Acuerdo 005 de 2025
Acuerdo 005 de 2025 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 005
- Año
- 2025
- Fecha
- 10 de julio de 2025
- Entidad
- Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 005 DE 2025
(Julio 10)
_Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para la aprobación de Vigencias Futuras Ordinarias del periodo 2026-2027_
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL
En uso de sus facultades legales en especial la conferida en el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 y estatutarias, en particular la concedida en el numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 05 de 2023 del Consejo Directivo, Resolución Delegación Secretaría Técnica Consejo Directivo No 155 de 12 de marzo de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo [82](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#82) de la Ley 489 de 1998 establece que las unidades administrativas especiales con personería jurídica son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos. Que, en este sentido, el artículo [72](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#72) de la Ley 489 de 1998 determina que la dirección y administración de los establecimientos públicos estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director, gerente o presidente. Que, el Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006, del Concejo de Bogotá dictó normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, por la cual se organizó entre otros, el sector movilidad, creo la Secretaría Distrital de Movilidad y transformó la Secretaría de Obras Públicas, en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Que, el Acuerdo [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237) de 2023 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, señala que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, es una entidad del orden distrital del sector descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad. Que, el Acuerdo 05 de 2023 establece en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#7)º que la dirección y administración de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, estarán a cargo del Consejo Directivo y del Director General, quienes desarrollarán las funciones que se establecen en el presente acuerdo, y en el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#16.n.3)º del artículo 16 contempla que es función del Consejo Directivo, dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad, así como de las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Que, el artículo 16 numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141237#16.n.3)º del Acuerdo 05 de 2023 dispone que, es función del Consejo Directivo, dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad, así como de las modificaciones presupuestales que se presenten durante cada vigencia fiscal, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Que, la Resolución SDH No. [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017 “ _Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital_ ” en el numeral 2.8.2, del manual, requisitos para solicitar vigencias futuras, literal f, hace referencia a la autorización previa del Consejo Directivo. Que, la aplicabilidad de las Vigencias Futuras en el Distrito Capital de Bogotá se fundamenta en el Decreto Distrital No. [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) del 02 de junio de 2021.
Que el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#14) de la Ley 2116 de 2021, modificó el Decreto 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá), adicionando, entre otros, el artículo [143 A](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#143A) que regula las vigencias futuras ordinarias de manera especial para el Distrito Capital. Que, de conformidad con el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#19) del Decreto Distrital No. 192 de 2021, Modificado por el art. [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127339#1), Decreto Distrital 356 de 2022, establece que _“En el Distrito Capital las autorizaciones para comprometer recursos de vigencias futuras ordinarias se encuentran reguladas por el artículo 143A del Decreto Ley 1421 de 1993, adicionado por el artículo 14° de la Ley 2116 del 2021, o por las normas que las modifiquen o deroguen. (….).”_ Que, la Circular CONFIS No. 07 del 1 de octubre de 2024 en el numeral III REQUISITOS PARA SOLICITAR VIGENCIAS FUTURAS registra que (…) Las solicitudes de autorización o aprobación de vigencias futuras deben remitirse y _radicarse formalmente ante la Secretaría_ _Técnica del CONFIS Distrital – Secretaría Distrital de Planeación con copia a la Secretaría_ _Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, anexando la siguiente documentación_: (…) literal f. Acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos. (Subrayada fuera del texto original) Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial requiere adelantar el trámite de vigencias futuras ordinarias para la contratación prestar el servicio de mantenimiento para la maquinaria, vehículos pesados, vehículos livianos y equipo menor a cargo de la UAERMV, a monto agotable, por grupos, que no superan el periodo de gobierno (2024-2027) con recursos de Inversión así: 8081 - “ _Conservación de la red vial y red de Ciclo infraestructura de Bogotá D.C.”. _8055 – _“Conservación_ _de_ _la_ _red_ _de_ _infraestructura_ _peatonal_ _en_ _Bogotá_ _D.C.”._
GRUPO 1: PRESTAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA LA MAQUINARIA Y EQUIPO MENOR A CARGO DE LA UAERMV, A MONTO AGOTABLE
Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos corrientes) Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos constantes)
GRUPO 2: PRESTAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA VEHÍCULOS PESADOS Y VEHÍCULOS LIVIANOS A CARGO DE LA UAERMV, A MONTO AGOTABLE
Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos corrientes) Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos constantes) Dado lo anterior, las sumatoria de los dos grupos por proyecto de inversión se presenta en las siguientes tablas: Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos corrientes) | Código proyecto de inversión | Valor 2025 | Vigencia futura 2026 en pesos corrientes | Vigencia futura 2027 en pesos corrientes | Total en pesos corrientes ---|---|---|---|--- 8081 | $ 1.626.108.156 | $ 6.099.383.866 | $ 4.711.774.033 | $ 12.437.266.055 8055 | $ 85.584.640 | $ 321.020.203 | $ 247.988.107 | $ 654.592.950 Totales | $ 1.711.692.796 | $ 6.420.404.069 | $ 4.959.762.140 | $ 13.091.859.005
Total pesos corrientes, vigencia futura 2026- 2027: $11.380.166.209
Solicitud vigencias futuras proyectos 8081 - 8055 (pesos constantes)
Código proyecto de inversión | Valor 2025 | Vigencia futura 2026 en pesos constantes | Vigencia futura 2027 en pesos constantes | Total en pesos constantes ---|---|---|---|--- 8081 | $ 1.626.108.156 | $ 5.913.120.569 | $ 4.434.840.423 | $ 11.974.069.148 8055 | $ 85.584.640 | $ 311.216.871 | $ 233.412.654 | $ 630.214.165 Totales | $ 1.711.692.796 | $ 6.224.337.440 | $ 4.668.253.077 | $ 12.604.283.313
Total pesos constantes, vigencia futura 2026- 2027: $10.892.590.517
Que el Gerente Administrativo y Financiero expidió la certificación de disponibilidad de recursos el 26 de junio de 2025 para sustentar el cumplimiento del literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#143A.l.b)) del artículo 143A de la Ley 2116 de 2021. De acuerdo con este documento la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial cuenta con una apropiación presupuestal superior al 15% en el presupuesto de Inversión para amparar el gasto de la contratación “ _Prestar el servicio de mantenimiento para la maquinaria, vehículos pesados, vehículos livianos y equipo menor a cargo de la UAERMV, a monto agotable, por grupos”._
__ Que, mediante oficio 2-2025-36728 del 7 de julio de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto previo y favorable a vigencias futuras ordinarias para el proceso “ _Prestar el servicio de mantenimiento para la maquinaria, vehículos pesados, vehículos livianos y equipo menor a cargo de la UAERMV, a monto agotable, por grupos”_.
Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV:
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. – Emitir concepto favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para para la aprobación de Vigencias Futuras Ordinarias del periodo 2026-2027 para asumir compromisos que no superan el periodo de gobierno así:
En pesos corrientes por la suma de ONCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($11.380.166.209) conforme al siguiente detalle:
Cifras en pesos corrientes
Código proyecto de inversión | Posición Presupuestaria | Vigencia futura 2026 en pesos corrientes | Vigencia futura 2027 en pesos corrientes ---|---|---|--- 8081 | O23202020088715999_Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos n.c.p. | $ 6.099.383.866 | $ 4.711.774.033 8055 | O23202020088715999_Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos n.c.p. | $ 321.020.203 | $ 247.988.107 | Subtotal VF 2026 - 2027 | $ 6.420.404.069 | $ 4.959.762.140 | Total VF 2026 - 2027 | 11.380.166.209 Y en pesos constantes por la suma de DIEZ MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS DIECISIETE PESOS M/CTE ($10.892.590.517), conforme al siguiente detalle:
Cifras en pesos constantes
Código proyecto de inversión | Posición Presupuestaria | Vigencia futura 2026 en pesos constantes | Vigencia futura 2027 en pesos constantes ---|---|---|--- 8081 | O23202020088715999_Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos n.c.p. | $ 5.913.120.569 | $ 4.434.840.423 8055 | O23202020088715999_Servicio de mantenimiento y reparación de otros equipos n.c.p. | $ 311.216.871 | $ 233.412.654 | Subtotal VF 2026 - 2027 | $ 6.224.337.440 | $ 4.668.253.077 | Total VF 2026 - 2027 | 10.892.590.517 ARTÍCULO SEGUNDO. Remitir el presente Acuerdo al CONFIS DISTRITAL para la respectiva aprobación.
ARTÍCULO TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=184693).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de julio de 2025.
CLAUDIA DÍAZ ACOSTA
Presidente
ROSITA ESTHER BARRIOS FIGUEROA
Secretaria Técnica
Nota. Ver norma original en Anexos.
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