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Acuerdo 10 de 1991

Acuerdo 10 de 1991 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
10
Año
1991
Fecha
31 de mayo de 1991
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 10 DE 1991 (mayo 31) por el cual se establece un procedimiento en materia tributaria. El Concejo de Bogotá, D.E., en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el Decreto 3133 de 1968.

ACUERDA:

Artículo 1º.- _Intereses Moratorios._ El pago extemporáneo de los impuestos y/o contribuciones causa intereses moratorios por mes o fracción de mes de retardo, a una tasa igual a la establecida para el impuesto de renta y complementarios, desde la fecha en que debió pagarse la cuota o las cuotas, hasta su cancelación. Artículo 2º.-_Procedimiento para la Aplicación:_ La tasa de interés moratorio fijada anualmente por el Gobierno Nacional en el mes de febrero se aplicará por cada mes o fracción de mes de retardo que se configure entre el 1 de marzo y el 28 de Febrero de cada año. En los años en que el mes de Febrero contenga 29 días, el período mencionado en el inciso anterior se entenderá hasta esta fecha. Artículo 3º.-** El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D.E., a 31 de mayo de 1991. El Alcalde Mayor, JUAN MARTÍN CAICEDO FERRER. El Presidente del Concejo, RICAURTE LOSADA VALDERRAMA. El Secretario General del Concejo, RICARDO ROJAS PARRA.

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