Decreto 441 de 1993
Decreto 441 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 441
- Año
- 1993
- Fecha
- 13 de agosto de 1993
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 441 DE 1993 (agosto 13) [Derogado por el art. 4 del Decreto Distrital No. 258 de 2000](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3728#1), [Derogado por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45159#156) por el cual se delegan unas funciones.
El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá Distrito Capital, en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 15 del artículo 38 del Decreto - ley 1421 de 1993,** [Ver Decreto Distrital 558 de 1995](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1768#0)
DECRETA:
Artículo 1º.- Delégase en los Secretarios de Despacho y en los Jefes de Departamento Administrativo, la función de adjudicar y celebrar los contratos correspondientes a sus respectivas entidades, con excepción de las de empréstito, donación y comodato. Ver[Decreto 313 de 1994](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2405#1) Se repite en Secretario de Obras Públicas la misma delegación.
(Ver oficio 370-1247.9.3.98 Secretaría de Educación. Concejos Directivos de los Establecimientos Educativos del Distrito Capital)[CJA03501998](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=241#1) (Ver oficio 2-37702.1.12.98 Unidad de Estudios y Conceptos. Secretarios de Despacho y Jefes de Departamento Administrativo - Excepciones en materia contractual) CJA21301998
Artículo 2º.
- [Derogado por el Decreto Distrital No. 558 de 1995](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1768#1). La celebración de los contratos de prestación de servicios requiere de la autorización previa del Alcalde Mayor. Artículo 3º.-** El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 13 de agosto de 1993. El Alcalde Mayor, JAIME CASTRO. El Secretario General, ALVARO DAVILA.
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