Decreto 187 de 2025
Decreto 187 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 187
- Año
- 2025
- Fecha
- 5 de mayo de 2025
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 187 DE 2025
(Mayo 05)
_Por el cual se concede un permiso remunerado y se hace un encargo_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _"3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."_ Que el Artículo [2.2.5.5.17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.17) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, estipula: _"El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)"_ Que mediante comunicaciones radicadas con los Nos. 1-2025-14884 y 1-2025-14889 del 23 de abril de 2025, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, solicitó se le conceda permiso remunerado a la servidora MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría, por el día 12 de mayo de 2025 y se realice el respectivo encargo.
Que el artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#24) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85638#1) de la Ley 1960 de 2019 establece: _"(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)"._ Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo. Que, el señor Álvaro Alonso Pérez Tirado, Subdirector Administrativo y Financiero (E) de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, certificó que el servidor GABRIEL HERNANDO ANGARITA TOVAR, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.010.191.230, Director Técnico, Código 009, Grado 07 de la Dirección de Estudios de Desarrollo Económico de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Conceder permiso remunerado por el día 12 de mayo de 2025, a la servidora MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. ARTÍCULO 2°: Encargar por el día 12 de mayo de 2025, al servidor GABRIEL HERNANDO ANGARITA TOVAR, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.010.191.230, Director Técnico, Código. 009, Grado 07, de la Dirección de Estudios Desarrollo Económico de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría. ARTÍCULO 3°: Comunicar el contenido del presente Decreto a los servidores MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, GABRIEL HERNANDO ANGARITA TOVAR, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores de que trata el presente acto administrativo. | No. | Nombres y Apellidos | **Correos electrónicos
---|---|--- 1 | MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE | [mplopez@desarrolloeconomico.gov.co](https://mailto:mplopez@desarrolloeconomico.gov.co/) 2 | GABRIEL HERNANDO ANGARITA TOVAR | [gangarita@desarrolloeconomico.gov.co](https://mailto:gangarita@desarrolloeconomico.gov.co/)
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D. C., a los 05 días del mes de mayo del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos.
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