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Acuerdo 1010 de 2025

Acuerdo 1010 de 2025 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
1010
Año
2025
Fecha
9 de junio de 2025
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 1010 DE 2025

(Junio 09)

_Por el cual se establecen los lineamientos para el fomento de programas de capacitación modular virtual y transformación digital de emprendimientos, MiPymes y startups en Bogotá_

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, articulo 12 numeral 1,13,19,

ACUERDA:

ARTICULO 1._Objeto_: Establecer los lineamientos para el fomento de programas de capacitación modular virtual, transformación digital y emprendimientos, que promueva el fortalecimiento de MIPYMES y STARTUPS urbanos y rurales de las 20 localidades. Promover la reactivación económica de las localidades a través de programas de formación virtual, la formalización y la puesta en marcha de planes de negoción, Emprendimientos, MIPYMES y STARTUPS, desarrollados por jóvenes, personas con discapacidad, mujeres, pequeños, medianos productores y prestadores de servicios. ARTICULO 2 La Administración Distrital fortalecerá los lineamientos y contenidos en módulos virtuales, así como los fundamentos teórico-prácticos para el fortalecimiento de las habilidades emprendedoras, logrando la transformación digital de MiPymes y la creación de STARTUPS. ARTICULO 3 _LINEAMIENTOS_. La Administración Distrital, para la implementación del presente acuerdo, podrá tener en cuenta, entre otros, los siguientes lineamientos: a. Promoción del acceso de personas en condición de alta vulnerabilidad, como personas con discapacidad, mujeres cabezas de hogar, jóvenes de escasos recursos, emprendedores y microempresa de contextos urbanos y rurales de Bogotá. b. Identificación de las empresas, los emprendedores y las MiPymes que ofertan productos y servicios en cada localidad. c. Fomento de la actualización, formación, formalización y transformación digital de emprendimientos y empresas. d. Promoción, a través del sitio web de los programas, contenidos, uso de las tecnologías de la información y comunicación, entornos de aprendizaje, acceso y uso de herramientas digitales. ARTICULO 4._INDICADORES_ _._ La Administración Distrital establecerá los indicadores que considere pertinentes para el seguimiento de las acciones que se desprenda de la implementación del presente Acuerdo. ARTÍCULO 5._INFORME DE AVANCE_ __ La Administración Distrital presentará al Concejo un informe anual sobre la implementación del presente de acuerdo. ARTICULO 6._IMPLEMENTACIÓN_. El presente Acuerdo establece una plaza de doce (12) meses para la implementación. ARTICULO 7._VIGENCIA_. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=180376). PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de junio del año 2025.

SAMIR JOSE ABISAMBRA VESGA

Presidenta

LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO

Secretaria General de Organismo de Control

CARLOS FERNANDO GALAN PACHON

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

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