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Acuerdo 1057 de 2026

Acuerdo 1057 de 2026 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
1057
Año
2026
Fecha
12 de junio de 2026
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 1057 DE 2026

(Junio 12)

_Por medio del cual se fortalecen las acciones en Salud Pública en los establecimientos de preparación y consumo de alimentos en el Distrito Capital_ __ EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

ACUERDA:

Artículo 1. Objetivo**. El presente Acuerdo tiene como propósito fortalecer las acciones en salud pública relacionadas con la prevención y mitigación de riesgos sanitarios en establecimientos dedicados a la preparación y consumo de alimentos en el Distrito Capital.

Artículo 2. Mecanismos de Denuncia y participación ciudadana. La Administración Distrital, fortalecerá los mecanismos de atención y denuncia ciudadana relacionada con riesgos sanitarios en establecimientos dedicados a la preparación y consumo de alimentos en el Distrito Capital, que estén dentro del marco de Inspección, Vigilancia y control IVC de la entidad territorial Artículo 3. Campañas de sensibilización. La Administración Distrital continuará desarrollando campañas de sensibilización sobre la importancia del cumplimiento de las normas sanitarias vigentes dirigidas a los propietarios y administradores de establecimientos dedicados a la preparación y consumo de alimentos en el Distrito Capital que estén dentro del marco de Inspección, Vigilancia y Control IVC de la entidad territorial.

Artículo 4. Periodo de Implementación. La administración distrital contará con un plazo máximo de 12 meses a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo para la implementación y/o fortalecimiento de las medidas aquí establecidas, garantizando su operatividad y cumplimiento efectivo.

Artículo 5. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

HUMBERTO RAFAEL AMİN MARTELO

Presidente

ELÍAS APONTE BUSTAMANTE

Secretario General de Organismo de Control (E)

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

NOTA: Ver norma original en Anexos.

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