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Decreto 435 de 1993

Decreto 435 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
435
Año
1993
Fecha
9 de agosto de 1993
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 435 DE 1993 (Agosto 9) [Derogado por el art. 3, Decreto Distrital 533 de 1993](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1746#3)

Por el cual se delegan unas funciones EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, En uso de sus atribuciones y en especial de las que le confiere el artículo 92 del decreto- ley 1421 de 1993.

DECRETA:

Artículo 1.

Delégase en los alcaldes locales la facultad de ordenar los gastos que se deban efectuar con cargo a los presupuestos de los respectivos fondos de desarrollo local. En consecuencia, corresponde a los alcaldes locales expedir los actos, realizar las operaciones y suscribir los demás documentos que fueren necesarios para garantizar la ejecución de las apropiaciones de dichos presupuestos y de los contratos que con base en los mismos se hubieren celebrado. También les corresponde tramitar ante la Tesorería Distrital las cuentas de cobro a que hubiere lugar y gestionar los correspondientes desembolsos.

Artículo 2.

Corresponde al Alcalde Mayor del Distrito Capital la tramitación, adjudicación y celebración de los contratos escritos que deban celebrarse con cargo a los recursos de los presupuestos de los fondos de desarrollo local. Delégase en los alcaldes locales la facultad para expedir órdenes de trabajo, suministros y prestación de servicios hasta por cien (100) salarios mínimos legales mensuales.

Artículo 3.

Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.** PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Dado en Santa de Bogotá, a los 9 días de agosto de 1993. JAIME CASTRO Alcalde Mayor HERMAN ARIAS GAVIRIA Secretario de Gobierno NOTA: Publicado en el Registro Distrital 792 de Octubre 19 de 1993.

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