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Acuerdo 247 de 2026

Acuerdo 247 de 2026 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Tipo
Acuerdo
Número
247
Año
2026
Fecha
25 de marzo de 2026
Entidad
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 247 DE 2026

(Marzo 25)

_Por medio del cual se aprueban los Estados Financieros del ejercicio 2025 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP_ __ LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA ESP, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUARIAS CONSAGRADAS EN EL NUMERAL 6, LITERAL D DEL ARTÍCULO 11 DEL ACUERDO 05 DE 2019 Y,

CONSIDERANDO:

Que el numeral [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83667#11.l.d.n.6) del literal del artículo décimo primero del Acuerdo No. 05 de 2019 indica que es función de la Junta Directiva "Aprobar o improbar, previo concepto de la auditoría externa, los estados financieros; determinar el superávit del ejercicio y decretar las reservas necesarias para atender las obligaciones legales, futuras y contingentes y aquellas destinadas a la buena marcha de la Empresa, asimismo realizar la distribución de utilidades en dinero o en especie de acuerdo con las normas vigentes."

Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83609#13) del capítulo tercero del Reglamento Interno de la Junta Directiva Acuerdo 07 de 2019 establece que las decisiones que involucren la aprobación de los Estados Financieros deben ser elevadas a acuerdo, y para el efecto fueron presentados y aprobados por unanimidad por los miembros de la Junta Directiva en la sesión No. 2701 del 25 de marzo de 2026.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo primero.

Aprobar los Estados Financieros de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, para el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025. Los Estados Financieros, sus notas y la opinión emitida por la Auditoría Externa forma parte integral del presente Acuerdo.

Artículo segundo.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de marzo del año 2026.

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

Presidente

HEYBY POVEDA FERRO

Secretaria

Nota: Ver norma original en Anexos.

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