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Decreto 479 de 1993

Decreto 479 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
479
Año
1993
Fecha
27 de agosto de 1993
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

Definición de vínculos para la Norma: DECRETO 479 DE 1993 (Agosto 27) [Subrogado por el art. 11, Decreto Distrital 800 de 1996](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1643#11), [Derogado por el art. 512, Decreto Único Sectorial 645 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191865#512) Por el cual se asignan unas funciones EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL. En ejercicio de las facultades que le otorgan los artículos 39 y 40 del Decreto – ley 1421 de 1993.

DECRETA:

Artículo 1.

Corresponde al Subsecretario de Hacienda conocer y decidir de los recursos de apelación y de los grados de consulta, así como de las solicitudes de exención de impuestos, que presenten los contribuyentes y de los cuales venía conociendo la Junta Distrital de Hacienda. [Ver el art. 4, Decreto Distrital 270 de 2001 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4081#4)

Artículo 2.

- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C. a los 27 días de Agosto de 1993. JAIME CASTRO Alcalde Mayor | ALVARO DAVILA PEÑA** |

JULIO ROBERTO PIZA RODRIGUEZ ---|--- Secretario General | Secretario de Hacienda Nota: Publicado en el Registro Distrital 793 de Octubre 10 de 1993.

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