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Decreto 158 de 1994

Decreto 158 de 1994 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
158
Año
1994
Fecha
30 de marzo de 1994
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 158 DE 1994 (Marzo 30) "Por el cual se concede la "Orden Civil al Mérito Ciudad de Santafé de Bogotá", en el Grado de Gran Cruz Extraordinaria y se entregan las llaves de la Ciudad al Excelentísimo señor Presidente de la República Cooperativa de Guyana". EL ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, D.C, En ejercicio de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores a una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Santafé de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por Decretos números 0693, la Orden Civil al mérito Ciudad de Santafé de Bogotá, D.C., Que nuestra Ciudad Capital se honra con la presencia del señor Presidente de la República Cooperativa de Guyana, doctor Cheddi Jagan, quien con su visita consolita las relaciones de amistad y cooperación que existen entre nuestras nacionales.

Que este destacado hombre público con el firme propósito de servir a su patria ha procurado, con verdadero empeño, la paz y la prosperidad de su pueblo.

Que el doctor Cheddi Jagan desde su ascenso a la Presidencia ha puesto su espíritu conciliador al servicio de la solución de las difíciles coyunturas por las que ha atravesado el desarrollo de su nación en los últimos años.

Que es deber del Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, brindar la más cálida bienvenida a este ilustre visitante.

DECRETA:

Artículo 1.

Conceder al Excelentísimo señor Presidente de la República Cooperativa de Guyana, la "Orden Civil al Mérito Ciudad de Santafé de Bogotá" en el Grado Gran Cruz Extraordinaria y entregar las Llaves de la Ciudad.

Artículo 2.

En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, en nombre de la ciudadanía, hará entrega de las Llaves de la Ciudad y de copia del presente Decreto en nota de estilo.

Artículo 3.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Santafé de Bogotá a los 30 días de mes de marzo de 1994. El Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá JAIME CASTRO El Secretario General ALEJANDRO GAMBOA ALDER NOTA: Publicado en el Complemento del Registro Distrital 841 de abril 4 de 1994

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