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Acuerdo 6 de 1991

Acuerdo 6 de 1991 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
6
Año
1991
Fecha
9 de mayo de 1991
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**ACUERDO 6 DE 1991 (Mayo 9) Por el cual se exalta y honra la vida, obra y memoria de Don GABRIEL CANO VILLEGAS, y se honra al Periódico "EL ESPECTADOR". EL CONCEJO DE BOGOTÁ, En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

a). Que, en la fecha, 7 de Mayo de 1991, se cumple el primer centenario del natalicio de Don GABRIEL CANO VILLEGAS, Director "Emérito" del periódico "El Espectador"; b).

Que el citado periodista, dedicó su vida y su obra al engrandecimiento de la patria y constituyó y constituye honra y brillo incuestionable de las letras colombianas, como inmejorable escritor político, y que su espíritu imprimió huella indeleble en el carácter, orientación y objetivos del periódico "El Espectador"; c).

Que a su turno, "El Espectador" ha sido baluarte inexpugnable y reducto invulnerable de las tesis y principios liberales, y templo incorruptible de la Democracia colombiana.

ACUERDA:

Artículo 1.

Hónrase y exáltase la vida, obra y memoria del ilustre escritor público y patricio liberal, Don GABRIEL CANO VILLEGAS, con motivo del primer centenario de su natalicio a cumplirse hoy 7 de Mayo de 1991.

Artículo 2.

Ríndase tributo de admiración y respeto al periódico "El Espectador", por todo cuanto él significa para la pureza, continuidad y vigencia de los principios e ideas liberales, en particular, y de la democracia y nacionalidad colombiana, en general.

Artículo 3.

Adhiérase a uno de los muros del recinto principal del Cabildo de Bogotá y descúbrase en ceremonia especial una placa conmemorativa de este acontecimiento, en honor del ilustre escritor público y de su obra, con la siguiente leyenda: "La ciudadanía de Bogotá y el CONCEJO DISTRITAL, a: Don GABRIEL CANO VILLEGAS y al periódico "El Espectador", con respeto y como tributo de admiración, en el primer centenario del natalicio de este inmejorable escritor público y patricio liberal colombiano".

Artículo 4.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Bogotá, D.E., a los nueve (9) días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y uno (1991). Presidente del Concejo, RICAURTE LOSADA VALDERRAMA. Secretario General del Concejo, Ricardo Rojas Parra. JUAN MARTIN CAICEDO FERRER, Alcalde Mayor de Bogotá.

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