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Decreto 1278 de 2026

Decreto 1278 de 2026 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
1278
Año
2026
Fecha
21 de agosto de 2026
Entidad
Nivel Nacional
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 1278 DE 2026

(Agosto 21)

_Por medio del cual cesan transitoriamente los efectos de unas disposiciones_

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de la Ley 909 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto [1012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193973) del 05 de agosto de 2026, el presidente de la República en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo [189](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#189) de la Constitución Política, en desarrollo de la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, cesó por un término de 15 días calendario los efectos de los artículos [2.2.13.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.13.2.2), [2.2.13.2.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.13.2.3) y del [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.3.p) del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, _"Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública",_ respecto de los empleos cuya nominación correspondía al presidente de la República, señalados en el artículo [2.2.5.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.1) del mencionado Decreto y los de libre nombramiento y remoción del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Que aún no se ha terminado de conformar el equipo directivo del Gobierno nacional cuya nominación corresponde al presidente de la República y al director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, razón por la cual se requiere suspender por 15 días calendario los efectos de los artículos [2.2.13.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.13.2.2), [2.2.13.2.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.13.2.3) y del [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.3.p) del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Cesar, por un término de 15 días calendario, los efectos de los artículos [2.2.13.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.13.2.2), [2.2.13.2.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.13.2.3) y del [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.3.p) del artículo 2.2.5.1.3 del Decreto 1083 de 2015, _"Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública"_ respecto de los empleos cuya nominación corresponde al presidente de la República señalados en el artículo 2.2.5.1.1 del mencionado Decreto y los de libre nombramiento y remoción del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Artículo 2. Vigencia. El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

**Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2026.

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE A PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.**

CARIOS AMORES RIOS PUERTA

EL DIRECTOR DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

LEONARDO HUMBERTO HUERTA GUTIÉRREZ

Nota: Ver norma original en los Anexos.

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