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Acuerdo 986 de 2025

Acuerdo 986 de 2025 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
986
Año
2025
Fecha
27 de mayo de 2025
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 986 DE 2025

(Mayo 27)

_Por el cual se dictan lineamientos para fortalecer la seguridad en Bogotá D.C._

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los numerales 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1.- Objeto. Dictar lineamientos para el mejoramiento de las condiciones de seguridad en Bogotá, a partir del fortalecimiento de las estrategias, planes, programas, proyectos y políticas públicas vigentes relacionadas con temas de seguridad ciudadana, convivencia y justicia. ARTÍCULO 2.- Lineamientos. Para efectos de la implementación del objeto del presente Acuerdo se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos: a) Procurar por el mejoramiento e incremento periódico de las acciones de prevención del delito desde una perspectiva pedagógica. b) Reforzar la coordinación para el fortalecimiento de las capacidades del sistema de operación y tecnológico, uso e implementación de tecnologías de la información y la comunicación estratégica a través de herramientas de infraestructura en seguridad. c) Fomentar espacios de cooperación entre el Distrito Capital y empresas privadas enfocadas en seguridad, organizaciones no gubernamentales, entidades del orden nacional, y organismos y/o entidades internacionales con conocimientos especializados para que se generen nuevas estrategias de prevención y control del delito en la ciudad. d) Propender por el fortalecimiento de los planes, programas y proyectos enfocados en la protección de las conductas que atenten contra grupos vulnerables en condición especial de riesgo asociado a su seguridad. e) Fortalecer y acompañar las iniciativas comunitarias que buscan mejorar la convivencia y seguridad ciudadana ARTÍCULO 3.- Implementación. La Administración Distrital a través de las entidades competentes para el efecto, coordinará las acciones tendientes a la implementación del Acuerdo. ARTÍCULO 4.- Informes.** La Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia entregará un informe anual de resultados al Concejo de Bogotá.

ARTÍCULO 5.- Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179381). PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de mayo del año 2025.

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

Presidente

LUZ ANGELICA VIZCAÍNO SOLANO

Secretaria General de Organismo de Control

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Nota: Ver norma original en Anexos.

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