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Acuerdo 1008 de 2025

Acuerdo 1008 de 2025 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
1008
Año
2025
Fecha
9 de junio de 2025
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 1008 DE 2025 (Junio 03)

_Por medio del cual se establecen lineamientos para reglamentar, unificar y promover los sistemas de información de los animales domésticos convencionales en el distrito capital_

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1º, del artículo 12 del Decreto - Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. OBJETO. El presente Acuerdo tiene por objeto fijar lineamientos para reglamentar, unificar y promover los Sistemas con los que cuenta la Administración Distrital, para el registro e información de los animales domésticos (caninos y felinos) en el Distrito Capital, procurando su protección, bienestar y atención integral. ARTÍCULO 2. LINEAMIENTOS. Los lineamientos para reglamentar, unificar y promover los Sistemas con los que cuenta la Administración Distrital serán, entre otros, los siguientes: a. Procurar el registro de los animales domésticos convencionales (caninos y felinos). b. Propender por la identificación plena de los animales domésticos convencionales (caninos y felinos). c. Armonizar la información recolectada en los Sistemas con los que cuenta la Administración Distrital. d. Promocionar los mecanismos de acceso a la información en caso de: Pérdida, hurto, muerte y condición de abandono de animales domésticos convencionales (caninos y felinos). e. El módulo de registro de seguimiento a las condiciones de animales que realizan actividades de seguridad, cuidado y vigilancia en Bogotá. ARTÍCULO 3. La Administración Distrital promoverá estrategias de divulgación y pedagogía para informar a los propietarios y tenedores de animales domésticos convencionales (caninos y felinos) sobre la importancia que tiene el registro en los Sistemas con los que cuenta la Administración Distrital. ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=180749). PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

Presidente

LUZ ARSELLA VIZCAINO SOLANO

Secretario General de Organismo de Control

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Nota: Ver norma original en Anexos

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