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Decreto 079 de 2026

Decreto 079 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
079
Año
2026
Fecha
11 de marzo de 2026
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 079 DE 2026

(Marzo 11)

Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto _[102](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153990#1.n.4)_de 2024

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 y.

CONSIDERANDO:

El artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que las juntas directivas de las empresas distritales de servicios públicos domiciliarios estarán conformadas por dos terceras partes de sus miembros que serán designados libremente por el alcalde mayor y la otra tercera serán delegados de los usuarios y de organizaciones sociales, cívicas, gremiales o comunitarias, en la proporción que determine el concejo distrital, de acuerdo con la ley. El artículo octavo del Marco Estatutario de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP, contenido en el Acuerdo [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83667) de 2019, modificado por el Acuerdo [43](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97006) de 2020, expedido por la junta directiva de la entidad, establece que la citada instancia estará integrada por nueve (9) miembros, y entre ellos, cuatro (4) designados libremente por el Alcalde Mayor, que deberán cumplir con los requisitos de independencia previstos en el Marco Estatutario y el Código de Gobierno Corporativo. Por medio del Decreto [102](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153990) de 2024, modificado parcialmente por el Decreto [408](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=168659) de 2024, se designaron los miembros de la junta directiva de la EAAB-ESP, dentro de los cuales se designó al señor Luis Eduardo Garzón, quien mediante comunicación de fecha 2 de diciembre de 2025 presentó renuncia como miembro de la junta directiva de la mencionada empresa. Por lo anterior, se hace necesario designar el miembro que reemplazará al señor Luis Eduardo Garzón en la junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP. Para el efecto, la Secretaria General de la EAAB-ESP certificó que una vez revisada la hoja de vida del señor Alejandro Gaviria Uribe, cuenta con idoneidad profesional y reputación personal para cumplir efectivamente con las responsabilidades que se deriven del encargo, cumpliendo con al menos uno de los requisitos establecidos en el marco estatutario de la empresa y su Código de Gobierno Corporativo, así como con experiencia en temas afines con el objeto social, los retos, la situación estratégica y el tamaño de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1 º.- Modificar el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153990#1.n.4) del artículo 1 del Decreto 102 de 2024, el cual queda así: _"Artículo 1°. Los miembros de la junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP, serán: (...)_ __ _4. Alejandro Gaviria Uribe, identificado con la cédula de ciudadanía No. 70.565.138._ __ _(..)"_ Artículo 2°.- Comunicar el contenido del presente decreto al señor Alejandro Gaviria Uribe, así como a los demás miembros de la junta directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá EAAB-ESP, a través de la Gerencia General de la misma empresa. Artículo 3°.- El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153990#1.n.4) del artículo I del Decreto 102 de 2024. PUBLÍQUESE, COMÚNIQUESE, Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de marzo del año 2026.

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

NOTA: Ver norma original en anexos.

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