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Directiva 001 de 2026

Directiva 001 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital

Tipo
Directiva
Número
001
Año
2026
Fecha
13 de febrero de 2026
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR N° DIRECTIVA 001 DE 2026

(Febrero 13)

PARA: Secretarios(as) de Despacho; Directores(as) de Departamentos Administrativos y de Unidades Administrativas Especiales con y sin Personería jurídica; Gerentes, Presidentes(as) y Directores(as) de Establecimientos Públicos, de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito; Sociedades de Economía mixta; Sociedades entre entidades Públicas; Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios Oficiales y mixtas; Empresas Sociales del Estado.

DE: Secretario Jurídico Distrital.

**ASUNTO: Conceptos y pronunciamientos previos para la expedición de los actos administrativos y documentos que deban ser suscritos por el/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá.

RADICADO NO. 2-2026-2154. En el marco de la Política de Gobernanza Regulatoria compilada en el Decreto Distrital [479](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877) de 2024, el Diseño de la Regulación[1] constituye una fase del ciclo regulatorio que comprende la formulación, elaboración y evaluación de alternativas normativas, con el objetivo de garantizar la eficiencia, coherencia y legitimidad de los actos administrativos y/o instrumentos específicos de regulación. Durante esta etapa, las entidades autoras de la iniciativa deberán adelantar las actividades jurídicas, económicas, técnicas y presupuestales necesarias para la estructuración del proyecto regulatorio, atendiendo, entre otros aspectos: la competencia constitucional o legal para su expedición, así como los antecedentes que justifiquen su oportunidad y conveniencia. Asimismo, deberán definir con claridad la finalidad del acto, revisar la existencia de normas vigentes sobre la misma materia y justificar su insuficiencia, identificar el/(los) destinatario/a (as) de la disposición y analizar la jurisprudencia relevante. También se requiere realizar un autodiagnóstico orientado a prevenir la configuración de posibles daños antijurídicos y garantizar que el acto administrativo no genere afectaciones indebidas. En este contexto, la elaboración de los proyectos de acto administrativo, constituye un ejercicio de coordinación y articulación intra e intersectorial, que permita el análisis integral, las variables involucradas, las responsabilidades de las entidades distritales y contribuciones derivadas de la misionalidad de cada una de ellas. Por otra parte, de conformidad con el Manual de Técnica Normativa, adoptado mediante el Decreto Distrital [582](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191549) de 2025, que modificó el artículo 80 y adicionó el artículo [80.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#80.n.80.1) del Decreto Único Sectorial de Gestión Jurídica, se prevé que las entidades involucradas en la construcción de los proyectos de acto administrativo deben realizar la suscripción de estos y de su correspondiente exposición de motivos. Ello implica que, de manera previa a su remisión para la firma del/la Alcalde/sa Mayor, se deben adelantar los procesos de articulación, coordinación y conceptualización para lograr una adecuada concertación de la regulación. En consecuencia, resulta necesario adoptar los siguientes lineamientos en la formulación y elaboración de los actos administrativos que deban ser suscritos por el/la Alcalde/sa Mayor: 1. Articulación interinstitucional para el diseño del proyecto normativo. El fortalecimiento de la gobernanza en la construcción de la norma se concreta mediante la participación temprana, efectiva y coordinada de los actores involucrados, así como a través de la transparencia del proceso normativo, factores que contribuyen a construir regulaciones coherentes y legítimas. En este marco, la agenda regulatoria, constituye el primer ejercicio de identificación de las iniciativas normativas, por lo que se configura como una buena práctica informar de manera oportuna a los sectores y entidades sobre el proyecto de regulación que se pretende expedir. Sin perjuicio de lo anterior, las entidades responsables deberán identificar los sectores con interés directo en la norma y determinar de forma clara su rol dentro del proceso regulatorio. Para ello, resulta indispensable revisar las competencias de cada entidad y establecer de manera concreta las responsabilidades correspondientes, promoviendo espacios de articulación y coordinación interinstitucional entre las entidades con competencias relacionadas, con el fin de prevenir duplicidades, contradicciones normativas y vacíos regulatorios. 2. Identificar si por la naturaleza del acto administrativo o documento se requiere la expedición de conceptos previos. La determinación de la necesidad de conceptos previos para la expedición de un acto administrativo deberá realizarse desde el inicio del proceso regulatorio, mediante una revisión normativa sistemática y el uso de herramientas de verificación que permitan establecer, de acuerdo con la naturaleza del acto, los conceptos obligatorios exigibles. Este ejercicio deberá complementarse con una articulación temprana y efectiva con las entidades competentes, la incorporación oportuna de sus observaciones en el diseño del proyecto, una adecuada gestión de los tiempos del trámite y la garantía de la trazabilidad documental. De igual forma, deberá realizarse una verificación final que garantice el cumplimiento integral de todos los requisitos previos antes de la adopción del acto administrativo o del documento correspondiente. De conformidad con la Política de Gobernanza Regulatoria, las entidades deberán tramitar y gestionar ante las instancias competentes los documentos o conceptos técnicos requeridos antes de su publicación en el sistema LegalBog Participa. En tal sentido, las solicitudes de conceptos previos _deberán adelantarse con anterioridad a la etapa de consulta pública_ de los proyectos de actos administrativos o documentos. Sin perjuicio de las particularidades técnicas propias de cada proyecto de acto administrativo o documento, a continuación, se precisan las temáticas generales que requieren la obtención de concepto previo por parte de otras entidades distritales. Se enfatiza que el siguiente listado es enunciativo y que cada entidad deberá verificar, para el proyecto normativo concreto, qué conceptos se requieren: | Tipo de acto/documento | Solicitudes de conceptos ---|--- Modificación de planta y estructura organizacional** | \- Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Concepto Técnico. (Art. [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005, Art. [267](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#267) y Art. [334](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#334) Decreto Distrital 645 de 2025, Artículo 45 numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#45.n.4) Decreto Distrital 640 de 2025.) \- Secretaría Distrital de Hacienda: Viabilidad presupuestal (Art. [267](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#267), [334](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#334) y numeral [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#12.n.15) del artículo 12 Decreto Distrital 645 de 2025) \- Secretaría General (Art. [267](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#267), [334](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#334) del Decreto Distrital 645 de 2025 y numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#24.n.4) del artículo 24 del Decreto Distrital 640 de 2025)

Creación o modificación de instancias de coordinación distrital y local

| \- Secretaría General de la Alcaldía Mayor ante creación y modificación (Num. [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#24.n.5) del artículo 24 del Decreto Distrital 640 de 2025) \- Secretaría Distrital de Planeación en el caso de creación (Art. [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67661#7) del Decreto Distrital 547 de 2016.) \- Secretaría Distrital de Gobierno en caso que sea una instancia local ([Parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67661#7.p) del artículo 7 del Decreto Distrital 547 de 2016) Creación o modificación del sistema o de instancias de participación distrital y local | \- Entidad Distrital y/o local pertinente según el objetivo temático de la Instancia a crear (numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191904#541.n.1) del artículo 541 del Decreto Distrital 642 de 2025) \- Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal IDPAC - Concepto de aprobación (Numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191904#541.n.2) del artículo 541 del Decreto Distrital 642 de 2025) Creación o modificación de trámites | \- Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor para el trámite del Artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45322#39) del Decreto Ley 019 de 2012. Artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96145#18) Ley 2052 de 2020) Contratos, convenios interadministrativos, de cooperación y demás instrumentos tales como memorandos de entendimiento, protocolos, cartas de intención, acuerdos marco, etc., que deba suscribir el/la alcalde/sa mayor | \- Concepto de viabilidad jurídica de la Dirección de Contratación de la Secretaría General (Art. 37 numeral [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#37.n.12) Decreto Distrital 640 de 2025 y Num. [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861#37.n.12), artículo 37 del Decreto Distrital 640 de 2025). \- Concepto de refrendación del Jefe/a de la respectiva entidad u organismo y del/la subsecretario/a, jefe o director/a de la Oficina Jurídica o de la dependencia que haga sus veces. (Política de Gobernanza Regulatoria – Anexo Decreto Distrital [479](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877) de 2024 (Otros documentos remitidos para la suscripción del/la alcalde/sa Mayor.) \- Concepto de la Oficina de la Consejería de Relaciones Internacionales de la Secretaría General, cuando sea asuntos de su competencia (Política de Gobernanza Regulatoria – Anexo Decreto Distrital [479](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877) de 2024); \- Concepto de viabilidad técnica emitido por la secretaría cabeza de sector de coordinación administrativa responsable de la ejecución y/o entidad involucrada en la implementación del instrumento. Modificación del Decreto Único de Ordenamiento Territorial | \- Concepto de la Secretaría Distrital de Planeación (Subregla 3. 12. Lineamientos para la modificación de los Decretos Únicos Sectoriales y Distritales. Manual Distrital de Técnica Normativa. Decreto Distrital [582](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191549) de 2025).

Ahora bien, a efectos de consolidar una herramienta única de verificación de conceptos previos requeridos para la expedición de actos administrativos que deban ser suscritos por el/la Alcalde/sa Mayor, se invita a las entidades y organismos distritales que emitan conceptos adicionales a los previamente señalados, a que reporten dicha información a la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos de esta Secretaría para la difusión correspondiente.

3. Consolidación del proyecto de acto administrativo o documento previo a la consulta pública ciudadana

En desarrollo de la Política de Gobernanza Regulatoria y del Manual Distrital de Técnica Normativa, y con el fin de fortalecer la participación ciudadana, se recuerda que, previo a la apertura de la consulta pública de los proyectos de actos administrativos o documentos, se debe efectuar una revisión integral que garantice su coherencia jurídica y técnica, la incorporación de los conceptos y soportes requeridos, y la depuración del texto en un único documento claro, consistente y debidamente estructurado. Así mismo, deberá contar con una validación interna final por parte de las entidades que concurrirán a la suscripción de la iniciativa junto con el Alcalde/sa Mayor.

Por lo tanto, no podrán publicarse a consulta pública aquellos proyectos de actos administrativos que no cuenten con el visto bueno de las diferentes entidades que los suscribirán.

En el evento en que se presenten discrepancias de carácter jurídico entre las entidades y sectores, esta Secretaría en el marco de lo dispuesto en el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877#45.n.4) del artículo 45 del Decreto Distrital 479 de 2024 y numerales 3 y 5 del Decreto Distrital [323](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674) de 2016 estará atenta a prestar el apoyo cuando se requiera.

Cordialmente,

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

Secretario Jurídico Distrital

Elaboró: Zulma Rojas Suárez- Profesional Especializada. Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos Revisó: Andrés Felipe Puentes Diaz- Director Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos Esther Pinilla Serrano - Profesional Especializado. Subsecretaria Jurídica Laura Ariza Herrara. Asesora de Despacho Aprobó: María Paula Rueda Mantilla. Subsecretaria Jurídica Distrital.

Nota. Ver norma original en Anexos.

NOTAS AL PIE DE PÁGINA:

* * * [1] Ver artículo 68

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