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Decreto 230 de 2026

Decreto 230 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
230
Año
2026
Fecha
16 de junio de 2026
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 230 DE 2026

(Junio 16)

_Por el cual se concede un permiso remunerado y se hace un encargo_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "_3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."_ Que el Artículo [2.2.5.5.17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.17) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, estipula: "_El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)"_ __ Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: "_De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales. alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores, gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente_."

Que mediante comunicación radicada con el No. 1-2026-24453 del 11 de junio de 2026, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, solicitó conceder permiso remunerado por los días 17 y 18 de junio de 2026, a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaria y a su vez efectuar el respectivo encargo.

Que el artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#24) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85638#1)º de la Ley 1960 de 2019 establece: _"(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)"._ Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

Que la Subdirectora Administrativa de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Jessica Paola Julio Serrano, certificó que el servidor público JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.383.750, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Desarrollo Económico de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo el empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

DECRETA:

ARTÍCULO 1º** -: Conceder permiso remunerado por los días 17 y 18 de junio de 2026, a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

ARTÍCULO 2 º-: Encargar por los días 17 y 18 de junio de 2026, al servidor público JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.383.750, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Desarrollo Económico de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.

ARTICULO 3 º-: Comunicar a los servidores públicos MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE Y JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria.

Parágrafo. -: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los(as) servidores(as) de que trata el presente acto administrativo. ARTÍCULO 4 °-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de junio del año 2026.

CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN

Alcalde Mayor

NOTA: Ver norma original en Anexos.

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