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Decreto 136 de 2025

Decreto 136 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
136
Año
2025
Fecha
4 de abril de 2025
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 136 DE 2025

(Abril 04)

_Por el cual se concede un permiso remunerado y se hace un encargo_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _"3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."_ Que el Artículo [2.2.5.5.17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.17) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, estipula: _"El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)"_ Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: _"De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales. alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal. personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores. gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente.”_ Que mediante comunicación radicada con el No. 1-2025-11993 del 1 de abril de 2025, la Secretaría Distrital de Hacienda, solicitó se le conceda permiso remunerado por el día 6 de abril de 2025, a la señora ANA MARÍA CADENA RUÍZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría y se realice el respectivo encargo.

Que el artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#24) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85638#1) de la Ley 1960 de 2019 establece: _"(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o_ _definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)"._ Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo. Que, la señora María del Pilar González Moreno, Subdirectora del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Hacienda, certificó que el señor ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 94.520.990, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Técnica de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º-:** Conceder permiso remunerado por el día 6 de abril de 2025, a la señora ANA MARÍA CADENA RUIZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.698.252, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Hacienda.

ARTÍCULO 2º-: Encargar por el día 6 de abril de 2025, al señor ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 94.520.990, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Técnica de la Secretaría Distrital de Hacienda, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.

ARTÍCULO 3º-: Comunicar el contenido del presente Decreto a la señora ANA MARÍA CADENA RUÍZ, al señor ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA, a la Secretaría Distrital de Hacienda, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los funcionarios de que trata el presente acto administrativo. | No. | Nombres y Apellidos | **Correos electrónicos
---|---|--- 1 | ANA MARÍA CADENA RUİZ | amcadena@shd.gov.co 2 | ANDRÉS FELIPE URIBE MEDINA | auribem@shd.gov.co ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de abril del año 2025.

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor

Nota: Ver norma original en Anexos.

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