Inversión, para lo cual requiere vigencias futuras de carácter ordinario y excepcional, con el objetivo de garantizar su continuidad. Por lo cual es necesario solicitar una autorización de vigencias futuras ordinarias y excepcionales, como se detalla a continuación: | RUBRO / MACRO | PTO 2025 | VF 2026 | VF 2027 | TOTAL VF | TOTAL PROCESO ---|---|---|---|---|--- Ordinarias | 3.164.255.904 | 4.590.473.799 | - | 4.590.473.799 | 7.754.729.703 Inversión | 3.164.255.904 | 4.590.473.799 | - | 4.590.473.799 | 7.754.729.703 0232 \- Renovación de la infraestructura necesaria para la prestación de servicios de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario | 2.989.108.958 | 3.598.374.438 | - | 3.598.374.438 | 6.587.483.396 Suministro, Montaje Y Puesta En Operación De Un Nuevo Ascensor Para El Pozo De Bombas De La Estación De Bombeo De San Rafael | 207.600.145 | 311.400.215 | - | 311.400.215 | 519.000.360 Renovación Del Sistema Troncal De Alcantarillado Pluvial De La Subcuenca San Francisco * | 2.781.508.813 | 3.286.974.223 | - | 3.286.974.223 | 6.068.483.036 0236 \- Construcción de la infraestructura para la prestación de servicios de acueducto y alcantarillado | 175.146.946 | 992.099.361 | - | 992.099.361 | 1.167.246.307 Ampliación Sistema Red Matriz Cadena De Bombeo Ciudad Bolivar Sector Oriental - Estudio De Factibilidad | 105.303.898 | 596.722.091 | - | 596.722.091 | 702.025.989 Ampliación Sistema Red Matriz Ciudadela Sucre Fase II - Estudio De Factibilidad | 69.843.048 | 395.377.270 | - | 395.377.270 | 465.220.318 Excepcionales | - | 35.117.851.164 | 8.207.465.030 | 43.325.316.194 | 43.325.316.194 Inversión | - | 32.559.649.871 | 7.327.568.356 | 39.887.218.227 | 39.887.218.227 0221 \- Mejoramiento hidráulico y recuperación ambiental de humedales, quebradas, ríos y cuencas abastecedoras | - | 3.430.433.513 | - | 3.430.433.513 | 3.430.433.513 Adquisición De Predios De Interés, Mantenimiento Y Pago Por Servicios Ambientales Para La Protección Y Conservación Del Recurso Hídrico | - | 756.546.790 | - | 756.546.790 | 756.546.790 Restauración De Los Cauces De Las Quebradas Santa Bárbara Y Santa Ana Mediante Soluciones Naturales De Bioingeniería | - | 2.673.886.723 | - | 2.673.886.723 | 2.673.886.723 0232 \- Renovación de la infraestructura necesaria para la prestación de servicios de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario | - | 8.133.295.387 | 1.445.120.802 | 9.578.416.189 | 9.578.416.189 Campamentos De Vigilancia De Golillas | - | 5.302.958.032 | 1.445.120.802 | 6.748.078.834 | 6.748.078.834 Renovación Estación De Bombeo Lisboa | - | 548.263.295 | - | 548.263.295 | 548.263.295 Renovación Sistema Troncal Alcantarillado Combinado Río Nuevo Fase I | - | 2.282.074.060 | - | 2.282.074.060 | 2.282.074.060 0234 \- Implementación de acciones para el fortalecimiento administrativo y operativo | - | 18.974.029.321 | 1.363.435.913 | 20.337.465.234 | 20.337.465.234 Plan Maestro De Acueducto Y Alcantarillado De La EAAB - ESP - En El Área De Prestación De Servicio - Consultorías | - | 1.828.284.519 | 1.363.435.913 | 3.191.720.432 | 3.191.720.432 Renovación Y Definición De Los Sistemas Actuales De Comunicaciones De La EAAB - En El Sistema Chingaza - San Rafael - Regadera Y Chicacá | - | 17.145.744.802 | - | 17.145.744.802 | 17.145.744.802 0236 \- Construcción de la infraestructura para la prestación de servicios de acueducto y alcantarillado | - | 2.021.891.650 | 4.519.011.641 | 6.540.903.291 | 6.540.903.291 Adecuación De La Infraestructura De Las Estaciones De Servicio De Chuza Y Palacio | - | 2.021.891.650 | 4.519.011.641 | 6.540.903.291 | 6.540.903.291 Gastos de operación comercial | - | 2.558.201.293 | 879.896.674 | 3.438.097.967 | 3.438.097.967 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción (Servicio de transmisión de voz y datos OPR para la PTAR Salitre y Sistema Abastecimiento Chingaza) | - | 2.558.201.293 | 879.896.674 | 3.438.097.967 | 3.438.097.967 TOTAL VF ORDINARIAS - EXCEPCIONALES | 3.164.255.904 | 39.708.324.963 | 8.207.465.030 | 47.915.789.993 | 51.080.045.897**

_* Se tramita para un contrato en ejecución, conforme el Artículo 7 del Decreto 191 de 2021._

_**Se financia con fuente 0277/Ley99 la cual ya se encuentra recaudada dentro del Presupuesto de la Empresa en la Disponibilidad Final._

Que las autorizaciones de vigencias futuras para Gastos de Operación Comercial y Gastos de Inversión, objeto de esta solicitud, están cubiertas por los techos de gasto establecidos en el Plan Financiero Plurianual vigente, aprobado por la Junta Directiva en septiembre de 2024, el cual contempla los lineamientos de política económica y fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, aplicables a las empresas industriales y comerciales del Distrito.

Que con la presente solicitud el total de las vigencias futuras aprobadas correspondientes a Gastos de Inversión equivaldrán al 34% para la vigencia 2026 y al 11% para la vigencia 2027 y al 8% para la vigencia 2028 de los Gastos de Inversión proyectados en el Plan Financiero, sin incluir las cuentas por pagar. Así mismo, con la presente solicitud, las autorizaciones realizadas por la Junta Directiva equivaldrán al 20% para la vigencia 2026 y el 1% para la vigencia el 2027, de los Gastos de Inversión proyectados en el Plan Financiero.

Que con la presente solicitud, el total de las vigencias futuras aprobadas correspondientes a Gastos de Operación Comercial equivaldrán al 38% para la vigencia 2026 y al 31% para la vigencia 2027, al 19% para la vigencia 2028 y al 19% para la vigencia 2029 de los Gastos de Operación Comercial proyectados en el Plan Financiero, sin incluir las cuentas por pagar. Asimismo, con la presente solicitud, las autorizaciones realizadas por la Junta Directiva equivaldrán al 3% para la vigencia 2026 y el 3% para la vigencia el 2027, de los Gastos de Inversión proyectados en el Plan Financiero.

Que conforme a la Resolución [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=169518) de 2024 la presente autorización en Gastos de Operación Comercial y Gastos de Inversión se encuentra dentro del techo de aprobación del treinta (30%) delegado en las juntas o consejos directivos, de la apropiación correspondiente de la vigencia fiscal en la cual se concede la autorización y para cada una de las vigencias que se afecten. Así, conforme a la certificación de la Dirección de Presupuesto de la EAAB-ESP, los gastos cumplen con el requisito de tener mínimo el 15% en la vigencia 2025, de la sumatoria de las vigencias futuras ordinarias solicitadas.

Que en sesión No. 2690 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, llevada a cabo el 25 de julio de 2025, por unanimidad los miembros de Junta Directiva autorizan, por delegación del CONFIS Distrital, asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias y excepcionales, para la vigencia 2026 y 2027, en Gastos de Operación Comercial y Gastos de Inversión, por valor de CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS ($47.915.789.993) М/СТЕ.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar asumir compromisos que afecten el presupuesto de Gastos de Inversión, de vigencias futuras 2026, con carácter de ordinarias, por valor de CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($4.590.473.799) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Rubro / Proyecto | PTO 2025 | VF 2026 | VF 2027 | TOTAL VF ---|---|---|---|--- Ordinarias | 3.164.255.904 | 4.590.473.799 | - | 4.590.473.799 Inversión | 3.164.255.904 | 4.590.473.799 | - | 4.590.473.799 0232 \- Renovación de la infraestructura necesaria para la prestación de servicios de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario | 2.989.108.958 | 3.598.374.438 | | 3.598.374.438 Suministro, Montaje Y Puesta En Operación De Un Nuevo Ascensor Para El Pozo De Bombas De La Estación De Bombeo De San Rafael | 207.600.145 | 311.400.215 | - | 311.400.215 Renovación Del Sistema Troncal De Alcantarillado Pluvial De La Subcuenca San Francisco | 2.781.508.813 | 3.286.974.223 | - | 3.286.974.223 0236 \- Construcción de la infraestructura para la prestación de servicios de acueducto y alcantarillado | 175.146.946 | 992.099.361 | - | 992.099.361 Ampliación Sistema Red Matriz Cadena De Bombeo Ciudad Bolivar Sector Oriental - Estudio De Factibilidad | 105.303.898 | 596.722.091 | - | 596.722.091 Ampliación Sistema Red Matriz Ciudadela Sucre Fase II - Estudio De Factibilidad | 69.843.048 | 395.377.270 | - | 395.377.270 TOTAL VF ORDINARIAS | 3.164.255.904 | 4.590.473.799 | - | 4.590.473.799 ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar asumir compromisos que afecten el presupuesto de Gastos de Inversión y Gastos de Operación Comercial, de vigencias futuras 2026 y 2027, con carácter de excepcionales, por valor de CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO PESOS ($43.325.316.194) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Rubro / Proyecto | PTO 2025 | VF 2026 | VF 2027 | TOTAL VF ---|---|---|---|--- Excepcionales | - | 35.117.851.164 | 8.207.465.030 | 43.325.316.194 Inversión | - | 32.559.649.871 | 7.327.568.356 | 39.887.218.227 0221 \- Mejoramiento hidráulico y recuperación ambiental de humedales, quebradas, ríos y cuencas abastecedoras | - | 3.430.433.513 | - | 3.430.433.513 Adquisición De Predios De Interés, Mantenimiento Y Pago Por Servicios Ambientales Para La Protección Y Conservación Del Recurso Hídrico | - | 756.546.790 | - | 756.546.790 Restauración De Los Cauces De Las Quebradas Santa Bárbara Y Santa Ana Mediante Soluciones Naturales De Bioingeniería | - | 2.673.886.723 | - | 2.673.886.723 0232 \- Renovación de la infraestructura necesaria para la prestación de servicios de acueducto, alcantarillado pluvial y sanitario | - | 8.133.295.387 | 1.445.120.802 | 9.578.416.189 Campamentos De Vigilancia De Golillas | - | 5.302.958.032 | 1.445.120.802 | 6.748.078.834 Renovación Estación De Bombeo Lisboa | - | 548.263.295 | - | 548.263.295 Renovación Sistema Troncal Alcantarillado Combinado Río Nuevo Fase I | - | 2.282.074.060 | - | 2.282.074.060 0234 \- Implementación de acciones para el fortalecimiento administrativo y operativo | - | 18.974.029.321 | 1.363.435.913 | 20.337.465.234 Plan Maestro De Acueducto Y Alcantarillado De La EAAB - ESP - En El Área De Prestación De Servicio - Consultorías | - | 1.828.284.519 | 1.363.435.913 | 3.191.720.432 Renovación Y Definición De Los Sistemas Actuales De Comunicaciones De La EAAB - En El Sistema Chingaza - San Rafael - Regadera Y Chicacá | - | 17.145.744.802 | - | 17.145.744.802 0236 \- Construcción de la infraestructura para la prestación de servicios de acueducto y alcantarillado | - | 2.021.891.650 | 4.519.011.641 | 6.540.903.291 Adecuación De La Infraestructura De Las Estaciones De Servicio De Chuza Y Palacio | - | 2.021.891.650 | 4.519.011.641 | 6.540.903.291 Gastos de operación comercial | - | 2.558.201.293 | 879.896.674 | 3.438.097.967 Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | - | 2.558.201.293 | 879.896.674 | 3.438.097.967 TOTAL VF EXCEPCIONALES | - | 35.117.851.164 | 8.207.465.030 | 43.325.316.194 ARTÍCULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes julio del año 2025.

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

Presidente

HEYBY POVEDA FERRO

Secretaria

Nota: Ver norma original en Anexos.

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