Decreto 066 de 2025
Decreto 066 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 066
- Año
- 2025
- Fecha
- 19 de febrero de 2025
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 066 DE 2025
(Febrero 19)
_Por medio del cual se efectúa un nombramiento_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993 modificado por la Ley 2116 de 2021, el Decreto Nacional No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional No. 648 de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [323](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#323) de la Constitución Política en su inciso cinco, señala que los alcaldes (as) locales serán designados por el Alcalde Mayor según terna enviada por la correspondiente Junta Administradora Local; así mismo, la Ley 2116 de 2021 en el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#17), estableció que los Alcaldes Locales serán designados bajo criterios de meritocracia y paridad de género, y en todo caso el 50% de quienes resulten designados deberán ser mujeres. Para ello, el Decreto Ley 1421 de 1993 en el artículo 84, señala que la elaboración de la terna corresponderá a las Juntas Administradoras Locales.
Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _"3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito." y "8. Nombrar y remover libremente los secretarios del despacho, los jefes de departamento administrativo, los gerentes de entidades descentralizadas, el Tesorero Distrital, los alcaldes locales y otros agentes suyos, conforme a las disposiciones pertinentes, nombrar y remover a los demás funcionarios de la administración central igualmente, velar por el cumplimiento de las funciones de los servidores distritales y ejercer la potestad disciplinaria frente a los mismos",_ ésta última modificada por el artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#2) del Decreto Ley 2116 de 2021.
Que el artículo [2.2.5.1.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.2) del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, facultó a los Gobernadores y Alcaldes para nombrar al personal de su entidad u organismo.
Que la Secretaría Distrital de Gobierno y la Universidad Nacional de Colombia, suscribieron el Convenio Interadministrativo No 192 de 2024, con el objeto de: _"Prestar los servicios para adelantar el proceso de selección previo, basado en el mérito, mediante procedimientos y medios técnicos, objetivos e imparciales; que permitan la participación en igualdad de condiciones de los y las concursantes, que se presenten como aspirantes para la integración de ternas para la designación de alcaldes y alcaldesas locales en las 20 Localidades en las que se encuentra distribuido el Distrito capital", con el propósito de adelantar el proceso de selección meritocrático para la elección de los Alcaldes y Alcaldesas Locales período 2024-2027, en el que la Secretaría Distrital de Gobierno brinda acompañamiento y asesoría a las veinte (20) Juntas Administradoras Locales para la presentación de las ternas al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., al que se inscribieron un total de 2.643 personas, de los cuales 2.384 fueron habilitadas y 173 superaron las etapas fijadas en el cronograma, que incluía la verificación de requisitos y una prueba escrita de conocimientos, habilidades y aptitudes; presentando además un documento de la visión estratégica de la localidad previo a las audiencias públicas, así se realizó la selección de la terna de candidatos._ Que de conformidad con la revisión efectuada por la Dirección de Gestión del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Gobierno con el apoyo de la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno, se evidenció que el señor Diego Alejandro López López, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.022.344.483, cumple con los requisitos para ser nombrado en el empleo de Alcalde Local, Código 030, Grado 05, de la Alcaldía Local de Santa Fe.
Que en cumplimiento del artículo[ 7º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101775#7) del Acuerdo 782 de 2020 y el artículo [7º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=95985#7) del Decreto Distrital 189 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 159 de 2021, la hoja de vida del señor Diego Alejandro López López, se publicó en el sitio Web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, del 28 de enero al 3 de febrero de 2025, para conocimiento de la ciudadanía. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Nombrar con carácter ordinario, al señor Diego Alejandro López López, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.022.344.483, en el empleo de Alcalde Local, Código 030, Grado 05, de la Alcaldía Local de Santa Fe. ARTÍCULO 2º. Comunicar al señor Diego Alejandro López López, a la Dirección de Gestión del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Gobierno y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría. ARTÍCULO 3º. De conformidad con los artículos [2.2.5.1.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.6) y [2.2.5.1.7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.7) del Decreto Nacional No. 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, el señor Diego Alejandro López López, tendrá diez (10) días contados a partir de la comunicación de este acto administrativo, para manifestar si acepta o rechaza el nombramiento y diez (10) días para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán a partir de su aceptación. ARTÍCULO 4º. Publicar el contenido del presente Decreto en el Registro Distrital a través de la Subdirección de Imprenta Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. ARTÍCULO 5º. El presente Decreto rige a partir del día de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.**
Dada en Bogotá D. C., a los 19 días del mes de febrero del año 2025.
Alcalde Mayor
GUSTAVO QUINTERO ARDILA
Secretario Distrital de Gobierno
Nota: Ver norma original en Anexos.
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