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Acuerdo 1033 de 2026

Acuerdo 1033 de 2026 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
1033
Año
2026
Fecha
27 de febrero de 2026
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 1033 DE 2026 (Febrero 27) **_Por Medio Del Cual Se Fomenta La Lectura En Las Instituciones Educativas Distritales A Través De La Adopción Del Día De La Lectura_

__ EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.**

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1º y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA:

Artículo 1. Objeto. Adóptese el "_Día de la lectura",_ en las instituciones Educativas del Distrito (1.E.D.) con la intención de fomentar este hábito y el desarrollo de habilidades lectoras de los estudiantes. Artículo 2. Aplicación. La Secretaria de Educación del Distrito, en articulación con las autoridades educativas competentes, dispondrá que, por lo menos una vez por semestre, las Instituciones Educativas Distritales (IE.D.) programen un día destinado exclusivamente a la lectura de obras de libre elección por parte de los estudiantes.

Parágrafo. Esta actividad se llevará a cabo el seis (6) de marzo o el día hábil siguiente durante el primer semestre del año, en atención al Acuerdo Distrital [093](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8551) de 2003. Artículo 3. Cooperación. En el desarrollo del principio de colaboración armónica entre entidades públicas, la Administración Distrital, podrá celebrar convenios interadministrativos y/o alianzas con el sector privado, para garantizar que las jornadas semestrales cuenten con una oferta literaria y actividades innovadoras que motive a los estudiantes a cultivar el hábito de la lectura. Artículo 4. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192335). **PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

HUMBERTO RAFAEL AMIN MARTELO

Presidente

LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO

Secretaria General de Organismo de Control

CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN

**Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Nota: Ver norma original en anexos.**

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