Decreto 212 de 2026
Decreto 212 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 212
- Año
- 2026
- Fecha
- 5 de junio de 2026
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 212 DE 2026
(Junio 05)
_Por el cual se concede un permiso remunerado y se efectúa un encargo_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: _"3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."_ Que el Artículo [2.2.5.5.17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.17) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, estipula: _"El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos"._ Que mediante oficio radicado con No. 1-2026-23682 del 5 de junio de 2026, el servidor público MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.872.961, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Jurídica Distrital, solicitó le sea concedido permiso remunerado por los días 9 y 10 de junio de 2026.
Que el artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#24) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85638#1) de la Ley 1960 de 2019 establece: _"(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)"._ Que, de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Jurídica Distrital, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que la Directora de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital, María Fernanda Quijano Vásquez, certificó que la servidora pública MARÍA PAULA RUEDA MANTILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.014.890, Subsecretario, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Jurídica Distrital de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: Conceder permiso remunerado por los días 9 y 10 de junio de 2026, al servidor público MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.872.961, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Jurídica Distrital. ARTÍCULO 2º-: Encargar por los días 9 y 10 de junio de 2026, a la servidora pública MARÍA PAULA RUEDA MANTILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.014.890, Subsecretario, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Jurídica Distrital de la Secretaria Jurídica Distrital, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad. ARTÍCULO 3º-: Comunicar a los servidores públicos MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, MARÍA PAULA RUEDA MANTILLA, a la Secretaría Jurídica Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria.
Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo. ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de junio del año 2026.
CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en los anexos.
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