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Acuerdo 004 de 2025

Acuerdo 004 de 2025 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo

Tipo
Acuerdo
Número
004
Año
2025
Fecha
10 de julio de 2025
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 004 DE 2025

(Julio 10)

_Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para la aprobación de Vigencias Futuras Ordinarias del periodo 2026-2027_

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

En uso de sus facultades legales en especial la conferida en el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y estatutarias, en particular la concedida en el numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo, Resolución Delegación Secretaría Técnica Consejo Directivo No 155 de 12 de marzo de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo [82](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#82) de la Ley 489 de 1998 establece que las unidades administrativas especiales con personería jurídica son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos. Que, en este sentido, el artículo [72](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#72) de la Ley 489 de 1998 determina que la dirección y administración de los establecimientos públicos estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director, gerente o presidente. Que, el Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006, del Concejo de Bogotá dictó normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, por la cual se organizó entre otros, el sector movilidad, creo la Secretaría Distrital de Movilidad y transformó la Secretaría de Obras Públicas, en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Que, el Acuerdo [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#7) de 2023 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, señala que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, es una entidad del orden distrital del sector descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad. Que, el Acuerdo 05 de 2023 establece en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#7)º que la dirección y administración de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, estarán a cargo del Consejo Directivo y del Director General, quienes desarrollarán las funciones que se establecen en el presente acuerdo, y en el numeral 3º del artículo 16 contempla que es función del Consejo Directivo, dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad, así como de las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Que, el artículo 16 numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#16.n.3)º del Acuerdo 05 de 2023 dispone que, es función del Consejo Directivo, dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad, así como de las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Que, la Resolución SDH No. [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017 “ _Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital_ ” en el numeral 2.8.2, del manual, requisitos para solicitar vigencias futuras, literal f, hace referencia a la autorización previa del Consejo Directivo. Que, la aplicabilidad de las Vigencias Futuras en el Distrito Capital de Bogotá se fundamenta en el Decreto Distrital No. [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) del 02 de junio de 2021.
Que el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#14) de la Ley 2116 de 2021, modificó el Decreto 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá), adicionando, entre otros, el artículo [143A](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#143A) que regula las vigencias futuras ordinarias de manera especial para el Distrito Capital. Que, de conformidad con el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#19) del Decreto Distrital No. 192 de 2021, Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 356 de 2022, establece que “ _En el Distrito Capital las autorizaciones para comprometer recursos de vigencias futuras ordinarias se encuentran reguladas por el artículo 143A del Decreto Ley 1421 de 1993, adicionado por el artículo 14° de la Ley 2116 del 2021, o por las normas que las modifiquen o deroguen. (….).”_ Que, la Circular CONFIS No. 07 del 1 de octubre de 2024 en el numeral III REQUISITOS PARA SOLICITAR VIGENCIAS FUTURAS registra que “ _(…) Las solicitudes de autorización o aprobación de vigencias futuras deben remitirse y _radicarse formalmente ante la Secretaría_ _Técnica del CONFIS Distrital – Secretaría Distrital de Planeación con copia a la Secretaría_ _Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, anexando la siguiente documentación_: (…)” _literal f. Acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos. (Subrayado fuera del texto original) Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial requiere adelantar el trámite de vigencias futuras ordinarias para la contratación del arrendamiento de maquinaria, vehículos pesados con sus operarios y combustible, para las intervenciones de la UAERMV, que no superan el periodo de gobierno (2024-2027) con recursos de Inversión así: 8081 \- “ _Conservación de la red vial y red de Ciclo infraestructura de Bogotá D.C.”_ 8055 _“Conservación_ _de_ _la_ _red_ _de_ _infraestructura_ _peatonal_ _en_ _Bogotá_ _D.C.”.__ _ Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos corrientes) | Código proyecto de inversión | Valor 2025 | Vigencia futura 2026 en pesos corrientes | Vigencia futura 2027 en pesos corrientes | Total en pesos corrientes ---|---|---|---|--- 8081 | $ 5.284.633.134 | $ 9.372.132.067 | $ 3.679.968.839 | $ 18.336.734.040 8055 | $ 278.138.586 | $ 493.270.109 | $ 193.682.570 | $ 965.091.265 Totales | $ 5.562.771.720 | $ 9.865.402.176 | $ 3.873.651.409 | $ 19.301.825.305

Total en pesos corrientes, vigencias futuras 2026- 2027: $13.739.053.585

Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos constantes)

Proyecto | Valor 2025 | Vigencia futura 2026 en pesos constantes | Vigencia futura 2027 en pesos constantes | Total en pesos constantes ---|---|---|---|--- 8081 | $ 5.284.633.134 | $ 9.085.925.416 | $ 3.463.679.380 | $ 17.834.237.930 8055 | $ 278.138.586 | $ 478.206.601 | $ 182.298.914 | $ 938.644.101 Totales | $ 5.562.771.720 | $ 9.564.132.017 | $ 3.645.978.294 | $ 18.772.882.031

Total en pesos constantes, vigencias futuras 2026- 2027: $13.210.110.311

Que el Gerente Administrativo y Financiero expidió la certificación de disponibilidad de recursos el 26 de junio de 2025 para sustentar el cumplimiento del literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#143A.l.b)) del artículo 143A de la Ley 2116 de 2021. De acuerdo con este documento la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial cuenta con una apropiación presupuestal superior al 15% en el presupuesto de Inversión para amparar el gasto de la contratación _“Arrendamiento de maquinaria, vehículos pesados con sus operarios y combustible, para las intervenciones de la UAERMV”._

__ Que, mediante oficio 2-2025- 36728 del 7 de julio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable a vigencias futuras ordinarias para el proceso “ _Arrendamiento de maquinaria, vehículos pesados con sus operarios y combustible, para las intervenciones de la UAERMV”_.

Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV:

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. – Emitir concepto favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para para la aprobación de Vigencias Futuras Ordinarias del periodo 2026-2027 para asumir compromisos que no superan el periodo de gobierno así:

En pesos corrientes por la suma de TRECE MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($13.739.053.585) conforme al siguiente detalle:

Cifras en pesos corrientes:

Código proyecto de inversión | Posición Presupuestaria | Vigencia futura 2026 en pesos corrientes | Vigencia futura 2027 en pesos corrientes ---|---|---|--- 8081 | O232020200666019_Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p. | $ 9.372.132.067 | $ 3.679.968.839 8055 | O232020200666019_Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p. | $ 493.270.109 | $ 193.682.570 | Subtotal VF 2026 - 2027 | $ 9.865.402.176 | $ 3.873.651.409 | Total VF 2026 - 2027 | 13.739.053.585 Y en pesos constantes por la suma de TRECE MIL DOSCIENTOS DIEZ MILLONES CIENTO DIEZ MIL TRESCIENTOS ONCE PESOS M/CTE ($13.210.110.311), conforme al siguiente detalle:

Cifras en pesos constantes

Código proyecto de inversión | Posición Presupuestaria | Vigencia futura 2026 en pesos constantes | Vigencia futura 2027 en pesos constantes ---|---|---|--- 8081 | O232020200666019_Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p. | $ 9.085.925.416 | $ 3.463.679.380 8055 | O232020200666019_Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p. | $ 478.206.601 | $ 182.298.914 | Subtotal VF 2026 - 2027 | $ 9.564.132.017 | $ 3.645.978.294 | Total VF 2026 - 2027 | 13.210.110.311 ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir el presente Acuerdo al CONFIS DISTRITAL para la respectiva aprobación.

ARTÍCULO TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=184693).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de julio del año 2025.

CLAUDIA DÍAZ ACOSTA

Presidente

ROSITA ESTHER BARRIOS FIGUEROA

Secretaria Técnica

Nota. Ver norma original en Anexos.

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